Sudán del Sur ratifica los Convenios núm. 138 y núm. 182 de la OIT

Las ratificaciones de Sudán del Sur del Convenio de la OIT sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138) y el Convenio de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) se registraron oficialmente.

17 de diciembre de 2012

Contenido también disponible en: English français
Las ratificaciones de Sudán del Sur del Convenio de la OIT sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138) y el Convenio de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) se registraron oficialmente. La edad mínima de admisión al empleo se fijó a 14 años como estipulado en el Convenio núm. 138.

Esto eleva el número total de ratificaciones del Convenio núm. 138 a 164 (de 185 Estados Miembros de la OIT), así como el del Convenio núm. 182 a 176, ¡sólo faltan 9 ratificaciones más para lograr la ratificación universal!

Estos dos Convenios se encuentran entre los 7 convenios fundamentales de la OIT, que eran aplicables antes de la independencia de Sudán del Sur. El compromiso de su aplicación ha sido confirmado recientemente por el gobierno y se registró efectivo con fecha 29 de abril 2012, fecha a en la cual Sudán del Sur se convirtió en un Estado miembro de la OIT.

Mayor información



Contenido relacionado

La República de Sudán del Sur se convierte en el 184° país miembro de la OIT

La República de Sudán del Sur se convierte en el 184° país miembro de la OIT