GB.355/LILS/2/Decisión
Decisión relativa al informe de la quinta reunión del Comité Tripartito Especial establecido en virtud del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, en su versión enmendada (MLC, 2006) (Ginebra, 7-11 de abril de 2025)
26 de noviembre de 2025
El Consejo de Administración acoge con satisfacción la labor del Comité Tripartito Especial establecido en virtud del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, en su versión enmendada (MLC, 2006), y:
a) toma nota del informe del Presidente del Comité Tripartito Especial sobre la quinta reunión del Comité Tripartito Especial (7-11 de abril de 2025) y de las resoluciones que se adoptaron en esa reunión;
b) refrenda la solicitud del Comité Jurídico de la Organización Marítima Internacional (OMI) de convocar una reunión del Grupo de trabajo tripartito mixto OIT-OMI para determinar y abordar cuestiones relativas a la gente de mar y los factores humanos a fin de realizar un examen del informe final del Equipo de tareas encargado de examinar y actualizar (o remodelar) la base de datos conjunta OIT-OMI sobre el abandono de la gente de mar, y solicita al Director General que se ponga en contacto con el Secretario General de la OMI a tal efecto;
c) refrenda la solicitud del Comité Tripartito Especial de convocar una reunión del Grupo de trabajo tripartito mixto OIT-OMI sobre las horas de trabajo y de descanso, con el mandato que figura en la resolución mencionada en el párrafo 24 del documento GB.355/LILS/2, y solicita al Director General que se ponga en contacto con el Secretario General de la OMI para remitir la solicitud al Comité de Seguridad Marítima de la OMI;
d) aprueba la enmienda al párrafo 19 del mandato del Grupo de trabajo tripartito mixto OIT-OMI;
e) decide que los costos pertinentes de las reuniones de tres días de duración del Grupo de trabajo tripartito mixto OIT-OMI, si se celebran en 2026 y 2027, se financien en primer lugar con los ahorros que puedan obtenerse de la parte I del Presupuesto o, en su defecto, con cargo a la parte II, en el entendido de que, si posteriormente esto no resultara posible, el Director General propondrá métodos alternativos de financiación en una etapa ulterior del bienio 2026-2027;
f) solicita al Director General que remita a la OMI la resolución en la que se recomienda que el Comité de Facilitación de la OMI considere la enmienda al MLC, 2006 en relación con el permiso para bajar a tierra, adoptada durante la quinta reunión del Comité Tripartito Especial, y tome las medidas oportunas;
g) adopta las enmiendas relacionadas con la adición de un nuevo artículo 3 bis, con el artículo 4, párrafo 4, y con el artículo 6, párrafos 2 y 4, al Reglamento del Comité Tripartito Especial que se proponen en el anexo del documento GB.355/LILS/2, y remite las enmiendas propuestas al párrafo 10 de la Nota introductoria a dicho Comité para un examen más detenido;
h) renueva el nombramiento del Sr. Martin Marini (Singapur) como Presidente del Comité Tripartito Especial por un periodo de tres años, de 2025 a 2028;
i) decide convocar la sexta reunión del Comité Tripartito Especial del 3 al 7 de abril de 2028 y solicita al Director General que prevea fondos a ese efecto en las propuestas de Programa y Presupuesto para 2028-2029.
(GB.355/LILS/2, párrafo 35, en su versión enmendada por el Consejo de Administración)