El 10 de abril de 2024, la Corte Internacional de Justicia concedió permiso al Gobierno de los Estados Unidos de América, a raíz de su solicitud formulada a tal efecto, para presentar a la Corte una declaración escrita antes del 16 de mayo de 2024, y comentarios escritos sobre las declaraciones escritas formuladas por otros Estados u organizaciones autorizadas antes del 16 de septiembre de 2024, en el contexto del procedimiento consultivo relativo al Derecho de huelga en virtud del Convenio núm. 87 de la OIT.
Se recuerda que el 10 de noviembre de 2023, el Consejo de Administración de la OIT decidió remitir al Tribunal la prolongada controversia sobre la interpretación del Convenio núm. 87 en relación con el derecho de huelga. El 14 de diciembre de 2023, la Oficina presentó el expediente requerido en virtud del artículo 65(2) del Estatuto del Tribunal.