Comisión de Encuesta
La Comisión de Encuesta relativa a la República Bolivariana de Venezuela celebra su primera reunión
La investigación de alto nivel permitirá determinar los hechos asociados al caso y formular recomendaciones para dar respuesta a los problemas alegados en la queja.
13 de agosto de 2018
En virtud de dicha queja, presentada en junio de 2015 por 33 delegados empleadores en la Conferencia Internacional del Trabajo, se alegan ataques, acoso, agresiones y una campaña para desprestigiar la organización de empleadores FEDECAMARAS, incluidos sus líderes y afiliados. La queja se refiere a la inobservancia de los Convenios de la OIT núm. 26 (Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos, 1928), núm. 87 (Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948) y núm. 144 (Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976).
En esta primera reunión de la Comisión se ha puesto en marcha el procedimiento de la Comisión de Encuesta para llevar a cabo una exhaustiva investigación de la queja presentada, con el fin de determinar fehacientemente los hechos asociados al caso y formular recomendaciones que permitan dar respuesta a los problemas aludidos en la queja.
Los miembros de la Comisión realizaron una declaración solemne ante el Director General de la OIT para ejercer con todo honor y abnegación, completa imparcialidad y en toda conciencia todas las funciones y atribuciones.
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C26 Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos, 1928
[NORMLEX] Normas Internacionales del Trabajo
C87 Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948
[NORMLEX] Normas Internacionales del Trabajo
C144 Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976
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