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Decreto núm. 125/996 de fecha 1 de abril de 1996, por el cual se aplica el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional y ahorro individual obligatorio establecido por la ley núm. 16713.

Main Region

First Region

Uruguay
Old-age, invalidity and survivors benefit
1996-04-01
National
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

El Título I regula el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional el cual comprende a todas las actividades amparadas por el Banco de Previsión Social, bajo el régimen de afiliación múltiple vigente a la fecha de promulgación de la ley que se reglamente. Se dispone sobre las asignaciones computables en caso de múltiple empleo, la afiliación múltiple, la jubilación por incapacidad total y el subsidio transitorio por incapacidad parcial, la determinación del monto y demás condiciones de las prestaciones, el cómputo de periodos, el régimen aplicable a los afiliados por causal jubilatoria al 31 de diciembre de 1996. El Título II, del régimen de jubilación por ahorro individual obligatorio, regula el financiamiento de las prestaciones del régimen de ahorro individual, el cálculo del monto y prestaciones, pago de las mismas y cálculo de las rentabilidades nominal y real. El Título III regula el procedimiento y órganos competentes para el reconocimiento de la incapacidad para todo trabajo o para el empleo o profesión habitual.

Serial region

    Serial title
    Diario Oficial
    Date
    1996-04-25
    Number
    núm. 24523
    Page range
    111-A-120-A