Directrices relativas a servicios de mercado de trabajo justos para los pescadores migrantes
De conformidad con los procedimientos establecidos, las presentes Directrices serán presentadas a la 356.ª reunión del Consejo de Administración (marzo-abril de 2026) para su examen.
Las Directrices tienen por objeto asistir a los Gobiernos y a los interlocutores sociales en la promoción de servicios de mercado de trabajo justos, efectivos y sostenibles para los pescadores migrantes proporcionando orientaciones y aclarando las funciones de todas las partes interesadas y competentes sobre los procesos de contratación, los acuerdos de trabajo, los procedimientos de tramitación de quejas, las medidas de control del cumplimiento y otros aspectos fundamentales para garantizar un trato justo, proteger los derechos de los pescadores migrantes y ayudar a los empleadores a contratar y a conservar una mano de obra adecuada y cualificada.
Tienen por objeto asistir a los Estados de contratación, los Estados de origen, los Estados del pabellón, los Estados del puerto, los Estados costeros, los reclutadores de mano de obra, los propietarios de buques pesqueros, y a los pescadores migrantes y sus representantes a asegurar prácticas de contratación y empleo justas que protejan los derechos de los pescadores migrantes y permitan a los empleadores contratar y retener tripulaciones cualificadas y motivadas de manera eficiente y en condiciones legales.
A estas Directrices se acompañan un conjunto de ocho herramientas para facilitar su aplicación (anexo I), así como una serie de orientaciones sobre metodologías y consideraciones para fortalecer la recopilación de datos sobre los pescadores migrantes y mejorar la disponibilidad de estadísticas pertinentes con miras a la formulación de políticas y la supervisión (anexo II).