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Title_of_text

Ley núm. 18250 de Migración.

Main Region

First Region

Uruguay
Migrant workers
2008-01-06
National
Law, Act

Second Region

Establece que el Estado uruguayo reconoce como derecho inalienable de las personas migrantes y sus familiares sin perjuicio de su situación migratoria, el derecho a la migraci'on, el derecho a la reunificación familiar, al debido proceso y acceso a la justicia, así como a la igualdad de derechos con los nacionales, sin distinción alguna por motivos de sexo, raza, color, idioma, religión o convicción, opinión política o de otra índole, origen nacional, étnico o social, nacionalidad, edad, situación económica, patrimonio, estado civil, nacimiento o cualquier otra condición.
En particular, el Capítulo IV (artículos 16 a 23) regula el trabajo de las personas extranjeras. El artículo 16 dispone que las personas migrantes tendrán igualdad de trato que las personas nacionales con respecto al ejercicio de una actividad laboral.

Electronic region

Serial region

    Serial title
    Diario Oficial (Separata)
    Date
    2008-01-17
    Number
    núm. 27407
    Page range
    11 págs.