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86.a reunión
Ginebra, junio de 1998


 

Informe de la Comisión de Aplicación de Normas

Discusión en plenaria
Informe general

SEGUNDA PARTE

OBSERVACIONES E INFORMACIONES ACERDA DE CIERTOS PAISES

I. OBSERVACIONES E INFORMACIONES RELATIVAS A LAS MEMORIAS SOBRE LOS CONVENIOS RATIFICADOS
(ARTICULO 22 DE LA CONSTITUCION)

A. Observaciones generales e informaciones sobre algunos países

a) Omisiones de envío de memorias sobre la aplicación de convenios ratificados

Los miembros empleadores subrayaron que no era posible el control si no se disponía de las memorias comunicadas por los gobiernos para su examen. Observaron que 57 países no habían dado cumplimiento a su obligación de enviar memorias, lo que es desalentador. Si bien algunas memorias se recibieron durante la Conferencia, era demasiado tarde para examinarlas. Tanto la falta de los gobiernos de enviar memorias en los plazos estipulados a la OIT y su omisión de respuesta a los comentarios de la Comisión de Expertos conmovía los cimientos del mecanismo de supervisión de la OIT. Además, los países que no cumplían con sus obligaciones de enviar memorias disponían de una ventaja que no tenía justificación, ya que no era posible supervisar su legislación y práctica nacionales con respecto a los convenios ratificados sin contar con una memoria. En conclusión, se debería instar a esos países a que cumplieran con sus obligaciones de enviar memorias.

Los miembros trabajadores coincidieron con lo expresado por los miembros empleadores e insistieron que es indispensable que se envíen las memorias sobre los convenios ratificados para que el sistema de control pueda funcionar. Recuerdan que pese a las modificaciones del procedimiento realizadas en los últimos años a fin de simplificar la labor de los gobiernos, los resultados siguen siendo decepcionantes. Por consiguiente, solicitan que se haga un llamamiento urgente a los Estados para que traten de mejorar en ese aspecto.

Un representante gubernamental de Granada expuso las mismas razones expresadas con anterioridad por la falta de envío por parte de su Gobierno de memorias sobre la aplicación de los convenios ratificados. Estas incluyen una carencia de calificaciones técnicas, recursos y el hecho de que el Departamento de Trabajo no tenga capacidad suficiente. No obstante, estaba seguro de que con la formación profesional recibida recientemente por el comisionado laboral las memorias se comunicarían a la brevedad.

Un representante gubernamental de Liberia reconoció el retraso de su país en el envío de memorias. Expresó su incomodidad por la situación pero indicó que dicho retraso era consecuencia de la guerra. Su Gobierno trataría de cumplir con su obligación de enviar memorias tan pronto como sea posible.

Un representante gubernamental de la República de Moldova se disculpó por la falta de presentación de memorias sobre los convenios ratificados y aseguró a la Comisión que éstas se enviarían en un futuro próximo.

Los miembros trabajadores señalaron que tenían ante sí las mismas explicaciones que se habían dado en el pasado. Observan que varios países están ausentes y no pueden por ende facilitar respuestas. Recuerdan una vez más la posibilidad de recurrir a la asistencia técnica de la Oficina.

Los miembros empleadores indicaron que el hecho de que sólo tres países hayan comunicado información respecto a la falta de envío de memorias sobre la aplicación de los convenios ratificados no era un desempeño que fuese digno de elogios.

La Comisión recordó la importancia fundamental del envío de memorias sobre la aplicación de convenios ratificados, y no sólo del envío como tal, sino del respeto de los plazos estipulados. Esta obligación constituye el fundamento del sistema de control, y la Comisión expresó la firme esperanza de que los gobiernos de Armenia, Bosnia y Herzegovina, Burundi, Granada, Liberia, República de Moldova, Santa Lucía, Sierra Leona, Somalia y Uzbekistán, que hasta la fecha no han sometido memorias sobre la aplicación de convenios ratificados, lo harán lo antes posible, y decidió mencionar estos casos en la sección apropiada de su informe general.

b) Omisiones de envío de primeras memorias sobre la aplicación de los convenios ratificados

Convenio núm. 73: Examen médico de la gente de mar, 1946

Los miembros trabajadores, en lo que respecta a la falta de envío de la primera memoria, se refirieron a los comentarios de los expertos que reiteran en el párrafo 165 de su informe el objetivo y la importancia de enviar esa primera memoria. Permite, en particular, examinar la manera en que el país cumplirá con sus obligaciones y es indispensable para el funcionamiento del mecanismo de control. La presentación de esa primera memoria puede también evitar que en los años siguientes se produzcan malentendidos. Los miembros trabajadores expresaron su preocupación por el hecho de que el número de países mencionados en el párrafo vaya en aumento.

Los miembros empleadores tomaron nota del número de países que han omitido el envío de primeras memorias. Subrayaron la importancia de la presentación de las mismas, al ser éstas la base sobre la que la Comisión de Expertos realiza su evaluación inicial sobre la aplicación de los convenios ratificados. Antes de ratificar un instrumento los gobiernos deben examinar hasta qué punto su legislación nacional está en conformidad con las disposiciones de dicho instrumento. Por consiguiente, la elaboración de la primera memoria no es sino una consecuencia del mencionado examen previo del gobierno. Los miembros empleadores observaron también que un número considerable de países había omitido el envío de una primera memoria.

Un representante gubernamental de Liberia volvió a insistir en que la situación de guerra que vive su país incide en el retraso, y en el interés de su país por conseguir asistencia técnica de la Oficina.

Un representante gubernamental de la República de Moldova indicó que las primeras memorias habían sido preparadas por el Gobierno en consulta con los interlocutores sociales. Dichas memorias se someterán en breve a la Oficina.

Un representante gubernamental de Seychelles señaló que el año pasado había informado a esta Comisión de que su país tenía grandes dificultades para ajustarse a las disposiciones de la Constitución de la OIT desde que volvió a ingresar en esta Organización en 1994. Explicó que su país carecía de recursos de personal y de conocimientos técnicos para poner en funcionamiento y gestionar su dependencia de relaciones internacionales. Sin embargo, después de haber seguido un curso sobre normas internacionales del trabajo, que había sido sumamente provechoso, los progresos hechos habían sido importantes en cuanto a dar respuesta a la correspondencia de la OIT, y a cumplir las obligaciones que impone la Constitución de esta Organización. Al respecto, ya se había elaborado la memoria detallada relativa al Convenio núm. 149. La misma se ha sometido a los interlocutores sociales en una reunión consultiva tripartita para solicitar sus observaciones. Después de esta consulta se hicieron algunas modificaciones. El orador indicó que contaba con informar a la OIT sobre esta cuestión a más tardar el 30 de julio de 1998.

Un representante gubernamental de Chipre puso de relieve que su país era uno de los primeros en haber ratificado el Convenio núm. 171. Manifestó ser plenamente consciente de las obligaciones de su Gobierno en virtud de lo dispuesto en la Constitución de la OIT, y que la memoria estaría en poder de la Oficina dentro de los plazos fijados, es decir, este año.

Un representante gubernamental de Granada indicó que su Gobierno era consciente de las obligaciones derivadas de la Constitución de la OIT, pero carecía de la capacidad técnica para someter memorias. A raíz de una solicitud hecha a la OIT en Puerto España, el Comisionado del Trabajo participó en un curso de formación en Turín hacía dos semanas. El curso había sido muy provechoso, y estaba seguro de que su país podría cumplir con sus obligaciones en breve.

Los miembros empleadores observaron que muchos países habían hecho referencia a la cuestión de la escasez de recursos y de personal competente como razón aducida por no haber presentado memorias. Los empleadores señalaron que los países deberían recabar la asistencia técnica de la OIT con bastante antelación, de modo que no hubiese ningún retraso en la sumisión de las primeras memorias.

Los miembros trabajadores hicieron suyas las manifestaciones de los miembros empleadores sobre esa cuestión y observan que de 13 países sólo cinco comunicaron una respuesta a esta Comisión.

La Comisión tomó nota de la información suministrada y de las explicaciones dadas por los representantes gubernamentales que tomaron la palabra. Reiteró la capital importancia de enviar las primeras memorias sobre la aplicación de los convenios ratificados.

La Comisión decidió mencionar los siguientes casos: desde 1992: Liberia (Convenio núm. 133); desde 1993: Yemen (Convenio núm. 159); desde 1994: Letonia (Convenios núms. 111, 122, 135 y 151); desde 1995: Armenia (Convenio núm. 111), Burundi (Convenios núms. 87, 100 y 111), Kirguistán (Convenios núms. 133 y 160), República de Moldova (Convenio núm. 105), Nigeria (Convenio núm. 144), Seychelles (Convenio núm. 149); desde 1996: Armenia (Convenios núms. 100, 122, 135 y 151), Chipre (Convenio núm 171), Granada (Convenios núms. 87, 100 y 144), Letonia (Convenios núms. 81, 129, 132, 144, 154, 155 y 158), y Uzbekistán (Convenios núms. 47, 52, 103 y 122) en las secciones apropiadas del informe general.

c) Omisiones de envío de información en respuesta a los comentarios de la Comisión de Expertos

Los miembros trabajadores recordaron que la obligación de responder a los comentarios de la Comisión de Expertos es una prolongación de la obligación relativa al envío de memorias. Manifestaron su acuerdo con lo indicado por los expertos en el párrafo 169 de su Informe, en el que se subraya que la falta de cumplimiento por parte de los gobiernos en responder a los comentarios entorpece las tareas de la Comisión de Expertos, así como la de la Comisión de la Conferencia. Insistieron en la necesidad de enviar respuestas con un contenido sustancial dado que en caso contrario la Comisión sólo podía reiterar sus comentarios anteriores. Subrayaron que el envío de respuestas a la Comisión de Expertos constituye además un elemento de diálogo importante.

Los miembros empleadores expresaron su apoyo a las opiniones vertidas por los miembros trabajadores. Los países deberían cumplir con sus obligaciones de enviar memorias y tomarlas en serio para contribuir al funcionamiento adecuado del mecanismo de control de la OIT.

Un representante gubernamental de Angola declaró que pese a las carencias técnicas que sufre su país, se envió una memoria a través del PNUD. Se mostró consciente del retraso, pero indicó que ha remitido la legislación al Departamento de Normas de la OIT.

Un representante gubernamental de Bahamas declaró que su Gobierno había recibido las observaciones de la Comisión de Expertos a principios de este año. Indicó que se compilaría la información recibida y se enviaría una memoria antes del 1.o de septiembre de 1998.

Un representante gubernamental de Barbados indicó que era consciente del retraso de su Gobierno para comunicar información pero indicó que dicho retraso no era deliberado. Esta falta de envío de información en respuesta a las observaciones formuladas por la Comisión de Expertos se debía principalmente a la escasez de personal en el Ministerio de Trabajo y a los grandes traslados de ese personal. Expresó no obstante que los funcionarios del equipo técnico multidisciplinario habían prestado una gran ayuda y esperaba que el año próximo se presentarían memorias. Expresó la esperanza de seguir contando con el apoyo de dichos equipos.

Una representante gubernamental de la República Democrática del Congo declaró que su país comprendía la preocupación de la Comisión de Expertos, que debe asegurar continuamente el control regular de la aplicación de las normas por cada Estado Miembro. Indicó que su Gobierno era consciente del retraso y señaló a la Comisión que durante 1997 el país había experimentado cambios políticos importantes que prácticamente habían coincidido con el período de envío del Informe de la Comisión de Expertos y de la lista de convenios sobre los que se debía comunicar una memoria detallada entre el 1.o de junio y el 1.o de septiembre de 1997. La ausencia de delegación oficial a la 85.a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo y el retraso que hubo en la recepción de los documentos explican la falta de información. Precisó que actualmente el Gobierno tenía en su poder los documentos para 1997 y 1998, y aseguró a la Comisión que estaba en curso la redacción de dicho informe junto con las respuestas a la Comisión de Expertos y que serían comunicados a la Oficina en los plazos solicitados.

Un representante gubernamental de Dinamarca se refirió a dos cuestiones que podrían explicar por qué razón las Islas Feroe no habían podido enviar memorias sobre ninguno de los convenios ratificados. En primer lugar, las Islas Feroe estaban constituidas por una pequeña comunidad de sólo 40.000 personas, con una reducida administración pública. El orden de prioridades de las labores no incluía el envío de memorias a la OIT. Muchos de los recursos de la administración pública se habían consagrado exclusivamente a un importante caso financiero. En segundo lugar, manifestó que el antiguo imperio de Dinamarca se había reestructurado de tal manera que las Islas Feroe gozaban de soberanía en cuanto a la mayoría de sus decisiones políticas, que incluían las esferas del mercado laboral y la política social. El Gobierno danés no podía imponer la formulación de políticas y la administración en dichos sectores. Indicó que la única posibilidad consistía en ofrecer a las Islas Feroe orientación e información y prestarles asistencia en la ejecución de sus cometidos. Dijo que no era posible imponerles que envíen memorias sobre los convenios ratificados. Además, tampoco podían aplicarse sanciones en caso de incumplimiento de la obligación de enviar memorias. No obstante, su Gobierno había tratado, mediante visitas a las Islas Feroe y el suministro de información, orientarlas en todo lo posible. Su Gobierno tenía esperanzas en que la situación se solucionara aunque carecía de medios para hacerlo directamente. Expresó que lo único que podía ofrecerse era asistencia y orientación, y esto se haría en la mayor medida posible.

El representante gubernamental de Francia (Polinesia Francesa y Guadalupe) lamentó el hecho de que no estaba en condiciones de suministrar respuestas a los expertos en relación a esos dos territorios de ultramar. Indica que en el caso de la Polinesia Francesa, ese Departamento acaba de obtener un nuevo estatuto que implica un aumento de su autonomía y la aplicación de ese nuevo estatuto ha sido la causa de algunas demoras. En lo que respecta a Guadalupe, señala que la reciente renovación de funcionarios provocó ciertos malentendidos que se han solucionado y, por consiguiente, se compensará el atraso.

Un representante gubernamental de Ghana indicó que la información pertinente figuraba en el documento que fue comunicado.

Un representante gubernamental de Granada pidió disculpas por la omisión de su Gobierno de facilitar información, pero indicó que, con la necesaria formación del personal en el Ministerio, pronto sería posible someter memorias.

Un representante gubernamental de Liberia señaló, con respecto al Convenio núm. 29, que su Gobierno había hecho todo lo posible para asegurarse de que se habían eliminado los vestigios del trabajo forzoso. Con respecto al Convenio núm. 87, aseguró al Comité que en su país los trabajadores tienen plena libertad para sindicarse.

Un representante gubernamental de la Jamahiriya Arabe Libia indicó que su Gobierno siempre está dispuesto a dialogar. El año anterior, su Gobierno había recibido de la Comisión de Expertos comentarios sobre algunos convenios ratificados, los cuales habían sido estudiados por el Ministerio de Justicia. El Ministerio está revisando las disposiciones que deben enmendarse a fin de poner la legislación nacional en conformidad con los convenios pertinentes.

Un representante gubernamental de Malta lamentó que su país se hubiese quedado a la zaga en sus obligaciones de someter memorias. La principal razón de ello es que su Gobierno está actualizando las leyes del trabajo en consulta con los interlocutores sociales. Cuando se actualicen esas leyes, el Gobierno podrá responder rápidamente a los comentarios formulados por la Comisión de Expertos con respecto a los Convenios núms. 111, 119 y 173.

Un representante gubernamental de los Países Bajos señaló que el año pasado había explicado a esta Comisión cuál era la situación constitucional del Reino de los Países Bajos con relación a Aruba, y más concretamente con relación a la obligación de someter memorias. Aruba es un asociado en pie de igualdad en el Reino de los Países Bajos y tiene plena responsabilidad en el cumplimiento de estas obligaciones. El único papel que su Gobierno puede desempeñar es dar curso a una solicitud que a tal efecto presenten las autoridades de Aruba. Esta explicación fue comunicada por escrito en una carta enviada a la Oficina en la cual fue igualmente mencionado que el Gobierno deseaba implicar a la oficina de la OIT en el Caribe en un esfuerzo conjunto que permita a las autoridades de Aruba cumplir con las obligaciones de envío de memorias sobre los convenios de la OIT. Sin embargo, desde el año anterior, han habido algunas novedades. En primer lugar, se han enviado a la OIT diversas memorias ya recibidas por esta Organización. En segundo lugar, un miembro del personal de la Dirección del Trabajo de Aruba asistió a un curso impartido por la oficina de la OIT en el Caribe sobre sumisión de memorias relativas a convenios de la OIT. Por último, a finales de este año, se tomarán las disposiciones necesarias entre las autoridades de Aruba y de los Países Bajos para dar solución al repetitivo problema del deber de sumisión de memorias. Su Gobierno desea que en sus esfuerzos participe la Oficina del Caribe de la OIT para hacer que Aruba sea autosuficiente en sus obligaciones de sumisión de memorias en un futuro próximo.

El representante gubernamental de Níger agradeció a la Comisión de Expertos y al Comité de Libertad Sindical por sus distintas recomendaciones. En lo que respecta a la tardanza en enviar respuestas a los expertos, indica que se debió a un problema técnico que fue solucionado gracias a la participación del funcionario competente en un seminario de la OIT en Turín.

Una representante gubernamental del Paraguay manifestó que el Ministerio de Trabajo se encuentra en un proceso de cambios profundos a nivel institucional y de cuadros técnicos. Informó que el Gobierno recurrió a la asistencia técnica de la Oficina, y que gracias a la asistencia brindada, se cumplió, en la medida de lo posible, en lo que respecta a la sumisión y al envío de memorias. No obstante, indicó que del informe surge que el Gobierno aún no cumple plenamente con sus obligaciones, por lo que se comprometió a que su Gobierno envíe la información en respuesta a los comentarios de la Comisión de Expertos.

Un representante gubernamental de Seychelles señaló que con respecto a las peticiones directas hechas por la Comisión de Expertos con relación a los Convenios núms. 99 y 105, se habían enviado tres memorias que debían presentarse este año, y en el envío se había incluido la memoria relativa al Convenio núm. 99. Como la Oficina aún no la había recibido, manifestó que se ocuparía a su regreso de que se envíe otra copia de esos documentos. Con respecto a la solicitud directa relativa al Convenio núm. 105, se están llevando a cabo las discusiones al respecto por parte del ministerio competente y en breve se informaría a la OIT.

Los miembros empleadores tomaron nota de que varios países habían hecho referencia a las bien conocidas razones de falta de competencias técnicas y de recursos como causas del incumplimiento de las obligaciones de sumisión de memorias. Los empleadores expresaron su preocupación ante esta tendencia, y esperan que la situación no se repita.

Los miembros trabajadores apoyaron la declaración formulada por los miembros empleadores en el marco de esta discusión.

La Comisión tomó debida nota de las informaciones presentadas y de las explicaciones dadas por los representantes gubernamentales que tomaron la palabra. Insistió en la gran importancia que tenía para la continuación de un diálogo abierto comunicar informaciones precisas y detalladas en respuesta a los comentarios de la Comisión de Expertos. Reiteró que éste era un aspecto de la obligación constitucional de presentar informes. Al respecto, expresó su profunda preocupación por el elevado número de casos de omisiones de envío de información en respuesta a los comentarios formulados por la Comisión de Expertos. Recordó que los gobiernos en cuestión podían solicitar la asistencia de la OIT para superar las dificultades que pudiesen tener. La Comisión instó a los gobiernos interesados, a saber: Afganistán, Albania, Angola, Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Bosnia y Herzegovina, Burundi, República Democrática del Congo, Dinamarca (Islas Feroe), Djibouti, Francia (Polinesia Francesa, Guadalupe), Ghana, Granada, Guinea-Bissau, Iraq, Kirguistán, Letonia, Liberia, Jamahiriya Arabe Libia, Madagascar, Malí, Malta, Países Bajos (Aruba), Níger, Nigeria, Paraguay, Filipinas, Santa Lucía, Seychelles, Sierra Leona, Somalia y Tayikistán, a que se esforzaran en proporcionar la información solicitada lo antes posible. La Comisión decidió mencionar estos casos en la sección apropiada de su informe general.

d) Informaciones escritas recibidas hasta el final de la reunión de la Comisión de Aplicación de Normas (1)

Bangladesh. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la mayoría de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados, así como respuestas a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

Bolivia. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la mayoría de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados.

Camerún. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la mayoría de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados, así como respuestas a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

República Checa. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió respuestas a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

Chile. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió respuestas a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

Chipre. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la mayoría de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados.

Côte d'Ivoire. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la totalidad de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados, así como respuestas a todos los comentarios de la Comisión.

Etiopía. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la totalidad de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados, así como respuestas a todos los comentarios de la Comisión.

Gabón. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la totalidad de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados, así como respuestas a todos los comentarios de la Comisión.

Ghana. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la mayoría de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados.

Haití. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la mayoría de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados, así como respuestas a todos los comentarios de la Comisión.

Honduras. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió respuestas a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

Islandia. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió respuestas sobre la mayoría de los comentarios de la Comisión.

Israel. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió respuestas a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

Kuwait. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la mayoría de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados, así como respuestas a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

República Democrática Popular Lao. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la totalidad de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados.

Malasia. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la mayoría de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados, así como respuestas a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

Malawi. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la totalidad de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados, así como respuestas a todos los comentarios de la Comisión.

Marruecos. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la totalidad de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados, así como respuestas a todos los comentarios de la Comisión.

Myanmar. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la mayoría de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados, así como respuestas a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

Nicaragua. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la mayoría de las memorias debidas sobre la aplicación de convenios ratificados.

Sri Lanka. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la totalidad de las memorias debidas sobre la aplicación de los convenios ratificados y respondió a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

República Unida de Tanzanía. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la mayoría de las memorias debidas sobre la aplicación de los convenios ratificados, así como respuestas a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

Túnez. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió respuestas a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

Venezuela. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió la mayoría de las memorias debidas sobre la aplicación de los convenios ratificados.

Yemen. Desde la celebración de la reunión de la Comisión de Expertos, el Gobierno envió respuestas a la mayoría de los comentarios de la Comisión.

SEGUNDA PARTE (cont.)


1. La lista de las memorias figura en la parte 1, C, de este informe.


Puesto al día por VC. Aprobada por RH. Ultima actualización: 26 de febrero de 2000.