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Garantizar una contratación equitativa: logros de la OIT

Garantizar una contratación equitativa: logros de la OIT

Un proceso de contratación es equitativo y ético cuando tiene lugar en el marco de la ley y se ajusta a las normas internacionales del trabajo, pero sobre todo, cuando se respetan los derechos humanos.

La Iniciativa sobre la Contratación Equitativa, en marcha desde 2014, se basa en la amplia experiencia de la OIT en la mejora de la migración laboral y la prevención del trabajo forzoso, y tiene por objeto proteger a los trabajadores contra los abusos y la explotación, atendiendo también a las necesidades del mercado de trabajo.

Cuando la OIT se dispone a poner en marcha la segunda fase de dicha Iniciativa, examinamos cómo ha influido en la reforma de leyes y de la práctica en materia de contratación en el mundo, y en la consiguiente mejora de la vida de los trabajadores.

La Iniciativa sobre la contratación equitativa se basa en cuatro pilares:

  1. Intercambiar conocimientos a escala mundial sobre los procesos de contratación nacionales e internacionales.
  2. Mejorar las leyes, las políticas y eI control de la aplicación para promover la contratación equitativa.
  3. Promover prácticas equitativas en las empresas.
  4. Empoderar y proteger a los trabajadores.

La Iniciativa fue ideada para impulsar alianzas firmes con socios internacionales y locales, y para complementar el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU.

Pilar 1: Intercambiar conocimientos a escala mundial sobre los procesos de contratación nacionales e internacionales

Una medida determinante para la equidad en la contratación es eliminar los gastos de contratación con cargo al trabajador

Es cada vez más frecuente que los trabajadores migrantes afronten gastos sociales y económicos elevados cuando emigran a trabajar a otro país. Estos gastos se derivan de procesos de contratación internacional opacos en el marco de los cuales los trabajadores –y en particular los poco calificados– pagan tarifas cuantiosas. Para reducir los gastos de contratación cabe entender y cuantificar los gastos reales de buscarse un trabajo en el extranjero.

La OIT y el Banco Mundial han ideado un método para examinar dichos gastos; se trata del primero y más preciso en su género.

El periodismo y su papel determinante en la sensibilización

Los periodistas tienen la posibilidad de hacerse oír, algo imposible para muchos trabajadores. Pueden dar a conocer las prácticas abusivas y la privación de los derechos humanos y laborales fundamentales.

Junto con periodistas y formadores especializados, la OIT creó una guía práctica para que los profesionales de los medios de comunicación pudieran informar con exactitud, respetuosamente y de modo ético la problemática del trabajo forzoso y la contratación equitativa. Este material orienta a los periodistas sobre cómo dar cuenta del maltrato a los trabajadores migrantes sin deshumanizar ni victimizar a esos trabajadores, respetando su capacidad de acción y su voz.

La OIT ha impulsado una red internacional de comunicadores que investigan y escriben sobre este tema. Su Concurso Mundial de Medios de Comunicación sobre la Migración Laboral promueve las coberturas periodísticas de calidad sobre la migración laboral. En 2020, hubo 290 entradas procedentes de 67 países.

“Los periodistas redactan sus relatos a partir de la materia prima con la que cuentan, pero cuando no disponen de definiciones tienen pocos recursos para explicar la situación. Creo que la guía práctica les permite referirse a los migrantes como seres humanos, y no como delincuentes.”

Leonardo Sakamoto, juez del concurso y colaborador en la creación guía práctica para periodistas

“Hay que fomentar la disciplina en la información sobre migración. No es un tema pasajero, y seguirá formando parte de la comunidad económica mundial.”

Ana Santos, ganadora del concurso en 2019 y colaboradora en la creación de la guía práctica para periodistas

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Pilar 2: Mejorar las leyes, las políticas y eI control de la aplicación para promover la contratación equitativa

Orientaciones de alcance mundial sobre contratación equitativa, comisiones de contratación y gastos conexos

El documento Principios generales y directrices para la contratación equitativa es una referencia reconocida a nivel internacional; esta guía fue ideada para mejorar la normativa y las estrategias, a fin de fomentar la contratación ética y el trabajo decente.

Los Principios Generales proporcionan información a organizaciones internacionales, legislaturas nacionales e interlocutores sociales sobre la forma de lograr la contratación ética. Abordan la contratación dentro de los países y entre países: Los Principios generales ofrecen orientaciones sobre todos los ámbitos, y las Directrices abordan las responsabilidades de actores específicos en el proceso de contratación.

Una definición clara de las comisiones de contratación y los gastos conexos

Después de una investigación a fondo de alcance mundial y de intercambios y negociaciones entre expertos en una reunión tripartita, la OIT adoptó una definición exhaustiva que abarca la contratación nacional e internacional. La misma permite que los gobiernos y el sector privado formulen o mejoren sus propias políticas y marcos.

La definición reconoce el principio de que no se cobrará a los trabajadores, directa o indirectamente, total o parcialmente, ninguna comisión ni gasto conexo relacionado con su contratación.

El estudio examinó 99 políticas, y concluyó que:

  • la mayoría prohíbe cobrar comisiones a los trabajadores (63 políticas); abarcan la contratación nacional y transnacional (44 políticas);
  • 36 políticas regulan el cobro de las comisiones y los gastos conexos;
  • 27 países cuentan con una definición total o parcial de las comisiones de contratación y los gastos conexos, y
  • 66 países tienen disposiciones legales para sancionar las violaciones de las políticas en materia de comisiones y gastos conexos.

Aplicación de normas universales con miras a una contratación ética

Las normas internacionales del trabajo, los Principios generales de la OIT y su definición de las comisiones de contratación y los gastos conexos se han aplicado en diversas situaciones a fin de mejorar la normativa en materia de contratación.

Viet Nam

La revisión de 2020 de la Ley relativa a los trabajadores vietnamitas por contrato en el extranjero mejoró las protecciones legislativas de los trabajadores migrantes. Entre las disposiciones cabe mencionar:

  • el avance hacia un modelo de contratación “sin comisión alguna”, gracias a, entre otras cosas, medidas para la eliminación de las comisiones de intermediación a los trabajadores migrantes que las agencias de colocación imponen;
  • un límite máximo a otras comisiones de contratación y gastos conexos (a definirse en normas secundarias en 2021);
  • la prohibición de publicidad engañosa promoviendo la emigración ilegal de Viet Nam, la trata de seres humanos, la explotación, el trabajo forzoso u otros actos ilícitos;
  • la habilitación de los trabajadores migrantes para que puedan liquidar unilateralmente su contrato en caso de amenazas, acoso sexual, maltrato o trabajo forzoso;
  • el avance hacia el principio (consignado en el Convenio núm. 88 de la OIT) del mantenimiento de un servicio público y gratuito del empleo, y
  • las definiciones de discriminación y de trabajo forzoso.

Nepal

A partir de la experiencia de la negociación de un convenio con Jordania, Nepal hoy se asegura de que sus acuerdos bilaterales (por ejemplo, con Malasia, Mauricio y los Emiratos Árabes Unidos) se basen en una estrategia basada en los derechos. Entre las disposiciones relativas a los trabajadores, cabe citar: 

  • libertad para desplazarse (sin la retirada del pasaporte) y para cambiar de empleador (condicional);
  • los gastos relacionados con la contratación de un trabajador corren por cuenta del empleador;
  • los trabajadores están protegidos contra las prácticas injustas, el acoso, el abuso, el trabajo forzoso y la explotación; 
  • disponibilidad de un mecanismo de resolución de conflictos, prestaciones de atención de salud, y de alimentos y alojamiento adecuados; 
  • contratos de empleo uniformes a fin de promover la transparencia, e 
  • la igualdad de trato.

Tailandia

La revisión de 2018 de la Ordenanza Real relativa a la gestión del empleo de los trabajadores migrantes prevé varias disposiciones consonantes con las normas internacionales del trabajo y las prácticas de contratación equitativa:

  • la prohibición de todo cobro de comisiones de contratación a los trabajadores migrantes (basándose en el Convenio sobre las agencias de empleo privadas, (núm. 181). Sin embargo, la definición de “comisiones de contratación” sigue pendiente de definir en una normativa secundaria;
  • la imposibilidad de imponer penas de prisión a los trabajadores migrantes en situación irregular; 
  • la obligación de suministrar un contrato de trabajo redactado en el idioma de la persona en cuestión; 
  • la mayor flexibilización para que los trabajadores puedan cambiar de empleador;
  • la prohibición de confiscar el documento de identidad a los migrantes; 
  • la eliminación de las zonas de alojamiento que restringen la libertad de movimiento de los migrantes,
  • la designación de una comisión tripartita que supervise la política de migración. 
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Pilar 3: Promover prácticas equitativas en las empresas

La OIT está trabajando con gobiernos, organizaciones y empresas locales en la promoción de la equidad y la seguridad de la práctica de contratación por parte del sector privado.

México

Para abordar estas cuestiones en México, la OIT se ha asociado con AHIFORES (Alianza Hortofrutícola Internacional para el Fomento de la Responsabilidad Social) a fin de elaborar herramientas y normas que ayuden a los miembros a adoptar prácticas de contratación equitativa.

Con la colaboración de la OIT y Verité, AHIFORES ha preparado la Caja de herramientas para implementar la contratación equitativa en el sector agrícola en México, a fin de ayudar a los miembros a obtener la certificación de AHIFORES de sus prácticas de contratación equitativa. AHIFORES vela por la preservación de las prácticas de contratación ética en el sector durante la pandemia de COVID-19.

La OIT trabaja también con la agencia CIERTO (dedicada a la contratación equitativa de los trabajadores agrícolas) en la elaboración de una guía para la contratación de trabajadores agrícolas esenciales durante la crisis de la COVID-19.

Qatar

En Qatar, la hostelería es un sector importante. La OIT, el Ministerio de Desarrollo Administrativo, Trabajo y Asuntos Sociales de Qatar, y el Instituto de Derechos Humanos y Comercio han elaborado una herramienta complementaria de las iniciativas de los hoteles del país, que promueve los derechos laborales y la contratación ética en sus prácticas comerciales. Entre otras cosas, prevé:

  • la debida diligencia de los proveedores de servicios y las agencias de colocación;
  • la debida diligencia de las prácticas de contratación, y
  • la mejora de la relación en el lugar de trabajo entre los trabajadores migrantes y las empresas.

Pilar 4: Empoderar y proteger a los trabajadores

La OIT ha trabajado a escala mundial ayudando a elaborar recursos nuevos y a aumentar la capacidad de los socios, potenciando sus posibilidades de empoderar a los trabajadores y de proteger sus derechos. Los siguientes son ejemplos de la forma en que la Iniciativa sobre la contratación equitativa está ejecutándose en el plano local.

La contratación equitativa es posible

La labor de la OIT ha demostrado que la contratación ética es posible si los actores se congregan y desempeñan el papel que les corresponde.

Ahora bien, el trabajo continúa. Los objetivos para la siguiente fase de la Iniciativa sobre la contratación equitativa (Fase II, 2021–2025) son: lograr el anclaje de las prácticas de contratación nacionales y transfronterizas en las normas del trabajo, que dichas prácticas sean fruto del diálogo social, y que haya igualdad de género. Al mismo tiempo, hay otros objetivos continuos, a saber, que las prácticas de contratación:

  • sean transparentes y estén efectivamente reglamentadas, controladas y sometidas al control del cumplimiento,
  • protejan todos los derechos laborales, con inclusión de los principios y derechos fundamentales en el trabajo, y prevengan la trata de seres humanos y el trabajo forzoso, y
  • sirvan de referencia a las políticas de empleo y atiendan a las necesidades del mercado de trabajo.

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