ID (ISN) del documento | 103214 |
Número CIS |
04-20 |
ISSN - Título de la serie |
Boletín Oficial de la República Argentina |
Año |
2001 |
Número de serie |
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Título |
Resolución 823/2001 - Prohíbese la producción, importación, comercialización y uso de fibras de Asbesto variedad Crisotilo y productos que las contengan, a partir del 1° de enero de 2003 [Argentina] |
Información bibliográfica |
31 July 2001, No.29700, p.10. |
Acceso Internet |
http://infoleg.mecon.gov.ar/txtnorma/68112.htm [en español]
http://www.msal.gov.ar/htm/site/prog_DPPS4.asp [en español]
http://www.puntofocal.gov.ar/doc/arg2001/arg24.pdf [en español]
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Resumen |
Esta resolución ministerial prohibe, a partir del 1 de enero del 2003, el empleo de amianto crisotilo en Argentina. Ciertos productos que contienen crisotilo (tejidos, papel, cartón, plásticos, filtros, juntas, pastas, pinturas y aislantes) quedan absolutamente prohibidos una vez transcurridos 60 días a partir de la publicación de esta resolución. No obstante, los materiales que contengan crisotilo pueden ser autorizados durante un período de 1 año desde la adopción de esta prohibición, existiendo la posibilidad de ampliación cuando su sustitución no sea posible por no existir en el comercio ningún material sustitutivo. |
Descriptores (primarios) |
Argentina; prohibición de uso; crisotila; amianto |
Descriptores (secundarios) |
ley |
Tipo de documento |
A - Leyes, reglamentos, directivas |
País / Estado o Provincia | Argentina |
Tema(s) |
Normas y directivas con fuerza de ley
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Broad subject area(s) |
Riesgos químicos
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Navegación por categoria(s) |
Asbestos Safety supervision
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