Skip to Main Content
 
 

Title_of_text

Medida provisoria núm. 190, de 31 de mayo de 1990, por la que se suspende la ejecución de sentencias en caso de despidos colectivos, y se dictan otras disposiciones.

Main Region

First Region

Brazil
Employment security, termination of employment
1990-05-31
Miscellaneous (circular, directive, legal notice, instruction, etc.)

Second Region

"Para evitar una grave lesión al órden o a la economía" se autoriza al Presidente del Tribunal Superior del Trabajo a suspender - por un período de 180 días a partir del 31 de mayo de 1990, fecha de publicación de la medida provisoria - la ejecución de las decisiones judiciales que autoricen despidos colectivos de naturaleza económica o jurídica. Se agrega una frase al apartado a) del artículo 513 de la Codificación de las Leyes del Trabajo (SL 1985-Bra. 1), quedando redactado de la siguiente manera: son prerrogativas de los sindicatos representar ante las autoridades administrativas y judiciales, los intereses generales de la respectiva categoría o profesión liberal, o los intereses individuales de los asociados en relación con la actividad o profesión ejercida "y comparecer en los procesos en tanto que subrogantes de los integrantes de la categoría".

Serial region

    Serial title
    Diário Oficial
    Date
    1990-06-01
    Number
    núm. 105
    Page range
    pág. 10471