| Name: | Decreto núm. 438/2021, de 6 de julio, que modifica el Decreto núm. 504, de 12 de mayo de 1998, sobre Obras Sociales |
| Country: | Argentina |
| Subject(s): | Social security (general standards) |
| Type of legislation: | Regulation, Decree, Ordinance |
| Adopted on: | 2021-07-06 |
| Entry into force: | |
| Published on: | Boletín Oficial, 2021-07-07, núm. 34696, págs. 6-8 |
| ISN: | ARG-2021-R-112373 |
| Link: | https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=112373&p_lang=en |
| Bibliography: | Boletín Oficial, 2021-07-07, núm. 34696, págs. 6-8 Boletín Oficial |
| Abstract/Citation: | El decreto en cuestión modifica el Decreto núm. 504 de 1988, que reglamenta el ejercicio del derecho a la libre elección de su obra social por parte de los beneficiarios o las beneficiarias del Sistema Nacional del Seguro de Salud. En tal sentido, dispone que la opción de cambio pueda ejercerse solo una vez al año durante todo el año calendario y se haga efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud. Por otra parte, establece que el derecho de opción de cambio de obra social deberá ejercerse de manera individual y personal por el beneficiario o la beneficiaria, garantizando los principios de transparencia, integridad, celeridad e informalidad a favor de los beneficiarios y las beneficiarias. Impone a las Obras Sociales el deber de garantizar el acceso a la información detallada, completa y adecuada respecto de la cobertura prestacional brindada. Dispone que los trabajadores y las trabajadoras que inicien una relación laboral deban permanecer un año en la Obra Social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio. |
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