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"Por 'salario mínimo' puede entenderse
la suma mínima que deberá pagarse al trabajador por el trabajo o servicos prestados,
dentro de un lapso determinado, bajo cualquier forma que sea calculado,
por hora o por rendimiento, que no puede ser disminuida, ni por acuerdo individual
ni colectivo, que está garantizada por la ley y puede fijarse para cubrir las
necesidades mínimas del trabajador y de su familia, teniendo en consideración
las condiciones económicas y sociales de los países."
Salarios minimos : mecanismos de fijación, aplicación y control, Informe III (Parte 4 B), Conferencia Internacional del Trabajo, 79.ª reunión, Ginebra, 1992 (pdf 4.8 MB)
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