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Oportunidades para los consultores particulares
La OIT contrata a consultores particulares ("colaboradores externos") para que lleven a cabo una tarea específica bien definida o un conjunto de tareas, si el resultado puede considerarse un producto final específico (por ejemplo, un estudio, un informe, un proyecto informático, una investigación o una traducción), o si la tarea asignada es de asesoramiento o de carácter técnico.
Los colaboradores externos son contratistas independientes y no se consideran funcionarios de la OIT. La ejecución de los contratos de colaboración externa se rige exclusivamente por los términos y condiciones del contrato, incluidas las cláusulas uniformes y las cláusulas adicionales según corresponda.
Desde el 1 de julio de 2025, las oportunidades para los colaboradores externos de la OIT se publican en el Mercado Global de las Naciones Unidas (UNGM). Las personas interesadas deben registrarse primero en la categoría de "consultores individuales" en el UNGM y luego presentar su candidatura a las oportunidades abiertas a través del UNGM en la plataforma de contratación electrónica de la OIT. Las directrices están disponibles para el proceso de inscripción en el UNGM y el proceso de presentación de su candidatura en la plataforma de contratación electrónica de la OIT.
Rangos de remuneración y dietas diarias para consultores particulares
Los colaboradores externos son remunerados según los términos de referencia del encargo y la estructura de tarifas aplicable. Las tarifas aplicables se determinan en función de la naturaleza del trabajo y del país de residencia del colaborador externo.
La OIT publica cuadros separados con los rangos de honorarios diarios para los distintos tipos de encargos. Las personas que tengan previsto presentar una oferta deben consultar el cuadro correspondiente que figura a continuación. Todos los cuadros se actualizan cada seis meses.
1. Encargos generales de colaboración externa
Los colaboradores externos que realicen encargos de consultoría general serán remunerados según el nivel de complejidad predefinido del encargo y su país de residencia.
Consulta el cuadro de horquillas diarias de remuneración para encargos generales de colaboración externa.
2. Trabajos de traducción no oficial
Los colaboradores externos contratados para realizar trabajos de traducción, pero no directamente por el Departamento de Reuniones, Documentos y Relaciones Oficiales (RELMEETINGS), serán remunerados por el número de días en base a una producción diaria de 1 650 palabras por día de trabajo.
Las tarifas de los honorarios se determinan según el país de residencia del colaborador externo y la naturaleza del trabajo entre traducción normal o compleja y con o sin edición.
Consulta el cuadro de remuneración diaria para trabajos de traducción no official.
3. Corrección de estilo, revisión o maquetación
Los colaboradores externos contratados para realizar trabajos de corrección de estilo, revisión o maquetación de publicaciones de la OIT serán remunerados en función del número de días trabajados, calculado según objetivos de productividad diarios.
Las tarifas diarias se determinan según el país de residencia del colaborador externo.
4. Redacción y edición de contenidos de comunicación de la OIT
Los colaboradores externos contratados para la redacción y edición de contenidos de comunicación de la OIT serán remunerados en función del número de días trabajados, calculado según objetivos de productividad diarios.
Las tarifas diarias se determinan según el país de residencia del colaborador externo.
Consulta el cuadro de remuneración diaria para la redacción y la edición de contenidos de comunicación de la OIT.
Conducta ética
Durante el contrato con la OIT, los colaboradores externos actuarán, en todo momento, de un modo que estén en consonancia con sus relaciones con la OIT y no se dedicarán a actividad alguna incompatible con ellas. Ni al realizar el trabajo contratado ni ulteriormente utilizarán de modo perjudicial para los intereses de la Organización, o incompatible con ellos, la información de carácter confidencial o reservada que haya llegado a su conocimiento en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales (cláusulas uniformes aplicables a los contratos de colaboración externa de la OIT). En las cláusulas adicionales figuran otros requisitos de conducta ética.
Requisitos mínimos
La OIT exige que todos los entregables presentados cumplan con los estándares mínimos, incluidos los relacionados con la terminología y la identidad visual de la OIT; y que los colaboradores externos sigan los requisitos técnicos aplicables (por ejemplo, https://digitalprinciples.org, ISO/IEC 27001 o equivalente) según lo establecido en las cláusulas adicionales y/o en los términos de referencia eventuales.
Formaciones obligatorias para los colaboradores externos
Formación BSAFE
La formación en línea sobre la sensibilización en materia de seguridad BSAFE impartida por el Departamento de Seguridad de las Naciones Unidas (UNDSS) es obligatoria para los colaboradores externos contratados por la OIT. Está disponible en el sitio web del UNDSS y debe ser completada por todas las personas que presenten una oferta. La formación BSAFE debe cumplimentarse una sola vez ya que los certificados BSAFE tienen una validez permanente. La formación tiene una duración aproximada de una hora.
Formación sobre las medidas para la Prevención de la Explotación y los Abusos Sexuales (PSEA)
La formación en línea sobre las medidas para la «Prevención de la Explotación y los Abusos Sexuales (PSEA) para personal de la ONU» es obligatoria para los colaboradores externos contratados por la OIT. Esta formación está disponible en el sitio web e-learning de las Naciones Unidas (inspira). Sírvanse consultar las instrucciones para acceder e inscribirse en los cursos de aprendizaje obligatorios por parte de usuarios externos. La formación tiene una duración aproximada de 90 minutos.