Supervisión de los convenios núm. 169 y núm. 107
La OIT tiene mecanismos de control que permiten dar seguimiento a las medidas adoptadas por los Estados para hacer efectivos los convenios de la OIT en el derecho y en la práctica, tras su ratificación.
- La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) examina periódicamente las memorias de los gobiernos, teniendo en cuenta también los comentarios de las organizaciones de trabajadores y empleadores, y adopta observaciones y solicitudes directas.
- La Comisión de Aplicación de Normas (CAN) de la Conferencia Internacional del Trabajo tiene discusiones sobre la aplicación de los convenios.
- Los Comités tripartitos del Consejo de Administración examinan reclamaciones.
Vea también
Recursos
Comprender el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169) - Manual para los mandantes tripartitos de la OIT
Comprender el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169) - Manual para los mandantes tripartitos de la OIT
Objetivos de Desarrollo Sostenible: Los pueblos indígenas en la mira
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Extractos de informes y comentarios de los Órganos de Control de la OIT: Aplicando el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989...
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