Comisión de Aplicación de Normas (CIT.114, 2026)
Sesión especial - Myanmar (CAN, 2026)
En su 113.ª reunión, la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó la Resolución relativa a las medidas recomendadas por el Consejo de Administración en virtud del artículo 33 de la Constitución de la OIT con respecto a Myanmar, con miras a la adopción, en virtud del artículo 33 de la Constitución de la OIT, de medidas que aseguren la observancia de las recomendaciones de la comisión de encuesta establecida en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT para examinar el incumplimiento por Myanmar del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) y del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29).
En esa ocasión, también decidió "celebrar en sus reuniones futuras una sesión especial de la Comisión de Aplicación de Normas a efectos de que examine la aplicación de los Convenios núms. 87 y 29 por Myanmar, así como la aplicación de las recomendaciones formuladas por la comisión de encuesta, mientras este Miembro no haya mostrado que ha cumplido sus obligaciones".
Informe actualizado del Director General para informar a la Comisión de Aplicación de Normas de los últimos acontecimientos
Información escrita proporcionada por Myanmar
Actas literales enmendadas
Actas literales (verbatim)
Documentos de referencia pertinentes:
Comentarios de la CEACR adoptados en 2025
Discusiones del Consejo de Administración
- 356.a reunión (marzo - abril de 2026)
- 355.a reunión (noviembre de 2025)
Examen por el Comité de Libertad Sindical
- 411.er Informe del Comité de Libertad Sindical (junio de 2025)
- Documento GB.354/INS/8 (párrafos 440-469)
Informe de la Comisión de encuesta
Páginas relacionadas
114.a Conferencia internacional del Trabajo (1-12 de junio de 2026)
Comisión de Aplicación de Normas (CAN 2026)