GB.356/INS/16(Rev.1)/Decisión

Decisión relativa a la queja presentada en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT en la que se alega el incumplimiento por parte de Chile de los Convenios núms. 87, 98, 135 y 151

30 de marzo de 2026

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Considerando que esta es la tercera queja presentada en los últimos años en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT en la que se alega el incumplimiento por parte de Chile de esos Convenios y que, para las dos quejas anteriores, decidió transmitir los asuntos al sistema de control regular, el Consejo de Administración, por recomendación de su Mesa:

a) decide no someter la queja a una comisión de encuesta y dar por terminado el procedimiento incoado en virtud del artículo 26;

b) invita al Gobierno de Chile a que siga informando al sistema de control regular de la OIT acerca de las medidas adoptadas para aplicar los Convenios pertinentes en la legislación y en la práctica;

c) remite los alegatos de violaciones de la libertad sindical en la práctica al Comité de Libertad Sindical en el marco de sus procedimientos especiales.

(GB.356/INS/16(Rev.1), párrafo 7)