Nota informativa núm. 2

La representatividad y el reconocimiento en el derecho de negociación colectiva

Para que un convenio colectivo refleje un equilibrio justo entre los intereses de los trabajadores y los empleadores que lo suscriben, las organizaciones que negocian en nombre de cada parte deben ser adecuadamente representativas. Esto significa que sus objetivos de política y de negociación deben reflejar los intereses de aquéllos a los que comprometa un posible acuerdo.

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Referencias

  • ISSN: 2227-9334

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