Un entorno de trabajo seguro y saludable como principio y derecho fundamental en el trabajo

En su 110ª reunión, celebrada en junio de 2022, la Conferencia Internacional del Trabajo decidió enmendar el párrafo 2 de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998) para incluir «un entorno de trabajo seguro y saludable» como principio y derecho fundamental en el trabajo, e introducir las consiguientes enmiendas en la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa (2008) y en el Pacto Mundial para el Empleo (2009).

Esta decisión histórica fue el resultado de un proceso que se inició formalmente en 2019, cuando la Conferencia reconoció, a través de la Declaración del centenario de la OIT para el futuro del trabajo, que «las condiciones de trabajo seguras y saludables son fundamentales para el trabajo decente» y pidió al Consejo de Administración de la OIT, en la Resolución sobre la Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del Trabajo que la acompaña, que «examine, lo antes posible, propuestas para incluir las condiciones de trabajo seguras y saludables en el marco de la OIT relativo a los principios y derechos fundamentales en el trabajo».

La Conferencia Internacional del Trabajo también decidió atribuir al Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155) y al Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 187) la condición de convenios fundamentales que encarnan la nueva categoría de principios y derechos fundamentales en el trabajo.