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Title_of_text

Ley núm. 1544, de capitalización.

Main Region

First Region

Bolivia (Plurinational State of)
Old-age, invalidity and survivors benefit
1994-03-21
National
Law, Act

Second Region

Se autoriza al Poder Ejecutivo a aportar los activos y/o derechos de las empresas públicas, para la integración del capital pagado en la constitución de nuevas sociedades de economía mixta. A los trabajadores bolivianos de cada una de estas empresas públicas, se les propondrá suscribir acciones para la constitución de la respectiva sociedad de economía mixta, hasta el monto de sus beneficios sociales. El Poder Ejecutivo dispondrá mediante decreto supremo, mecanismos apropiados para que los ciudadanos bolivianos a los que se transfieran acciones a título gratuito de acuerdo a lo establecido en esta ley, se beneficien con la transferencia de dichas acciones a fondos de pensiones de capitalización individual. El Poder Ejecutivo podrá disponer que dichas acciones sean constituídas en fideicomiso hasta que las sociedades encargadas de la administración de fondos de pensiones de capitalización individual inicien su funcionamiento. Las empresas que inicialmente administren estos fondos serán seleccionadas mediante licitación pública internacional.

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    Fotocopia
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    3 págs.