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Title_of_text

Ley núm. 19003 de prestaciones de seguridad social.

Main Region

First Region

Uruguay
Old-age, invalidity and survivors benefit
2012-11-06
National
Law, Act

Second Region

Establece que los montos mínimos y máximos de las prestaciones de seguridad social, así como los ingresos máximos para acceder a las mismas, independientemente del organismo que las sirva, se ajustarán a partir del 1º de enero de 2012, por la variación de la unidad reajustable (artículo 39 de la Ley núm. 13728, de 17 de diciembre de 1968), experimentada en el año civil inmediato anterior.
Dispone que a dichos efectos, se convertirán a unidades reajustables los topes vigentes al 31 de diciembre de 2011, considerando el valor de dicha unidad a enero de 2011 y el resultado se multiplicará por el valor de la misma a enero de 2012, sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley núm. 18725, de 31 de diciembre de 2010.
Los montos fijados de este modo en lo sucesivo se reajustarán en base al criterio establecido por esta ley.

Electronic region

Serial region

    Serial title
    Diario Oficial (Separata)
    Date
    2012-11-23
    Number
    núm. 28602
    Page range
    2 págs.