a) solicita a los Gobiernos que, con arreglo al artículo 19 de la Constitución de la OIT, en 2026 presenten memorias acerca del Convenio (núm. 158) y la Recomendación (núm. 166) sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982;
b) aprueba el formulario de memoria relativo a dichos instrumentos, que figura en el anexo al documento GB.353/LILS/1.