Decisión sobre el decimoquinto punto del orden del día: Informe de la Mesa del Consejo de Administración Reclamación en la que se alega el incumplimiento por los Países Bajos del Convenio núm. 81, del Convenio núm. 129 y del Convenio núm. 155, presentada por la Confederación Sindical de los Países Bajos (FNV), la Federación Nacional de Sindicatos Cristianos (CNV) y la Confederación Sindical de Intermedios y Altos Ejecutivos (MHP)
Decisión sobre el decimoquinto punto del orden del día: Informe de la Mesa del Consejo de Administración
Reclamación en la que se alega el incumplimiento por los Países Bajos del Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81), del Convenio sobre la inspección del trabajo (agricultura), 1969 (núm. 129) y del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155), presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por la Confederación Sindical de los Países Bajos (FNV), la Federación Nacional de Sindicatos Cristianos (CNV) y la Confederación Sindical de Intermedios y Altos Ejecutivos (MHP)
El Consejo de Administración decidió que la reclamación era admisible.
(Documento GB.316/INS/15/6, párrafo 5.)