Yves Veyrier, portavoz de los trabajadores del Comité, destacó la importancia del trabajo del Comité a favor de los trabajadores de todo el mundo.
Veyrier recordó que el Comité señala los casos particularmente graves en los cuales están en peligro la vida y la seguridad de los sindicalistas, y puso de manifiesto que sus recomendaciones están dirigidas a estimular la acción de los gobiernos enfrentados con la necesidad de restablecer el pleno respeto del ejercicio de libertad sindical y de negociación colectiva. Estas medidas podrían ser necesarias a nivel de empresa, como en el caso núm. 3011 relativo a Turquía, o en un sector particular, como en el caso relativo a Noruega. Además, las acciones podrían ser necesarias a nivel nacional, por ejemplo en relación a la legislación, como en el caso núm, 3025 relativo a Egipto o a los casos 2177 y 2183 relativos a la administración pública en Japón.
Derechos inalienables
En su informe final al Consejo de Administración, el portavoz de los empleadores del Comité, Peter Anderson, declaró: “Los derechos de libertad sindical enunciados en este último informe son a la vez inalienables para aquellos que suscriben los valores de la OIT y reivindicados igualmente por los organismos de los empleadores y por los sindicatos. Lamentablemente, una vez más el Consejo de Administración y el CLS identificaron violaciones flagrantes por parte del Gobierno de Venezuela contra los derechos de su principal organismo nacional de empleadores, FEDECAMARAS. Estas violaciones deben ser rectificadas de inmediato”.
“Así como se puede afirmar que una nación se mide por cómo trata a sus minorías, el compromiso de un gobierno a favor la libertad sindical se mide por cómo las autoridades públicas reconocen estos derechos en aquellos que disienten con ellas”, agregó Anderson.
El Presidente del Comité, Profesor Paul van der Heijden, señaló el papel crucial que desempeña el Comité para la defensa de estos derechos humanos fundamentales tanto para los trabajadores como para los empleadores de todo el mundo. El trabajo del Comité fue guiado por su Recopilación de decisiones y principios a fin de garantizar la universalidad, la seguridad y la coherencia.
Paul van der Heijden celebró los esfuerzos realizados por los gobiernos para implementar las recomendaciones del Comité, como en el caso núm. 2914 relativo a la discriminación antisindical en Gabón o el caso núm. 1787 relativo a las sentencias penales por violencia contra sindicalistas en Colombia. Recordó el apoyo ofrecido por el Comité para que la OIT pueda seguir prestando una asistencia permanente al desarrollo, a escala nacional, de mecanismos de queja independientes, imparciales y rápidos que puedan facilitar soluciones nacionales.
En su 321.a reunión, el Consejo de Administración de la OIT eligió además a los 18 miembros de su Comité de Libertad Sindical para el próximo período de tres años y renovó el mandato del Profesor Paul van der Heijden, ex rector y Presidente de la Universidad de Leiden, tercer Presidente independiente del Comité desde su creación en 1951.