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9152 PORTEROS, GUARDIANES Y AFINES
 


    Los porteros, guardianes y afines vigilan la entrada o los locales de distintos edificios, lugares de estacionamiento de vehículos u otras propiedades con miras a impedir la entrada ilícita, evitar robos, detectar incendios u otros riesgos o ejecutar tareas de ordenanza o ujier.

    Sus tareas incluyen las siguientes:

    a) cumplir funciones de portero de hotel, atendiendo a los pasajeros a su paso y haciéndose cargo de su equipaje o de otros pormenores (llaves, mensajes, información, etc.);

    b) oficiar de portero en casas de pisos, oficinas u otros edificios, verificando la entrada de visitantes o proporcionando informaciones a los que las solicitan;

    c) vigilar casas y otras propiedades para impedir la entrada ilícita, evitar robos, incendios y otros riesgos;

    d) dar ingreso a las personas en salas de tribunales o en círculos de deportes y otros establecimientos;

    e) recoger los billetes de ingreso en cines, teatros, circos y otros lugares similares;

    f) atender guardarropas o cuartos de aseo en lugares públicos;

    g) cuidar los vehículos estacionados en la vía pública o en lugares reservados para ese fin;

    h) desempeñar tareas afines;

    i) supervisar a otros trabajadores.

    Entre las ocupaciones comprendidas en este grupo primario figuran las siguientes:

  • Acomodador

  • Conserje, hotel

  • Guardián

  • Guardián, museo

  • Guardián, vestuario

  • Portero

  • Portero de hotel


  • Entre las ocupaciones afines, clasificadas en otra parte, figuran las siguientes:

  • Conserje, edificio/apartamentos - 9141

  • Custodio - 5169

  • Guardaespaldas - 5169

  • Guardián, coto de caza - 5169

  • Maletero, hotel - 9151

  • Patrullero. seguridad - 5169
   
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 Ultima actulización: 29 de septiembre de 2004, por VA.