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Ley núm. 13556 de 26 de octubre de 1966, por la que se establece quiénes pueden ser los sujetos de los convenios colectivos.

Main Region

First Region

Uruguay
Freedom of association, collective bargaining and industrial relations
1966-10-26
National
Law, Act

Second Region

Podrán ser sujetos de un convenio colectivo (a los efectos de la aplicación de las leyes núms. 12590 y 9675), un empleador o un grupo de empleadores o una o varias organizaciones representativas de éstos, por una parte y, por la otra, una o varias organizaciones representativas de los trabajadores involucrados. No existiendo organización gremial de los trabajadores, éstos serán representados por delegados elegidos de acuerdo con los incisos 4 y 5 del artículo 6 y los artículos 7 y 12 de la ley núm. 10449.

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    Serial title
    Fotocopia, fichero CADE
    Date
    1985-03
    Page range
    1 pág.