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Title_of_text

Decreto núm. 659 por el cual se aprueba la tabla de evaluación de incapacidades laborales.

Main Region

First Region

Argentina
Employment accident and occupational disease benefit; Old-age, invalidity and survivors benefit
1996-06-24
National
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

Se adjunta a la lista el instructivo para la aplicación de los factores de ponderación, que son: la edad, el tipo de actividad y las posibilidades de reubicación laboral. En las conclusiones se establece que la evaluación exige la concurrencia de: a) la enfermedad profesional o el accidente de trabajo sean reconocidos conforme a las normas vigentes; b) la presencia de una disminución anatómica o funcional definitiva, irreversible y medible que debe ser la consucuencia del siniestro laboral; c) el daño debe ser medido de acuerdo a lo establecido en las tablas de incapacidades laborales y de los factores de ponderación y d) los criterios de ponderación deben especificarse para que su uso sea uniforme por parte de todas las comisiones médicas evaluadoras. El art. 2 establece como fecha de entrada en vigencia de la ley sobre riesgos del trabajo, el 1 de julio de 1996.

Basic Text region

Monograph region

    Monograph title
    Derecho del Trabajo
    Place of publication
    Buenos Aires
    Date
    1996-07
    Page range
    págs. 1658-1709