Violencia y acoso en el mundo del trabajo

Documentación del proyecto | 25 de abril de 2020

La violencia y el acoso en el mundo del trabajo privan a las personas de su dignidad, son incompatibles con el trabajo decente y ponen en peligro los derechos a la igualdad de oportunidades y a un entorno laboral sano y productivo.

En 2019, la 108.a Conferencia Internacional del Trabajo –que coincidía con la celebración del centenario de la OIT– adoptó el Convenio núm. 190 sobre la violencia y el acoso y su Recomendación núm. 206. Participaron en la CIT alrededor de 6.300 delegados, en representación de gobiernos, trabajadores y empleadores de 178 de los Estados Miembros de la OIT, así como de ONG observadoras nacionales e internacionales. Fue muy nutrida la representación de América Latina y el Caribe.


La nueva norma pretende proteger en igual medida a trabajadores y empleados, con total independencia de su situación contractual. Dentro del ámbito de los trabajadores se incluyen:

  • Actividades de capacitación, pasantías y formación profesional.
  • Trabajadores con contrato rescindido.
  • Personas realizando labores de voluntariado o en búsqueda de trabajo.
  • Solicitantes de empleo.
  • Individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador.

El convenio abarca la violencia y el acoso producidos en el ámbito laboral: en los lugares en que se remunere a un trabajador, realice recesos para descansar o comer, o use instalaciones sanitarias, de lavado o de cambio de indumentaria; en los viajes, desplazamientos, programas de formación y eventos o las actividades sociales de índole profesional; en las comunicaciones mediante TIC relacionadas con el trabajo y en los lugares de alojamiento que proporcione el empleador; y en los desplazamientos desde y hasta el lugar de trabajo.

 

Urge que los países de América Latina y el Caribe ratifiquen el Convenio núm. 190 y armonicen su legislación nacional. Por el momento, en la región, Perú avanza en el proceso de ratificación, y Argentina y Uruguay se han comprometido formalmente a adoptarlo.

Adoptar el convenio y su recomendación es sinónimo de reconocer el derecho de todos a un mundo del trabajo sin violencia ni acoso, incluidas la violencia y el acoso por razones de género.

Normas de la OIT

  1. Sobre violencia y acoso

    Convenio 190
    Recomendación 206
    Ratificaciones