Decisión sobre el decimonoveno punto del orden del día: Informes de la Mesa del Consejo de Administración

Primer informe: Reclamación en la que se alega el incumplimiento por parte del Perú del Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos, 1928 (núm. 26), del Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100), del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), y del Convenio sobre las relaciones de trabajo en la administración pública, 1978 (núm. 151), presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por el Sindicato Centro Unión de Trabajadores del Seguro Social de Salud (CUT-EsSalud)

Repertorio de decisiones | 10 de noviembre de 2017

Decisión sobre el decimonoveno punto del orden del día: Informes de la Mesa del Consejo de Administración

Primer informe: Reclamación en la que se alega el incumplimiento por parte del Perú del Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos, 1928 (núm. 26), del Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100), del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), y del Convenio sobre las relaciones de trabajo en la administración pública, 1978 (núm. 151), presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por el Sindicato Centro Unión de Trabajadores del Seguro Social de Salud (CUT-EsSalud)

Habida cuenta de la información presentada en el informe contenido en el documento GB.331/INS/19/1, y teniendo en cuenta la recomendación de su Mesa, el Consejo de Administración decidió que la reclamación no era admisible.

(Documento GB.331/INS/19/1, párrafo 5.)