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Real Decreto núm. 1647/1997, de 31 de octubre, por el que se desarrolan determinados aspectos de la Ley 24/1997, de 15 de julio, de consolidación y racionalización del sistema de la seguridad social.

Main Region

First Region

Spain
Old-age, invalidity and survivors benefit
1997-10-31
National
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

Se aplica a todos los regímenes del sistema de la seguridad social, sin más particularidades que las que expresamente se indican. El capítulo II, de la Pensión de Jubilación, trata del período mínimo de cotización (15 años), de los requisitos para causar pensión sin alta, de la determinación de la base reguladora de la pensión y de la cuantía de la pensión. El capítulo III, de las prestaciones de incapacidad permanente, determina, entre otros, que no se reconocerá el derecho a las prestaciones de incapacidad permanente cuando el beneficiario tenga 65 años y haya cumplido los requisitos para acceder a la pensión de jubilación. El último capítulo -de las prestaciones de muerte y supervivencia- trata de las cuantías mínimas de las pensiones de viudedad y de la pensión de orfandad.

Serial region

    Serial title
    Boletín Oficial
    Date
    1997-11-13
    Number
    núm. 272
    Page range
    págs. 33156-33160