113.ª Conferencia internacional del Trabajo (2-13 de junio de 2025)
Comisión de Verificación de Poderes
Introducción
La Comisión de Verificación de Poderes de la Conferencia Internacional del Trabajo, compuesta por un delegado gubernamental, un delegado de los empleadores y un delegado de los trabajadores, garantiza la correcta aplicación de uno de los principios fundacionales de la Organización: el tripartismo y, su corolario, la autonomía de cada uno de los grupos que la componen: gobiernos, empleadores y trabajadores.
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Contacto: [email protected]
La secretaría de la Comisión de Verificación de Poderes está disponible para:
- recibir reclamos y quejas, con arreglo al Reglamento de la Conferencia Internacional del Trabajo;
actualizar los poderes (por ejemplo, cambios de categoría, adiciones, supresiones). Estos cambios deben ser sometidos por el punto focal designado directamente a través del nuevo Sistema de gestión de reuniones de la OIT (MMS);
Por favor, espere al menos veinticuatro horas para que se procesen los poderes. Tenga en cuenta que NO será posible acreditarse in situ.
- corregir las direcciones de correo electrónico, los títulos y otra información, modificaciones que también pueden ser hechas directamente por el punto focal designado a través del sistema MMS o por el mismo participante utilizando el formulario disponible a este efecto y enviándolo a [email protected] ;
señalar partidas y suplentes que se transmitan por medio del formulario disponible, ya que se considera que todos los delegados acreditados están inscritos para toda la reunión de la Conferencia, y
Actas de las labores
ILC.113/Actas núm. 1A
Primer informe de la Comisión de Verificación de Poderes
ILC.113/Actas núm. 1B
Segundo informe de la Comisión de Verificación de Poderes (2025)
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