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Trabajo doméstico remunerado en Uruguay: 20 años de avances a través del diálogo social
Esta nota analiza, a veinte años de la aprobación de la Ley 18.065, la experiencia de Uruguay en la regulación y formalización del trabajo doméstico remunerado, destacando especialmente el papel que han desempeñado la negociación colectiva y el diálogo social en la mejora sostenida de las condiciones laborales de un sector históricamente feminizado y marcado por altos niveles de informalidad.
7 de septiembre de 2026
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Juan Jacobo VelascoOficial Nacional de Información Laboral. OIT Cono Sur
A dos décadas de la aprobación de la Ley 18.065, la experiencia del trabajo doméstico remunerado en Uruguay muestra cómo la regulación, la negociación colectiva y el diálogo social pueden contribuir a mejorar de manera sostenida las condiciones de trabajo en un sector históricamente marcado por la informalidad y una alta presencia de mujeres.
Aprobada en agosto de 2006, la Ley 18.065 estableció un marco normativo para regular la jornada de trabajo, los salarios, los aportes a la seguridad social y otras condiciones laborales, como descansos y vacaciones, de las trabajadoras domésticas remuneradas en Uruguay. A estos elementos se sumó una innovación fundamental en las relaciones laborales del sector: la negociación colectiva. Estos cambios formaron parte de un proceso de fortalecimiento legal e institucional orientado a equiparar las condiciones laborales de una categoría ocupacional altamente feminizada y con elevados niveles de informalidad con las del resto de las personas trabajadoras asalariadas. En particular, los mecanismos de negociación colectiva se habían reinstalado en Uruguay a través de los Consejos de Salarios, desde 2005, lo que facilitaba la incorporación de diferentes grupos de asalariados a los procesos de negociación sectorial.
Llevar la negociación colectiva al trabajo doméstico remunerado planteaba, sin embargo, un desafío inédito: no existían antecedentes de negociación colectiva en el sector ni estaban claramente constituidas las representaciones que debían sentarse a la mesa. La Ley facultó al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para articular y construir las condiciones que hicieran posible este proceso. Por un lado, se definieron las representaciones de las empleadoras, a través de la Liga de Amas de Casa (LAC), y de las trabajadoras, mediante el Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas (SUTD).
Por otro, las partes se prepararon para la negociación con apoyo técnico-jurídico de la Universidad de la República. Este trabajo generó aprendizajes, capacidades de negociación y confianza entre los actores, y posibilitó la inclusión del sector 21, correspondiente al trabajo doméstico remunerado, en la ronda de los Consejos de Salarios de 2008 y la aprobación de su primer acuerdo colectivo en noviembre de ese año. Más allá de ese primer acuerdo, el proceso contribuyó a construir relaciones de confianza entre actores que hasta entonces no contaban con una tradición de diálogo colectivo.
La experiencia uruguaya estuvo presente en las discusiones internacionales que precedieron la adopción del Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189). El tema fue discutido en las Conferencias Internacionales del Trabajo de 2010 y 2011, esta última culminada con la adopción del Convenio. En ambas instancias, las representaciones de empleadoras y trabajadoras uruguayas, junto con el Gobierno, participaron activamente y compartieron los aprendizajes y resultados de la experiencia desde la perspectiva de cada uno de los actores.
En junio de 2012, Uruguay se convirtió en el primer país del mundo en ratificar el Convenio núm. 189. La experiencia uruguaya fue asimismo una referencia para los procesos de ratificación, especialmente en América Latina y el Caribe: de los 40 países que han ratificado el instrumento, 19 pertenecen a la región.
La regulación y la negociación colectiva fueron acompañadas por políticas orientadas a hacer efectivos los derechos reconocidos. Desde comienzos de la década de 2010, Uruguay impulsó iniciativas para promover la formalización del trabajo doméstico remunerado, entre ellas campañas de sensibilización dirigidas a trabajadoras y empleadoras sobre la importancia de contar con contratos y realizar aportes al Banco de Previsión Social. Estas acciones incluyeron también a trabajadoras domésticas migrantes y se complementaron con líneas de asesoramiento legal gratuito para empleadoras y trabajadoras, junto con mecanismos de fiscalización. A ello se sumaron políticas de formación profesional con enfoque territorial para las trabajadoras domésticas, a cargo del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP).
Desde 2008, el sector 21, correspondiente al trabajo doméstico remunerado, ha participado de manera ininterrumpida en nueve rondas de negociación colectiva en el marco de los Consejos de Salarios, contando con el apoyo, en el caso de la LAC, de la Cámara de Comercio y Servicios del Uruguay, y del STUD, de la central sindical única de Uruguay, PIT-CNT. Esa continuidad es uno de los rasgos distintivos de la experiencia uruguaya: el diálogo social dejó de ser una respuesta puntual para convertirse en un mecanismo institucionalizado de discusión salarial y de mejora de las condiciones laborales.
En la ronda más reciente, de diciembre de 2025, se incorporaron por primera vez tres categorías laborales con salarios mínimos diferenciados, que comenzaron a regir en marzo de 2026: trabajo general, que comprende tareas de limpieza, mantenimiento, lavado, planchado y mandados; cocina, vinculada a la elaboración y planificación de menús; y cuidados, que comprende la atención de niños, personas mayores o personas con necesidades especiales. Esta diferenciación supone, además, reconocer la diversidad de funciones y responsabilidades existentes dentro del trabajo doméstico remunerado.
A veinte años de la aprobación de la Ley 18.065, la experiencia uruguaya pone de relieve que avanzar hacia el trabajo decente en sectores históricamente caracterizados por altos niveles de informalidad supone combinar marcos normativos con instituciones capaces de contribuir a hacer efectivos los derechos, organizaciones representativas y espacios permanentes de diálogo.
La continuidad de la negociación colectiva en el trabajo doméstico remunerado ilustra cómo el diálogo social puede ir más allá de la consecución de acuerdos puntuales y constituirse en un mecanismo sostenido para identificar nuevas brechas y avanzar hacia mejores condiciones de trabajo. En este contexto, la Conferencia Internacional sobre Trabajo Doméstico prevista para noviembre ofrecerá una nueva oportunidad para continuar la reflexión y el diálogo sobre los avances alcanzados, los desafíos pendientes y las condiciones necesarias para seguir avanzando hacia el trabajo decente en el sector.