Salarios mínimos fijados por ley

Consejos de salarios, sean centralizados o descentralizados

23 de noviembre de 2016

La forma en que se fijan las tasas múltiples de salario mínimo varía de un país a otro. En algunos casos, los sistemas de salarios mínimos con tasas múltiples son reevaluados por una sola comisión a nivel nacional. En los casos en que el sistema es muy complejo, dicha tarea podría resultar difícil para una única comisión de fijación de salarios de alto nivel. Dicha comisión tendría, en principio, que entender las complejidades de cada ocupación, región y/o sector en el que se establece un salario mínimo.

En la práctica, sin embargo, los ajustes se efectúan aplicando un mismo porcentaje de aumento en toda la estructura del salario mínimo. Así, la aplicación de un porcentaje de incremento uniforme a todos los salarios mínimos cristaliza de manera lineal la relación entre los diferentes salarios mínimos. En consecuencia, al cabo de varios años, la estructura del salario mínimo ya no refleja adecuadamente las nuevas tendencias del mercado de trabajo o el desarrollo económico de los diferentes sectores de actividad.

En tales casos, sería por lo general más apropiado optar por un proceso más descentralizado, y coordinado en un nivel superior. Los salarios mínimos por sector y/u ocupación se establecerían con la participación activa de los interlocutores sociales, en un nivel descentralizado, pero bajo la coordinación general de una comisión tripartita de nivel nacional. Los reajustes específicos del salario mínimo se podrán determinar a continuación, sobre la base del conocimiento directo que tengan los interlocutores sociales acerca de las particularidades de un determinado sector, región y/u ocupación.

La Recomendación sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos, 1928 (núm. 30), y la Recomendación sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos (agricultura), 1951 (núm. 89), indican explícitamente que se debería solicitar a las organizaciones de empleadores y de trabajadores existentes que indiquen los nombres de las personas que recomienden para formar parte de los organismos de fijación de salarios, a fin de asegurar que los representantes dichas organizaciones gocen de la confianza de las personas cuyos intereses representan.

En el caso de los consejos de salarios sectoriales, es esencial asegurar la participación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores pertinentes. También habría que incluir a las mujeres entre los interlocutores sociales.