21 de junio de 2013
El Gobierno de la República de Sudáfrica depositó en la Oficina Internacional del Trabajo los instrumentos de ratificación de los cuatro convenios internacionales del trabajo: Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81), el Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006 (MLC, 2006), el Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188), y el Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189).
20 de junio de 2013
Conferencia Internacional del Trabajo, 102a. reunión, Ginebra, 2013
20 de junio de 2013
Barbados es el 38º Estado Miembro de la OIT y el 5º Estado de la región del Caribe -después de Antigua y Barbuda, las Bahamas, Saint Kitts y Nevis y San Vicente y las Granadinas- que ha ratificado este emblemático Convenio.
19 de junio de 2013
El 18 de junio de 2013, el Gobierno de Nigeria depositó en la Oficina Internacional del Trabajo el instrumento de ratificación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006 (MLC, 2006). Nigeria es el 37º Estado Miembro de la OIT que ratifica este emblemático Convenio.
9 de mayo de 2013
El 7 de mayo de 2013, el Gobierno de Paraguay depositó ante la Oficina Internacional del Trabajo el instrumento de ratificación del Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189). De esta forma, Paraguay es el séptimo Estado miembro de la OIT y el tercer Estado miembro de América Latina en haber ratificado este Convenio que, de acuerdo con su artículo 21, párrafo 2, entrará en vigor el 5 de septiembre de 2013; es decir, 12 meses después de la fecha en la que ha sido ratificado por dos Estados miembros de la OIT.
18 de abril de 2013
Bolivia es el sexto Estado miembro de la OIT y el segundo Estado miembro de América Latina en haber ratificado este Convenio.
28 de marzo de 2013
El Documento informativo sobre ratificaciones y actividades normativas (Informe III, Parte 2) ofrece una perspectiva general de lo acaecido en el ámbito de las normas internacionales del trabajo durante el año 2012. Se trata de un complemento a la información proporcionada en el informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (Informe III, Parte 1A).