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Decreto núm. 233-91 que dispone la repatriación de todos los trabajadores extranjeros menores de (16) años y mayores de (60) que trabajan como braceros en la siembra, corte y cultivo de la caña de azúcar, en el país.

Main Region

First Region

Dominican Republic
Migrant workers
1991-06-13
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

El art. 1 dispone la repatriación de todos los menores que no hayan alcanzado 16 años de edad, de nacionalidad extranjera, que venían trabajando como braceros en la siembra, corte y acarreo de la caña. El art. 2 establece que "la repatriación se realizará a expensas del Estado, dispensándose a los repatriados las mayores consideraciones". El art. 3 dispone "la repatriación de los trabajadores extranjeros, mayores de 60 años de edad, de los bateyes, tanto los pertenecientes al Estado como los que son propiedad de empresas privadas. A estos trabajadores se les entregarán todas las prestaciones laborales que correspondan de conformidad con la legislación dominicana; prestaciones que estarán a cargo de las respectivas empresas privadas o del Estado en las que laboren dichos trabajadores". El art. 4 dispone que "la Secretaría de Estado de Trabajo queda encargada de velar por el estricto cumplimiento del presente decreto, para lo cual recibirá el más amplio concurso de las Secretarias de Estado de las Fuerzas Armadas y de Relaciones Exteriores, de la Jefatura de la Policía Nacional y de la Dirección General de Migraciones".

Serial region

    Serial title
    Gaceta Oficial
    Date
    1991-06-20
    Number
    núm. 9810
    Page range
    págs. 3-4