Directrices de la OIT para la promoción de los principios y derechos fundamentales en el trabajo y la prevención y eliminación de la violencia y el acoso con respecto a los deportistas profesionales

De conformidad con los procedimientos establecidos, las presentes Directrices serán presentadas a la 358.ª reunión del Consejo de Administración (noviembre de 2026) para su examen.

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Las directrices sectoriales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) son instrumentos de referencia en los que se establecen principios que pueden servir para guiar la concepción y aplicación de políticas, estrategias, programas, leyes, medidas administrativas y mecanismos de diálogo social en sectores económicos o grupos de sectores concretos. Estas directrices pueden aplicarse progresivamente para tener en cuenta los diferentes entornos, culturas y contextos sociales, económicos, ambientales y políticos nacionales.

En el presente documento se facilitan orientaciones a los mandantes de la OIT sobre el respeto, la promoción y la realización de los principios y derechos fundamentales en el trabajo, en relación con los deportistas profesionales, de conformidad con lo dispuesto en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998), en su versión enmendada en 2022, y las principales normas internacionales del trabajo pertinentes. En estas Directrices también se establecen los principios relativos a la prevención y eliminación de la violencia y el acoso contra los deportistas profesionales, incluidos la violencia y el acoso por razón de género, en consonancia con lo dispuesto en el Convenio (núm. 190) y la Recomendación (núm. 206) sobre la violencia y el acoso, 2019.

Todos los trabajadores, incluidos los deportistas, deberían estar protegidos por los principios y derechos fundamentales en el trabajo, de conformidad con la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998), en su versión enmendada en 2022. No existe una definición universal de deportista profesional. Las presentes Directrices se aplican a los deportistas profesionales, así como a los deportistas que practican deportes de alto nivel (en adelante, «los deportistas»). Se debería prestar especial atención a la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación de los deportistas, particularmente con respecto a las mujeres. Estas Directrices abarcan todos los tipos de deportes, incluidos los deportes de equipo e individuales, así como los deportes de alto nivel.

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