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LA OIT ESTUDIARA LAS DIMENSIONES SOCIALES DE LA MUNDIALIZACION; SE PREVE ADOPTAR UN NUEVO CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE EL TRABAJO INFANTIL; PLAN DE ACCION TRAS LA CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA MUJER

GINEBRA (Noticias de la OIT) - El Consejo de Administración de la OIT, reunido en Ginebra entre el 15 y el 28 de marzo, decidió que la búsqueda de soluciones a los problemas planteados en los ámbitos social y del empleo por el proceso de mundialización de la economía será uno de los temas centrales del programa de actividades de la Organización Internacional del Trabajo.

Comunicado de prensa | 29 de marzo de 1996

GINEBRA (Noticias de la OIT) - El Consejo de Administración de la OIT, reunido en Ginebra entre el 15 y el 28 de marzo, decidió que la búsqueda de soluciones a los problemas planteados en los ámbitos social y del empleo por el proceso de mundialización de la economía será uno de los temas centrales del programa de actividades de la Organización Internacional del Trabajo.

Tal decisión supone prolongar las labores del Grupo de Trabajo sobre las Dimensiones Sociales de la Liberalización del Comercio Internacional, que celebró su primera reunión en noviembre de 1995. El Consejo de Administración decidió también ampliar el campo de los debates del Grupo de Trabajo e incluir un ambicioso examen del vasto espectro de consecuencias que el libre intercambio y la mundialización tienen en las esferas social y del empleo.

El Director General de la OIT, Michel Hansenne, expresó su gran satisfacción por esta orientación: "Ni la insistencia obstinada en la aplicación de sanciones comerciales, ni la oposición inflexible al establecimiento de toda forma de vinculación entre el comercio internacional y las normas de trabajo son alternativas viables para alcanzar un acuerdo", dijo. "El proceso que hemos iniciado en la OIT constituye la esperanza más concreta para comprender mejor la forma de orientar el libre comercio y sus beneficios, y establecer reglas que permitan que todos los interlocutores sociales aprovechen las ventajas de la economía mundial."

A juicio del señor Hansenne, los Estados Miembros de la OIT y de la OMC tienen que comprometerse a impulsar simultáneamente la liberalización del comercio y el progreso social, a fin de cumplir los compromisos que han adquirido en ambas Organizaciones.

El acuerdo consensual en el sentido de ampliar el ámbito de actividades del Grupo de Trabajo traduce la opinión del Consejo de Administración según la cual la OIT, en razón de su mandato, su carácter universal y su composición tripartita, tiene el deber de desempeñar un papel conductor en el debate internacional sobre el comercio y las normas del trabajo, y de esforzarse al máximo por ejercer su influencia en este campo.

De las reflexiones del Grupo de Trabajo se desprenden dos conclusiones. La primera es que existe la necesidad de elaborar una estrategia a largo plazo encaminada a enriquecer los conocimientos sobre estas materias, optimizando así las competencias de la OIT y reforzando sus medios de acción al servicio de los Estados Miembros. Ello podría lograrse practicando una cooperación técnica más eficaz y desarrollando actividades centradas en la promoción de los convenios sobre derechos humanos fundamentales, y muy particularmente de aquéllos que tratan del trabajo infantil, el trabajo forzoso, la discriminación y el derecho de sindicación y de negociación colectiva.

La segunda conclusión se refiere a la formulación de un programa de acción, de aplicación inmediata, que comprende: el envío a los Estados Miembros de un cuestionario en el que se solicitan datos sobre las repercusiones económicas y sociales de la liberalización del comercio tras la conclusión de la Ronda Uruguay; la realización de estudios por país; y el examen de las actividades emprendidas en esta esfera por otras organizaciones internacionales, como la OCDE.

El Grupo de Trabajo coordinará y apoyará las iniciativas encaminadas a eliminar el trabajo infantil y a obtener la ratificación de los convenios sobre derechos humanos fundamentales.

La próxima reunión de este Grupo de Trabajo se celebrará en noviembre de 1996, inmediatamente antes de la reunión de nivel ministerial de la OMC, que tendrá lugar en Singapur.

Convenio sobre el trabajo infantil

Asimismo, el Consejo de Administración decidió incluir en el orden del día de la 86.a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (Ginebra, junio de 1998) un punto relativo a la cuestión del trabajo infantil, con miras a la elaboración de un nuevo instrumento internacional al respecto. Conforme con el método de elaboración de normas vigente en la OIT, tras la Conferencia se iniciará un procedimiento de doble discusión, habiéndose previsto que el instrumento propuesto se someta al trámite de adopción en 1999.

El nuevo instrumento sobre el trabajo infantil tendrá por objetivo primordial erradicar sus formas más inhumanas y peligrosas, tales como el trabajo en régimen de servidumbre, el trabajo forzoso, la esclavitud sexual y la explotación de los niños en prácticas como la pornografía. Determinados aspectos del trabajo infantil son objeto actualmente de algunos convenios de la OIT, en particular, el Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 ( núm. 29) y el Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138). El Consejo de Administración decidió seguir esforzándose por adoptar un nuevo instrumento, en razón de la proliferación de diversas formas de explotación de los niños que trabajan. Tal instrumento potenciará la capacidad de la OIT en su lucha general por la erradicación del trabajo infantil, al tiempo que le permitirá centrar sus esfuerzos contra las formas de abuso más graves.

Actividades de seguimiento de la conferencia de Pekin sobre la mujer

Por otra parte, el Consejo de Administración aprobó las propuestas encaminadas a dar efectos a la Declaración y la Plataforma de Acción adoptadas por la cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Pekín, septiembre de 1995). En la Plataforma se definieron doce esferas de especial preocupación, siete de las cuales están estrechamente relacionadas con las áreas de competencia y el mandato de la OIT: la pobreza de las mujeres; las desigualdades en el campo de la educación y la capacitación; la participación de las mujeres en la economía; el ejercicio compartido del poder y la adopción de decisiones; los mecanismos nacionales e internacionales; la promoción de los derechos de la mujer; y la promoción de los derechos de la niña.

El Consejo de Administración adoptó un plan de acción cuyos programas se centran en torno a tres orientaciones estratégicas: el empleo productivo y la erradicación de la pobreza; la protección social y las condiciones de trabajo; y la acción normativa en relación con la mujer trabajadora.

El Consejo de Administración, órgano compuesto por 28 miembros gubernamentales, 14 miembros empleadores y 14 miembros trabajadores, actúa como consejo ejecutivo de la OIT. En tal calidad, se reúne tres veces al año para tomar decisiones que definen la orientación de las políticas de la OIT. Diez de los puestos gubernamentales tienen carácter permanente y son ocupados por los Estados de mayor importancia industrial. Los demás puestos se distribuyen según un sistema de rotación, que toma en cuenta la distribución geográfica de los Estados Miembros, con mandatos de tres años de duración. Los empleadores y los trabajadores eligen a sus propios representantes en el Consejo.