Nuevo convenio colectivo para las trabajadoras domésticas de Uruguay
El acuerdo alcanzado establece - entre otras cosas - tres franjas de aumentos salariales,la existencia de una prima por asistencia y el compromiso de las partes a establecer una categorización antes de la finalización del convenio.
10 de abril de 2013
Montevideo, Uruguay.- El Grupo 21 del Sector Doméstico del Consejo de Salarios de Uruguay, en el que participa el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por parte del Gobierno, el Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas (SUTD) por parte de las trabajadoras y la Liga de Amas de Casa (LACCU) por parte de los empleadores/as, firmaron un nuevo Convenio Colectivo con vigencia desde el 1º de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2015, y que comprende a un total de 120 mil trabajadoras de todo el país.
El acuerdo alcanzado establece tres franjas de aumentos salariales: la primera, de 11,84%, para aquellas trabajadoras que perciben un salario de hasta $ 10.454 pesos mensuales o hasta $ 55 pesos la hora; la segunda, supone un incremento de 10,83% para quienes ganan hasta $ 12.355 pesos o hasta $ 65 sesenta y cinco pesos la hora; y la tercera franja, que establece un aumento de 9,66%, para quienes ganan más de $ 12.355 pesos o más de $65 pesos por hora.
El convenio incorpora además la existencia de una prima por asistencia, el compromiso de las partes a establecer una categorización antes de la finalización del presente convenio, así como la licencia por concepto de exámenes ginecológicos según lo establecido en la Ley 17.242.
En la actualidad, en América Latina y el Caribe, solo Uruguay provee las condiciones necesarias para que el sector de trabajo doméstico remunerado negocie colectivamente.
La primera ronda de negociación colectiva se realizó en 2008, como resultado de la adopción de una nueva ley sobre trabajo doméstico en el año 2006. El convenio colectivo alcanzado ese año establecía un aumento del salario entre 5% y 20% (dependiendo del monto), un aumento por antigüedad de 0,5% anual, y se definió el 19 de agosto como el Día de la Trabajadora Doméstica, no laborable y pago.
El año 2010 se realizó el segundo proceso de negociación colectiva, en el cual se acordaron nuevos salarios mínimos, porcentajes de incremento para diferentes franjas de ingresos, correctivos de desfase de franja salarial, compensación por trabajo nocturno y pago de jornales íntegros cuando el empleador decida no convocar a la trabajadora en los días acordados de trabajo. Además, se acordó la conformación de una Comisión Tripartita de Salud Laboral para las trabajadoras domésticas.
Uruguay fue el primer país de Latino América -y de todo el mundo- en aprobar, el 30 de abril de 2012 –y en forma unánime- la ley, que ratificaba el Convenio 189 de la OIT sobre trabajo decente para trabajadoras y trabajadores domésticos. El país cuenta además con una de las legislaciones más avanzadas sobre trabajo doméstico en la región, la Ley N° 18.065, aprobada en noviembre de 2006, que equipara los derechos laborales de trabajadoras y trabajadores domésticos y garantiza su derecho a participar en la negociación colectiva.
El gobierno de Uruguay ha puesto en marcha en los últimos años diversas iniciativas para mejorar las condiciones laborales de este sector, fortalecer los actores y el diálogo social. Un ejemplo es la campaña de difusión del Banco de Previsión Social (BPS) , que se ha realizado a partir del año 2004 para mejorar la cobertura de seguridad social de las trabajadoras domésticas en el país. También destaca el importante rol de la Comisión Tripartita de Igualdad de oportunidades en el empleo (CTIOTE) en la implementación de la Ley y las campañas de difusión por parte de varios actores sociales.
Entre los desafíos pendientes para el sector del trabajo doméstico en Uruguay se destaca la necesidad de seguir incrementando los niveles de formalización y promover la contratación ante el Banco de Seguros del Estado de la póliza contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Si bien, desde la implementación de la ley Nº 18.065 en 2006, aumentaron los niveles de cobertura en materia de seguridad social (pasando de 36.905 cotizantes en el año 2003 a 61.420 en el 2011), según datos del Banco de Previsión Social, el porcentaje de evasión en el sector su ubica aún entorno al 60%.
Con la ratificación por parte del Gobierno Uruguayo del C189, la aplicación del contenido de la norma internacional en la práctica nacional será sin duda uno de los más importantes desafíos que el país deberá enfrentar los próximos años.
Descargar Convenio Colectivo
El acuerdo alcanzado establece tres franjas de aumentos salariales: la primera, de 11,84%, para aquellas trabajadoras que perciben un salario de hasta $ 10.454 pesos mensuales o hasta $ 55 pesos la hora; la segunda, supone un incremento de 10,83% para quienes ganan hasta $ 12.355 pesos o hasta $ 65 sesenta y cinco pesos la hora; y la tercera franja, que establece un aumento de 9,66%, para quienes ganan más de $ 12.355 pesos o más de $65 pesos por hora.
El convenio incorpora además la existencia de una prima por asistencia, el compromiso de las partes a establecer una categorización antes de la finalización del presente convenio, así como la licencia por concepto de exámenes ginecológicos según lo establecido en la Ley 17.242.
Un proceso inédito en la Región
En la actualidad, en América Latina y el Caribe, solo Uruguay provee las condiciones necesarias para que el sector de trabajo doméstico remunerado negocie colectivamente.
La primera ronda de negociación colectiva se realizó en 2008, como resultado de la adopción de una nueva ley sobre trabajo doméstico en el año 2006. El convenio colectivo alcanzado ese año establecía un aumento del salario entre 5% y 20% (dependiendo del monto), un aumento por antigüedad de 0,5% anual, y se definió el 19 de agosto como el Día de la Trabajadora Doméstica, no laborable y pago.
El año 2010 se realizó el segundo proceso de negociación colectiva, en el cual se acordaron nuevos salarios mínimos, porcentajes de incremento para diferentes franjas de ingresos, correctivos de desfase de franja salarial, compensación por trabajo nocturno y pago de jornales íntegros cuando el empleador decida no convocar a la trabajadora en los días acordados de trabajo. Además, se acordó la conformación de una Comisión Tripartita de Salud Laboral para las trabajadoras domésticas.
Pioneros a nivel mundial
Uruguay fue el primer país de Latino América -y de todo el mundo- en aprobar, el 30 de abril de 2012 –y en forma unánime- la ley, que ratificaba el Convenio 189 de la OIT sobre trabajo decente para trabajadoras y trabajadores domésticos. El país cuenta además con una de las legislaciones más avanzadas sobre trabajo doméstico en la región, la Ley N° 18.065, aprobada en noviembre de 2006, que equipara los derechos laborales de trabajadoras y trabajadores domésticos y garantiza su derecho a participar en la negociación colectiva.
Avances y desafíos
El gobierno de Uruguay ha puesto en marcha en los últimos años diversas iniciativas para mejorar las condiciones laborales de este sector, fortalecer los actores y el diálogo social. Un ejemplo es la campaña de difusión del Banco de Previsión Social (BPS) , que se ha realizado a partir del año 2004 para mejorar la cobertura de seguridad social de las trabajadoras domésticas en el país. También destaca el importante rol de la Comisión Tripartita de Igualdad de oportunidades en el empleo (CTIOTE) en la implementación de la Ley y las campañas de difusión por parte de varios actores sociales.
Entre los desafíos pendientes para el sector del trabajo doméstico en Uruguay se destaca la necesidad de seguir incrementando los niveles de formalización y promover la contratación ante el Banco de Seguros del Estado de la póliza contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Si bien, desde la implementación de la ley Nº 18.065 en 2006, aumentaron los niveles de cobertura en materia de seguridad social (pasando de 36.905 cotizantes en el año 2003 a 61.420 en el 2011), según datos del Banco de Previsión Social, el porcentaje de evasión en el sector su ubica aún entorno al 60%.
Con la ratificación por parte del Gobierno Uruguayo del C189, la aplicación del contenido de la norma internacional en la práctica nacional será sin duda uno de los más importantes desafíos que el país deberá enfrentar los próximos años.
Descargar Convenio Colectivo