| Name: | Decreto núm. 7401, mediante el cual se establece un programa excepcional y temporal, para garantizar el disfrute de las pensiones de vejez otorgadas a través del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales a los asegurados, a partir de sesenta años de edad, y a las aseguradas, a partir de los cincuenta y cinco años de edad, que se encuentren dentro de los supuestos de hecho previstos en el presente decreto. |
| Country: | Venezuela (Bolivarian Republic of) |
| Subject(s): | Old-age, invalidity and survivors benefit |
| Type of legislation: | Regulation, Decree, Ordinance |
| Adopted on: | 2010-04-30 |
| Entry into force: | |
| Published on: | Gaceta Oficial (Separata), 2010-04-30, núm. 39414, págs. 376147-376148 |
| ISN: | VEN-2010-R-84005 |
| Link: | https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=84005&p_lang=en |
| Bibliography: | Gaceta Oficial (Separata), 2010-04-30, núm. 39414, págs. 376147-376148 Microjuris Noticias Jurídicas de Venezuela |
| Abstract/Citation: | Dispone que serán beneficiarios de la pensión de vejez, en los términos previstos en este Decreto, los asegurados y aseguradas que para el primero de mayo del 2010, tengan cumplidos los requisitos de edad establecidos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Seguro Social; hayan solicitado el otorgamiento de la pensión de vejez y aleguen ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, tener acreditadas el mínimo legal de setecientas cincuenta cotizaciones. |
| Basic text(s): |