GB.352/POL/3/Decisión

Decisión relativa al programa reforzado de cooperación para el desarrollo destinado a los territorios árabes ocupados

31 de octubre de 2024

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Guiado por los principios consagrados en la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, el Consejo de Administración:

a) reafirma que es necesario que se respeten plenamente los principios y derechos fundamentales en el trabajo de la OIT y que la paz universal y permanente solo puede basarse en la justicia social;

b) toma nota de todas las resoluciones pertinentes relativas a Oriente Medio y recuerda la Resolución núm. 2720 del Consejo de Seguridad, de 22 de diciembre de 2023, la Resolución núm. 2712 del Consejo de Seguridad, de 15 de noviembre de 2023, y la Resolución núm. 2735 del Consejo de Seguridad, de 10 de junio de 2024, así como la decisión que adoptó en su 349.a reunión (octubre-noviembre de 2023) en relación con el documento GB.349/POL/4(Rev.1), que incluía un llamamiento a todas las partes para que facilitasen un acceso humanitario pleno, rápido, seguro y sin trabas a la Franja de Gaza;

c) reitera la decisión que adoptó en su 350.ª reunión (marzo de 2024) acerca del informe sobre la labor de la OIT relacionada con la crisis en el territorio palestino ocupado;

d) toma nota de la información presentada en el documento GB.352/POL/3, en particular sobre las repercusiones graves y duraderas que la crisis actual está teniendo en el mercado de trabajo palestino, los mandantes tripartitos palestinos y sus familias;

e) recalca la necesidad urgente de que se adopten todas las medidas necesarias para que se promueva la justicia social, se impulse el trabajo decente en el territorio palestino ocupado y se acaten las normas internacionales del trabajo pertinentes;

f) expresa nuevamente su más profunda preocupación ante la gravedad creciente y el mayor deterioro de la situación humanitaria en la Franja de Gaza, con el desplazamiento masivo de trabajadores y empleadores, y reconoce el grave impacto que ello está teniendo en la salud física y mental de los trabajadores, los empleadores y la población civil, en particular las mujeres, los niños y otras personas en situaciones de vulnerabilidad, a causa de la crisis actual;

g) expresa además suma preocupación por la destrucción de los lugares de trabajo, a raíz del actual conflicto en Gaza, así como por los despidos y el impago o el pago demorado de los salarios a los trabajadores palestinos, y por las restricciones que estos afrontan en la Ribera Occidental;

h) reafirma el llamamiento a levantar las restricciones al acceso y la circulación del personal de la OIT en el territorio palestino ocupado, así como a garantizar su protección y seguridad;

i) acoge con satisfacción los resultados de la reunión de recaudación de fondos del 10 de junio de 2024, que se celebró al margen de la Conferencia Internacional del Trabajo, reconoce el apoyo financiero ya proporcionado al programa de la OIT por varios Estados Miembros, y encomia la labor que la Oficina ha realizado hasta ahora al respecto;

j) exhorta a otros Estados Miembros a que contribuyan a la plena aplicación del plan de recuperación del programa de respuesta a emergencias, en estrecha coordinación con los mandantes de la OIT, para promover el trabajo decente y la justicia social para todos los palestinos;

k) solicita al Director General que siga ofreciendo sus buenos oficios para apoyar el acceso de los trabajadores palestinos a sus salarios y a sus lugares de trabajo en condiciones acordes con las exigencias de seguridad y salud en el trabajo, así como para seguir abordando las prioridades a largo plazo puestas de relieve en varios informes anuales del Director General a la Conferencia Internacional del Trabajo, como la cuestión de los fondos de seguridad social y la reforma del sistema de permisos;

l) solicita a la Oficina que le presente información actualizada en su 353.a reunión (marzo de 2025) acerca de los siguientes asuntos:

i) el impacto de la crisis actual en el mundo del trabajo y los mandantes tripartitos en el territorio palestino ocupado, y la ejecución del plan de respuesta a emergencias de la OIT;

ii) los despidos de trabajadores palestinos y el impago de sus salarios debido a la crisis actual, y los esfuerzos realizados por la Oficina para atender esta cuestión, además de las restricciones de acceso a los empleos existentes y nuevos en el mercado de trabajo hoy impuestas a esos trabajadores;

iii) las recomendaciones para dar seguimiento a la discusión que se mantuvo en la sesión especial celebrada durante la 112.a Conferencia Internacional del Trabajo (2024).

(GB.352/POL/3, párrafo 40, en su versión enmendada por el Consejo de Administración)

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