Decisión sobre el séptimo punto del orden del día: Queja relativa al incumplimiento por Fiji del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), presentada por varios delegados a la 102.ª reunión (2013) de la Conferencia Internacional del Trabajo en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT

Repertorio de decisiones | 25 de marzo de 2016

Decisión sobre el séptimo punto del orden del día: Queja relativa al incumplimiento por Fiji del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), presentada por varios delegados a la 102.ª reunión (2013) de la Conferencia Internacional del Trabajo en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT

El Consejo de Administración, por recomendación de su Mesa, decidió:

a) que la queja presentada inicialmente en 2013 no se remitiría a una comisión de encuesta, y

b) que, como consecuencia de la presente decisión, se daría por terminado el procedimiento iniciado en junio de 2013, en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT.

(Documento GB.326/INS/7 (Rev.), párrafo 5.)