La OIT califica como un “paso significativo” la aprobación de la Ley de Consulta Previa en el Congreso de Perú

El Convenio núm. 169 de la OIT es el único instrumento internacional legalmente vinculante que se encuentra abierto para ratificación y trata específicamente los derechos de los pueblos indígenas y tribales.

25 de agosto de 2011

Lima – La OIT consideró hoy como “un paso significativo” la aprobación por unanimidad de la Ley de Derecho a la Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios por parte del Pleno del Congreso de la República de Perú, y destacó que se trata de un instrumento que recoge lo estipulado en el Convenio núm. 169 sobre pueblos indígenas y tribales de esta Organización.

“La aprobación por unanimidad envía una señal política importante sobre el interés por respetar los derechos de los pueblos indígenas y por instituir el diálogo como un mecanismo en busca de acuerdos beneficiosos para el país”, destacó la Directora de la OIT para los Países Andinos, Carmen Moreno.

“Desde la OIT saludamos esta aprobación como un paso significativo en el establecimiento de una legislación que permita aplicar las disposiciones del Convenio 169 de la OIT”, agregó Moreno. También destacó que esta sea “la primera norma aprobada en este Período Legislativo”.

Moreno recordó que los especialistas en normas internacionales de la OIT han brindado su apoyo en diversas instancias de la elaboración y discusión de esta Ley.

La Ley aprobada en el Congreso, que aún deberá ser promulgada por el Presidente de la República, destaca en su artículo primero que se trata de la consulta a los pueblos indígenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente.

El Convenio núm. 169 de la OIT es el único instrumento internacional legalmente vinculante que se encuentra abierto para ratificación y trata específicamente los derechos de los pueblos indígenas y tribales. Perú ratificó este instrumento en 1994.