GB.352/INS/12(Rev.1)/Decisión

Decisión relativa a la evolución relativa a la plena aplicación por el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela del plan de acción acordado a fin de dar cumplimiento a las recomendaciones de la comisión de encuesta respecto de los Convenios núms. 26, 87 y 144

4 de noviembre de 2024

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El Consejo de Administración:

a) toma nota del informe del Director General sobre la evolución de los acontecimientos en la República Bolivariana de Venezuela y reitera una vez más su llamamiento al Gobierno para que acepte y cumpla cabalmente las recomendaciones de la comisión de encuesta adoptadas en 2019;

b) insta encarecidamente al Gobierno a que redoble sus esfuerzos para acelerar en mayor medida el cumplimiento de todos los compromisos contraídos en el plan de acción en su versión actualizada por el foro de diálogo social en febrero de 2024, a fin de lograr resultados concretos sin más demora, en particular respecto a los ámbitos en los que no se han realizado progresos;

c) lamenta profundamente que el Gobierno no haya adoptado las disposiciones necesarias para garantizar que el asesor especial de la OIT en diálogo social pueda seguir prestando apoyo de manera constante en el país, consciente de que la asistencia técnica de la OIT, sobre todo en materia de diálogo social, solo puede ser efectiva si se brinda de manera presencial en el terreno;

d) recordando la decisión adoptada en noviembre de 2023 en relación con el nombramiento de un asesor especial de la OIT en el país para acompañar y apoyar la aplicación del plan de acción y la preparación de las sesiones del foro de diálogo social, exhorta al Gobierno a que tome medidas inmediatas para facilitar la presencia del asesor especial de la OIT en el país para tales fines;

e) solicita al Director General que siga colaborando con el Gobierno y los interlocutores sociales de la República Bolivariana de Venezuela en el cabal cumplimiento de las recomendaciones de la comisión de encuesta, las correlativas decisiones del Consejo de Administración y la aplicación efectiva de los Convenios núms. 26, 87 y 144 en la legislación y en la práctica, siempre y cuando el asesor especial de la OIT pueda seguir prestando apoyo de manera constante en el país, y que presente al Consejo de Administración en su 353.ª reunión (marzo de 2025) un nuevo informe sobre toda evolución, y

f) invita al Gobierno a que presente al Director General, el 15 de enero de 2025 a más tardar, información sobre toda nueva medida concreta que se haya adoptado en cumplimiento de las recomendaciones de la comisión de encuesta y los compromisos contraídos en el plan de acción en su versión actualizada por el foro de diálogo social en febrero de 2024, y a que organice la quinta sesión de este foro en 2025, con miras a transmitir la información al Consejo de Administración en su 353.ª reunión (marzo de 2025).

(GB.352/INS/12(Rev.1), párrafo 48)

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