Convenio núm. 88
Promoviendo la ratificación del Convenio sobre el servicio del empleo núm. 88
Una ratificación más amplia del C88, que exhorta a los gobiernos que mantengan un servicio público de empleo gratuito en todo el país, puede contribuir a reparar los daños sociales y económicos causados por la crisis, mediante la promoción de una recuperación basada en los principios del trabajo decente.
La OIT insta a los Estados Miembros que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de ratificar y aplicar el Convenio núm. 88, un instrumento que sigue siendo muy pertinente en un mundo laboral en evolución.
La ratificación del C88 contribuye a mejorar el funcionamiento de los mercados de trabajo, sobre todo promoviendo la participación de los grupos que enfrentan situaciones de discriminación por género, edad, discapacidad, raza, etnia y su situación migratoria, entre otros factores.
Una versión más actualizada de este material está disponible en inglés.
Contenido relevante
Guía paso a paso
Cómo ratificar los Convenios de la OIT núm. 88 sobre Servicios de Empleo y núm. 181 sobre Agencias Privadas de Empleo
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Promoviendo la ratificación del Convenio núm. 181 sobre las agencias de empleo privadas
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Ficha informativa: Ratificación de los Convenios de la OIT sobre los servicios de empleo