OIT capacita a inspectores del MTSS en temas de seguridad y salud en el trabajo en el sector minero
El taller fue dictado por Martin Hahn, Especialista en el Sector Minero de la sede de la OIT en Ginebra, y Carmen Bueno, Especialista en Salud y Seguridad en el Trabajo de la Oficina de la OIT para el Cono Sur.
22 de julio de 2013
Montevideo, Uruguay.- En momentos en que se encuentra a estudio del Poder Legislativo el proyecto de ley de minería de gran porte, dos expertos de OIT brindaron un taller de capacitación a personal inspectivo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), y se reunieron además con las autoridades de la cartera y con integrantes del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CONASSAT).
La visita de los especialistas de la OIT se realizó en el marco de la solicitud de apoyo técnico realizada por parte del Ministerio de Trabajo a la OIT.
En el taller brindado a los técnicos y profesionales de la Inspección de Trabajo del MTSS, los expertos explicaron el contenido del Convenio Nº176 sobre seguridad y salud en la minería, las consecuencias de la ratificación, así como las experiencias de otros países en esta materia.
El Convenio Nº 176 establece que al ser adoptado por un país, éste "deberá formular, aplicar y revisar periódicamente una política nacional coherente en materia de seguridad y salud en las minas, en especial en lo que atañe a las medidas destinadas a hacer efectivas las disposiciones del presente Convenio".
Además, el Convenio establece el contenido mínimo a ser regulado por la legislación interna del país, incluyendo las obligaciones de los empleadores y los deberes y derechos de los trabajadores en materia de seguridad y salud.
La visita de los especialistas de la OIT se realizó en el marco de la solicitud de apoyo técnico realizada por parte del Ministerio de Trabajo a la OIT.
En el taller brindado a los técnicos y profesionales de la Inspección de Trabajo del MTSS, los expertos explicaron el contenido del Convenio Nº176 sobre seguridad y salud en la minería, las consecuencias de la ratificación, así como las experiencias de otros países en esta materia.
El Convenio Nº 176 establece que al ser adoptado por un país, éste "deberá formular, aplicar y revisar periódicamente una política nacional coherente en materia de seguridad y salud en las minas, en especial en lo que atañe a las medidas destinadas a hacer efectivas las disposiciones del presente Convenio".
Además, el Convenio establece el contenido mínimo a ser regulado por la legislación interna del país, incluyendo las obligaciones de los empleadores y los deberes y derechos de los trabajadores en materia de seguridad y salud.