Normas del trabajo
La reunión de expertos de la OIT adopta Pautas sobre la formación de los cocineros de los buques
Las nuevas Pautas tienen por finalidad proporcionar orientaciones a los Estados Miembros para asistirlos en la implementación de la regla 3.2 y de las respectivas disposiciones del Código del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (MLC, 2006) relativas a la alimentación y el servicio de fonda y, en particular, a las normas mínimas concernientes a las calificaciones y la formación de los cocineros de los buques.
8 de octubre de 2013
El 27 de septiembre de 2013, una reunión tripartita de expertos de la OIT adoptó Pautas sobre la formación de los cocineros de los buques. Las nuevas Pautas tienen por finalidad proporcionar orientaciones a los Estados Miembros para asistirlos en la implementación de la regla 3.2 y de las respectivas disposiciones del Código del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (MLC, 2006) relativas a la alimentación y el servicio de fonda y, en particular, a las normas mínimas concernientes a las calificaciones y la formación de los cocineros de los buques.
En virtud de estas disposiciones, los Estados partes del MLC, 2006 deben garantizar que a la gente de mar que preste servicio en buques que enarbolan su pabellón se les proporcionen alimentos y agua potable de calidad, valor nutritivo y cantidad apropiados que tomen en consideración los distintos orígenes culturales y religiosos, a la vez que todo marino empleado como cocinero del buque deberá tener la formación y las calificaciones apropiadas.
Las Pautas cubren múltiples aspectos de las competencias de los cocineros de los buques, incluso las competencias básicas de cocina, la organización de las cocinas, la prevención de las enfermedades de transmisión alimentaria, la alimentación e higiene personal, la nutrición y planificación de los menús, los aspectos religiosos y culturales, las habilidades de comunicación, los primeros auxilios y la extinción de incendios en las cocinas y la gestión de residuos.
Las Pautas serán sometidas a consideración del Consejo de Administración de la OIT en su 320ª reunión (marzo de 2014). El texto de las Pautas puede consultarse en el siguiente enlace https://www./ilo.org/sector/Resources/codes-of-practice-and-guidelines/WCMS_218598/lang--es/index.htm.
En virtud de estas disposiciones, los Estados partes del MLC, 2006 deben garantizar que a la gente de mar que preste servicio en buques que enarbolan su pabellón se les proporcionen alimentos y agua potable de calidad, valor nutritivo y cantidad apropiados que tomen en consideración los distintos orígenes culturales y religiosos, a la vez que todo marino empleado como cocinero del buque deberá tener la formación y las calificaciones apropiadas.
Las Pautas cubren múltiples aspectos de las competencias de los cocineros de los buques, incluso las competencias básicas de cocina, la organización de las cocinas, la prevención de las enfermedades de transmisión alimentaria, la alimentación e higiene personal, la nutrición y planificación de los menús, los aspectos religiosos y culturales, las habilidades de comunicación, los primeros auxilios y la extinción de incendios en las cocinas y la gestión de residuos.
Las Pautas serán sometidas a consideración del Consejo de Administración de la OIT en su 320ª reunión (marzo de 2014). El texto de las Pautas puede consultarse en el siguiente enlace https://www./ilo.org/sector/Resources/codes-of-practice-and-guidelines/WCMS_218598/lang--es/index.htm.