Decisión sobre el decimotercer punto del orden del día: Informes de la Mesa del Consejo de Administración Queja relativa al incumplimiento por Bahrein del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) presentada por varios delegados a la 100.ª reunión (2011) de la Conferencia Internacional del Trabajo en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT
28 de marzo de 2012
Decisión sobre el decimotercer punto del orden del día: Informes de la Mesa del Consejo de Administración
Queja relativa al incumplimiento por Bahrein del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) presentada por varios delegados a la 100.ª reunión (2011) de la Conferencia Internacional del Trabajo en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT
El Consejo de Administración, por recomendación de su Mesa, y en vista de las consideraciones expuestas:
a) suspendió en su presente reunión el examen de la queja, en espera de que se ultimen (y presenten) los informes del Gobierno y del Director General para la 316.ª reunión (noviembre de 2012) del Consejo de Administración;
b) solicitó al Gobierno que siguiera presentando informes sobre el cumplimiento efectivo del Acuerdo Tripartito suscrito por los mandantes tripartitos de Bahrein, con fecha 11 de marzo de 2012, y que informe al Consejo de Administración, en su 316.ª reunión (noviembre de 2012), acerca de los progresos realizados con vistas al cumplimiento cabal de sus disposiciones;
c) solicitó al Director General que escribiera al Gobierno, a la Federación General de Sindicatos de Bahrein (GFBTU) y a la Cámara de Comercio e Industria de Bahrein (BCCI), para expresar su satisfacción por los progresos realizados e invitarles a seguir avanzando en esa dirección positiva;
d) solicitó al Director General que adoptara las medidas necesarias para prestar toda la asistencia técnica que necesitaren los mandantes tripartitos, cuando la solicitaran el Gobierno o los representantes de los trabajadores o de los empleadores, para garantizar la aplicación efectiva del Acuerdo Tripartito, y que informara al Consejo de Administración, en su 316.ª reunión (noviembre de 2012), acerca de los progresos realizados a este respecto.
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