Pautas para los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto que realizan inspecciones en virtud del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm.188)

Con frecuencia, aquéllos que trabajan a bordo de buques pesqueros enfrentan a peligros extraordinarios e imprevisibles, y trabajan a menudo durante horarios prolongados y en condiciones difíciles. ...

Con frecuencia, aquéllos que trabajan a bordo de buques pesqueros se enfrentan a peligros extraordinarios e imprevisibles, y trabajan a menudo durante horarios prolongados y en condiciones difíciles. El Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188), de la OIT tiene por objeto asegurar que tengan unas condiciones de trabajo decentes en lo que respecta a los requisitos mínimos para trabajar a bordo de buques esqueros; las condiciones de servicio; el alojamiento y la alimentación; la protección de la seguridad y la salud e el trabajo, y la atención médica y la seguridad social. También prevé la inspección de las condiciones de vida y de trabajo a bordo de buques pesqueros mientras dichos buques se encuentren en puertos extranjeros.

Las “Pautas para los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto que realizan inspecciones en virtud del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188)”, contenidas en este volumen son un recurso internacional muy útil para cumplir estas responsabilidades del Estado del puerto previstas por el Convenio núm. 188. Estas pautas se han elaborado con el fin de ayudar a las administraciones del Estado del puerto a cumplir efectivamente sus responsabilidades establecidas en el Convenio núm. 188 y a armonizar las inspecciones de los buques pesqueros extranjeros que entren en sus puertos.