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Decreto núm. 126/019, de 6 de mayo, que deja sin efecto el inc. 2º del art. 16 del Decreto núm. 127/014, de 13 de mayo, y dispone la obligatoriedad de la implementación de Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo en las empresas e instituciones, según el número de trabajadores que posea

Main Region

First Region

Uruguay
Occupational safety and health
2019-05-06
National
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

El decreto citado deja sin efecto el inc. 2 del art. 16 del Decreto núm. 127/014, de 13 de mayo, y establece que las empresas con más 300 (trescientos) trabajadores, cualquiera sea la rama de actividad o naturaleza comercial, industrial, rural o de servicio y tenga o no finalidad de lucro, tanto en el ámbito público como privado, cuenten obligatoriamente con un Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo integrado a su gestión. Asimismo, establece la forma en que estará integrado dicho servicio. Dispone que las empresas que tengan entre 50 (cincuenta) y 300 (trescientos) trabajadores sean progresivamente incorporadas según el mecanismo previsto en el artículo 16 de Ley núm. 18566, de 11 de setiembre de 2009. Finalmente, dispone que en un plazo máximo de 18 (dieciocho) meses a partir de su entrada en vigencia, todas las empresas e instituciones con más de 5 (cinco) trabajadores, cualquiera sea la naturaleza de su actividad, deban contar con Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo.
C161 - Occupational Health Services Convention, 1985

Entry dates region

    Date of entry into force
    2019-05-13
    --

Electronic region

Serial region

    Serial title
    Diario Oficial
    Date
    2019-05-13
    Number
    núm. 30186
    Page range
    págs. 35-36