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Conferencia Internacional del Trabajo |
86.a reunión |
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Informe de la Comisión de Resoluciones |
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1. La Comisión de Resoluciones, constituida por la Conferencia en su primera sesión, el 2 de junio de 1998, estuvo inicialmente integrada por 109 miembros con derecho a voto (58 miembros gubernamentales, 22 miembros empleadores y 29 miembros trabajadores). Para asegurar la igualdad numérica en las votaciones se aplicó un sistema de ponderación.
2. La primera tarea de la Comisión consistió en elegir su Mesa. A propuesta del Sr. Guillén-Beker (miembro gubernamental del Perú), que fue apoyada por el Sr. Varga (miembro gubernamental de Hungría) en nombre de los gobiernos de Europa central y oriental, resultó elegido Presidente el Sr. Carlos Castillo Cardona (miembro gubernamental de Colombia). De conformidad con la práctica habitual de la Comisión, el Presidente fue asimismo nombrado Ponente. La Comisión eligió como Vicepresidentes al Sr. Steve Marshall (miembro empleador de Nueva Zelandia) y a la Sra. Patricia O'Donovan (miembro trabajador de Irlanda).
3. La Comisión tuvo ante sí ocho resoluciones, presentadas de conformidad con el artículo 17 del Reglamento de la Conferencia. Con arreglo al mismo artículo, sus autores las presentaron en el orden siguiente: a) resolución sobre el empleo juvenil; b) resolución sobre las normas internacionales del trabajo; c) resolución sobre el 50.º aniversario del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87); d) resolución sobre los tribunales de trabajo o mecanismos similares; e) resolución sobre la protección de los trabajadores en caso de reestructuraciones empresariales; f) resolución sobre el 50.º aniversario del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) de la OIT; g) resolución sobre el desempleo y la exclusión social en el mercado laboral mundial; h) resolución sobre los trabajadores y los empleadores en el siglo XXI: la construcción de una nueva asociación en pro del crecimiento, el empleo y la equidad social.
4. Al término de la presentación de las resoluciones y antes de la votación celebrada conforme al procedimiento previsto en el artículo 17, párrafo 5, a) del Reglamento, las dos resoluciones relativas al 50.º aniversario del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), fueron refundidas por sus autores. La primera de estas resoluciones había sido presentada por los miembros trabajadores siguientes: Sr. Peirens (Bélgica) y Sra. Stolwijk (Países Bajos), y la segunda por los miembros trabajadores siguientes: Sr. Agyei (Ghana), Sr. Ahmed (Pakistán), Sr. Basnet (Nepal), Sr. Blondel (Francia), Sr. Brett (Reino Unido), Sra. Buverud-Pedersen (Noruega), Sr. Douglas (Nueva Zelandia), Sra. Engelen-Kefer (Alemania), Sr. Ito (Japón), Sra. O'Donovan (Irlanda), Sr. Parrot (Canadá), Sr. Rampak (Malasia), Sr. Sahbani (Túnez), Sr. Sánchez Madariaga (México), Sr. Sibanda (Zimbabwe), Sr. Sutton (Australia), Sr. Trotman (Barbados), Sra. Valkonen (Finlandia), Sr. Verzetnitsch (Austria) y Sr. Zellhoefer (Estados Unidos).
5. De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 17, párrafo 5, a) del Reglamento de la Conferencia y el sistema tradicional de votación, la Comisión se reunió en su tercera sesión para determinar las cinco resoluciones que serían examinadas en primer lugar entre las siete resoluciones que quedaron, así como su orden de prioridad.
6. Al haberse alterado la composición de la Comisión, hubo en el momento de la votación 107 miembros con derecho a voto (72 miembros gubernamentales con 143 votos cada uno; 13 miembros empleadores con 792 votos cada uno, y 22 miembros trabajadores con 468 votos cada uno)(1) .
7. Las cinco primeras resoluciones, con el número de votos que obtuvieron, fueron las siguientes:
1. Resolución sobre el empleo juvenil (80.561 votos ponderados);
2. Resolución sobre las normas internacionales del trabajo (76.947 votos ponderados);
3. Resolución sobre el 50.º aniversario del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) (70.277 votos ponderados);
4. Resolución sobre los tribunales de trabajo o mecanismos similares (65.832 votos ponderados);
5. Resolución sobre el desempleo y la exclusión social en el mercado laboral mundial (62.840 votos ponderados).
8. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 17, párrafo 5, b) del Reglamento, la Comisión estableció en su cuarta sesión un Grupo de Trabajo encargado de formular recomendaciones en cuanto al orden en que deberían examinarse las restantes resoluciones que la Comisión tenía ante sí.
9. El Grupo de Trabajo quedó compuesto de la siguiente manera:
Miembros gubernamentales:
Sr. Melas (Austria)
Sra. Tehmina-Janjua (Pakistán)
Sr. Abdelmoneim (Egipto)
Miembros empleadores:
Sr. Durling (Panamá)
Sr. Allen (Reino Unido)
Sr. Huttunen (Finlandia)
Miembros trabajadores:
Sr. Liato (Zambia)
Sr. Thakkar (India)
Sra. Hemmer (Finlandia)
10. En la sexta sesión de la Comisión, el Presidente anunció que el Grupo de Trabajo se había reunido y proponía el siguiente orden de prioridad:
6) Resolución sobre la protección de los trabajadores en caso de reestructuraciones empresariales.
7) Resolución sobre los trabajadores y los empleadores en el siglo XXI: la construcción de una nueva asociación en pro del crecimiento, el empleo y la equidad social.
11. La Comisión tomó nota de las informaciones comunicadas.
Resolución sobre el empleo juvenil
Discusión general
12. La Vicepresidenta trabajadora quiso dejar constancia de que su Grupo lamentaba que no se hubiera conseguido una mayoría para dar prioridad a la resolución sobre el 50.º aniversario del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87). La Organización Internacional del Trabajo vivía momentos críticos para afirmar su identidad única y asumir el papel que le correspondía en la esfera de los derechos humanos fundamentales del trabajador. La decisión que se había tomado presentaba malas perspectivas para el logro del consenso tripartito que constituía la piedra angular de la Organización. La cuestión del empleo juvenil planteaba muchas cuestiones fundamentales de carácter económico y social. No podía considerarse aisladamente del marco macroeconómico que determinaba las perspectivas de empleo para todos. El desempleo juvenil sólo era una dimensión del problema del desempleo mundial. El desempleo juvenil requería una estrategia macroeconómica -- a nivel nacional e internacional -- para estimular el crecimiento, el empleo y la equidad social. Desgraciadamente, el texto de la resolución no lo reconocía de manera positiva. En el proyecto de texto se proponía que el desempleo juvenil se atendiera principalmente con medidas de formación y de lucha contra el desempleo centradas en los jóvenes. Sin embargo, la adopción de medidas de esta naturaleza en una sociedad que no ofrecía perspectivas reales de empleo de calidad sólo enfocaba parcialmente la cuestión y podría suscitar mucha desilusión y resentimiento por parte de los jóvenes de que se trataba. Esta había sido la experiencia desengañadora de la mayor parte de los países que habían adoptado este enfoque. A pesar de llevar a cabo programas de formación y empleo más numerosos y diversos, muchos jóvenes todavía se veían confinados ya sea en una situación de desempleo o en los niveles más bajos del mercado de trabajo, en empleos mal pagados, improductivos y sin seguridad. La oradora se refirió al informe de la OIT titulado: El desafío de la desocupación de los jóvenes (Ginebra, 1997) en el que se pone de relieve que la causa fundamental del desempleo de los jóvenes no se debe a una deficiencia intrínseca de los trabajadores jóvenes que podría remediarse con orientaciones nuevas y actividades de reeducación o reconversión, sino más bien a una demanda global insuficiente. Se indica en el informe que «el problema del desempleo de los jóvenes no puede abordarse aislándolo de las otras grandes preocupaciones a que debe hacer frente la economía. La implantación en gran escala de programas de formación para los jóvenes no logrará mucho más que un alivio temporal del problema en ese grupo, a menos que se tomen medidas para que una vez concluida su formación sean contratados por los empresarios». Al hacer especialmente hincapié en las medidas que correspondían a la oferta el proyecto de resolución caía en esta trampa. El Grupo de los Trabajadores reconocía que políticas activas de mercado de trabajo y medidas a favor de los jóvenes desfavorecidos habían de desempeñar un papel importante, como las que se adoptaban a favor de los que no terminaban su escolaridad, los jóvenes discapacitados o con dificultades de aprendizaje, las mujeres jóvenes y los jóvenes pertenecientes a minorías étnicas. Cuando habían sido adecuadamente financiados y evaluados, los programas de formación y empleo para estos grupos conseguían buenos resultados. Tratar de proponer una solución única para el desempleo juvenil, como lo hacía el proyecto de resolución, resultaría inoperante. Se precisaba un enfoque diferenciado en el que se reconocieran las diversas necesidades de los jóvenes. Era esencial que la resolución resultante de las discusiones de la Comisión ofreciera un valor añadido real para lo que ya se había hecho en esta esfera. La Organización Internacional del Trabajo tenía la obligación con los jóvenes de que se trataba de no limitarse solamente a repetir fórmulas vacías de contenido o defender estrategias fracasadas. Tampoco debería utilizarse la resolución como vehículo para reducir la protección básica que se había conseguido para tener en cuenta la vulnerabilidad de los jóvenes que ingresaban en el mercado de trabajo. Si ello ocurriera sería particularmente irónico habida cuenta de las discusiones importantes que venían celebrándose en torno a la erradicación del trabajo infantil en la presente reunión de la Conferencia. De hecho, muchos argumentos hablaban a favor de que se aumentara y fortaleciera la protección de los jóvenes que ingresaban en el mercado de trabajo. El informe de la OIT antes mencionado señalaba que una de las razones principales de la tasa elevada de desempleo juvenil era el bajo costo de sustitución del despido de jóvenes. Muchos jóvenes perdían su empleo y permanecían desempleados porque la experiencia inicial que habían adquirido en materia de empleo había sido desalentadora. La mayor parte de los empleos que se ofrecían a los jóvenes eran empleos temporales, por contrata o a tiempo parcial. Esta categoría de empleo se remuneraba habitualmente mal y a veces incitaba al trabajador a no atreverse o resistirse a ejercer su derecho fundamental de sindicación. El Grupo de los Trabajadores analizaría detenidamente las partes del proyecto de resolución que abogaban por una desregulación de la formación de los trabajadores jóvenes y velaría por que se tuviera debidamente en cuenta la cuestión de su explotación. En relación con puntos específicos del texto propuesto, la oradora declaró que, a nivel de la empresa, era importante crear oportunidades de perfeccionamiento y promoción para los trabajadores y que la formación debería orientarse hacia el logro de este objetivo. Muchas empresas no estaban dispuestas a invertir en la formación y aprovechaban la formación financiada por el Estado o contrataban a trabajadores capacitados por otras empresas. Los gobiernos habían de participar en la formación de los jóvenes y todas las empresas deberían tener la obligación de contribuir a los gastos de formación, ya sea por medio de programas propios o mediante el pago de una contribución por este concepto. El Grupo de los Trabajadores reconocía que las empresas medianas y pequeñas constituían una fuente importante de empleo para los jóvenes pero no eran de ninguna manera una panacea. Las empresas no creaban empleo; los empleos se creaban en relación con la demanda de bienes y servicios. Las empresas eran el cauce por el cual la demanda de bienes y servicios se convertía en oferta de empleo. Sin demanda no existirían empresas ni empleos. Las empresas medianas y pequeñas ofrecían a menudo empleos inferiores a las normas en vigor que a menudo no presentaban condiciones adecuadas de seguridad. La crisis financiera en Asia ponía de relieve estos peligros. El Grupo de los Trabajadores acogía con satisfacción la oportunidad de considerar el tema importante del desempleo juvenil y estaba dispuesto a obrar constructivamente por la adopción de una resolución que: reconociera la naturaleza y las causas del desempleo juvenil; determinara los factores esenciales de una política y una estrategia eficaces para resolverlo; se basara en las actividades ya desempeñadas en la OIT para presentar propuestas innovadoras y creativas en materia de oportunidades de formación y de empleo para los jóvenes; propusiera un marco que garantizara una protección mínima de las condiciones de remuneración de los jóvenes que recibían una formación u ocupaban un empleo, y reconociera la importancia de la dimensión tripartita del desarrollo y de la ejecución de una política del empleo a favor de los jóvenes.
13. El Vicepresidente empleador puso de relieve los graves efectos, en particular a plazo medio y largo, de las tasas elevadas de desempleo juvenil. Se precisaba un marco coherente para una política macroeconómica que permitiera mitigar el desempleo de los jóvenes y promover su empleo. Un crecimiento económico sostenible y un sector privado próspero eran condiciones importantes para ofrecer oportunidades sostenibles de empleo a los jóvenes. Sin embargo, se precisaba una flexibilidad suficiente para tener en cuenta cuestiones y circunstancias especiales, incluso respecto de los mismos interesados. La sociedad reconocía cada vez más que la responsabilidad en materia de empleo juvenil ya no podía recaer solamente en el gobierno; la realidad requería que ésta se compartiera. No es que los gobiernos no tuvieran que intervenir. Habían de reconocer que sin una estructura y un marco políticos bien definidos los objetivos señalados no podrían alcanzarse. El Grupo de los Empleadores reconocía que el sector privado había de desempeñar un papel en esta esfera y existían muchos ejemplos para demostrar que aceptaba estas nuevas obligaciones. Era importante que los amplios recursos y competencias de la OIT se utilizaran para acopiar datos sobre las mejores prácticas en la materia y comunicarlos a los mandantes de manera que pudieran informarse rápidamente de los éxitos y fracasos de las medidas adoptadas respecto del empleo juvenil. Para el Grupo de los Empleadores, la educación era fundamental. El empleo juvenil y la creación de empleos no podían considerarse independientemente del sistema general de educación y de su relación con el mundo del trabajo y la empresa. Los sistemas de educación habían de reconocer y tener en cuenta los cambios ocurridos en el mundo del trabajo y elaborar programas de estudio y relaciones que ofrecieran a los jóvenes los medios necesarios para una transición armoniosa entre educación y empleo. Existía todavía cierta desconfianza entre el sector de la educación y la comunidad empresarial, y esta desconfianza había de desaparecer al mismo tiempo que se establecieran vínculos entre las dos partes. De la misma manera que era importante modernizar el entorno empresarial, también lo era modificar el sistema de educación para hacer frente a esta modernización. Los empleadores podían desempeñar un papel importante en la materia por medio de su participación en la elaboración de programas de estudio, en la formación de personal docente -- en especial en relación con el mundo del trabajo -- y en otras áreas prácticas de cooperación entre la educación y la empresa. El orador señaló algunos ejemplos de iniciativas prácticas y de bajo costo adoptadas a nivel comunitario que habían resultado provechosas para los jóvenes que se habían beneficiado de ellas.
14. Aunque lamentara con el Grupo de los Trabajadores que no se hubiera dado prioridad a la resolución relativa al 50.º aniversario del Convenio núm. 87, el miembro gubernamental de Francia estimó que la cuestión del empleo juvenil revestía una importancia esencial. De hecho, su Gobierno había adoptado importantes medidas para mitigar el desempleo juvenil y ofrecer perspectivas de empleo a los jóvenes. Pese a ello, señaló que el texto no incluía una definición de los jóvenes y estimó que sería oportuno ponerse de acuerdo sobre la edad en que una persona podía considerarse como joven (por ejemplo, al término de la enseñanza obligatoria) para evitar conflictos con el Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138). También consideró que el texto subestimaba el papel que los gobiernos desempeñaban en la creación de empleo. Deberían existir posibilidades de acción de los gobiernos dentro de un marco de responsabilidad compartida. El período en el que los jóvenes abandonaban la escuela para ingresar en el mercado de trabajo o recibir una formación era un período crítico. Deberían evitarse fórmulas que condujeran a pensar que los jóvenes que habían recibido una formación inicial cumplían plenamente los requisitos de ingreso en el empleo. Los establecimientos de enseñanza no ofrecían una educación que permitiera una transición inmediata entre educación y empleo.
15. La miembro trabajador de Estados Unidos señaló que los niños que habían participado en la Marcha Mundial se sumarían pronto a los jóvenes que eran objeto de la presente resolución. Si bien era importante que los jóvenes participaran activamente en la economía mundial, también tenían derecho a niveles de vida decorosos y a una vida activa de buena calidad. Recordó que la causa fundamental del desempleo juvenil, como se indicaba en el informe de la OIT, no eran los salarios elevados ni el número de jóvenes sino la demanda global. Este hecho no debería perderse de vista en la resolución. Si bien no existía ninguna relación estricta entre las tasas de desempleo de los jóvenes del sexo femenino o masculino, era frecuente que las mujeres se vieran más afectadas. Estadísticas recientes indicaban que los jóvenes de 16 a 24 años representaban el 37 por ciento de las personas desempleadas en los Estados Unidos y sumaban casi 22 millones, con exclusión de los trabajadores que habían renunciado a buscar empleo. Como había señalado el Vicepresidente empleador, si los problemas relativos al desempleo juvenil no se atendían, se tendría que hacer frente a graves consecuencias sociales. El descontento se manifestaba de diversas maneras en los diversos países a medida que jóvenes sin rumbo en sus vidas se convertían a menudo en delincuentes y planteaban los problemas económicos y sociales propios de esta situación. Era menester ofrecer perspectivas esperanzadoras a los jóvenes con oportunidades de enseñanza y de formación apropiadas. Los seres humanos habían de valorarse más que la tecnología. Si no fuera así, se incurriría de nuevo en los errores del pasado. No deberían omitirse las oportunidades estratégicas de restablecer el papel que correspondía a los gobiernos. El orador terminó su intervención parafraseando a Horace Mann y declarando que le avergonzaría abandonar este lugar sin que se adoptara una modesta resolución a favor de los jóvenes y de la humanidad.
16. El miembro empleador del Reino Unido señaló que incluso en una economía en expansión podía darse el caso de que la demanda de mano de obra no pudiera satisfacerse en razón de la escasez de mano de obra calificada. Los jóvenes habían de recibir la formación necesaria para ingresar en el mercado del empleo. No podía imaginarse peor situación que la de jóvenes que no consiguieran satisfacer sus anhelos y ambiciones y la mejor manera de prevenirla era el funcionamiento de una economía de mercado eficaz. No deberían pasarse por alto las empresas medianas y pequeñas; la demanda de bienes y servicios se creaba a menudo gracias a sus actividades. Existían muchos cauces para que los candidatos al trabajo pudieran adquirir las calificaciones deseadas, incluidos los programas de formación del sector público y privado. Las personas que abandonaban la escuela precisaban a menudo asesoramiento y orientación y el orador mencionó programas en la materia que en el Reino Unido habían demostrado ser valiosos para fortalecer la confianza de los jóvenes en vísperas de su ingreso en el mercado del empleo. Reiteró la necesidad de que la OIT acopiara y divulgara información sobre los programas de formación para los jóvenes que habían resultado eficaces.
17. El miembro trabajador del Reino Unido, reiteró que era necesario aclarar el significado del término «juvenil» y observó que en su país existían tres categorías de jóvenes entre las edades de menos de 18; entre 18 y 21 y entre 21 a 25 años. Era sensible al peligro de que se propagara el prejuicio contra las personas de edad avanzada. El proyecto de resolución proponía la supresión de ciertas legislaciones tutelares como la relativa a la protección de la seguridad e higiene ocupacionales y de algunos reglamentos destinados a evitar que los jóvenes sean ocupados en empleos que puedan resultar nocivos para su salud, como la venta de alcohol y de tabaco y de algunas restricciones en el sector de la salud. Debería alentarse a los jóvenes para que adquieran la educación y la capacitación profesional adecuadas a las necesidades del mercado de trabajo. En tanto no estén capacitados, no debería emplearse a jóvenes en detrimento de las personas de mayor edad. El proyecto de resolución omitía contemplar los derechos referentes al trabajo de los jóvenes. La resolución debería enfocarse de la misma manera en que un padre desea que se trate a sus hijos.
18. El miembro empleador de Argentina declaró que le había llamado la atención la expresión «educación no explotación» y recordó algunos esfuerzos tripartitos recientes llevados a cabo al respecto en América Latina. La región se encontraba consolidando un proceso de democratización y de mejoras de las economías de mercado establecidas. Lo anterior debía ir acompañado de desarrollo social y en particular de educación y capacitación, de las cuales depende la empleabilidad de la gente. La educación tradicional no era siempre adecuada para colmar la brecha entre la escuela y el mundo del trabajo. Puso de relieve también la importancia de la orientación profesional. Indicó que los altos niveles de desempleo eran reflejo de las carencias educativas, dado que las personas mejor educadas eran menos susceptibles de encontrarse en situación de desempleo o de realizar trabajos a tiempo parcial. Los empleadores deseaban en todo caso contar con trabajadores calificados. En Argentina se introdujo una cierta flexibilidad en el mercado de trabajo a fin de reducir los altos niveles de desempleo. El desempleo juvenil, a menudo representaba más del doble que el desempleo general lo cual creaba un grave problema. A la luz de la globalización, la integración regional y el cambio tecnológico, la educación y la capacitación se revelaban aún más importantes. Sugirió que la experiencia latinoamericana podía resultar de utilidad y solicitó que la OIT creara una base de datos sobre prácticas exitosas.
19. El miembro trabajador de Noruega enfatizó el hecho de que el desempleo juvenil era con frecuencia muy superior al desempleo general y que ello tenía consecuencias graves a largo plazo. Puso de relieve que los gobiernos eran responsables de la adopción de normas y del apoyo a los grupos desfavorecidos, incluídos los jóvenes. Mencionó que incluso los jóvenes con mejores niveles educativos podrían tener problemas para encontrar empleo. Subrayó la importancia de que se adopten políticas activas sobre el mercado de trabajo y de que se lleven a cabo prácticas tripartitas al momento de desarrollar y de aplicar dichas políticas.
20. El miembro empleador de Francia indicó que si bien el desempleo juvenil era parte de un problema más amplio, su impacto era mucho mayor y representaba un obstáculo para construir el futuro. Una de las razones consistía en que la juventud no estaba generalmente adaptada al mercado de trabajo y con frecuencia no tenía una idea clara de la vida laboral. Hizo alusión a una experiencia que tuvo al introducir la edad de 14-16 años para ingresar al mundo del trabajo y recalcó la importancia de que se lleven a cabo asociaciones entre escuelas y empresas.
21. El miembro trabajador de Jordania puso de relieve la complejidad del tema y expresó su preocupación de que una serie de medidas destinadas a promover el empleo juvenil pudiese tener una incidencia negativa sobre aquellas personas que cuentan con un empleo. Los mercados de trabajo recibían presiones importantes en particular en países que experimentaban recesión o estancamiento y los trabajadores debían aceptar bajos salarios y escasas prestaciones. Las cosas empeorarían si los jóvenes hubieran de reemplazar a los trabajadores de mayor edad Manifestó su preferencia por la capacitación y el reciclaje, pero algunas estadísticas del PNUD demostraban que los jóvenes estaban desempleados aún cuando habían recibido capacitación. En conclusión indicó que la legislación vigente habría de ser observada si se deseaba proteger a los trabajadores ocupados actualmente.
22. El miembro trabajador de Francia indicó que a pesar de su gravedad, el desempleo juvenil no debería conducir a ignorar otros problemas. En su país el desempleo juvenil había disminuido, aun cuando de manera insatisfactoria, pero el desempleo de larga duración, igualmente grave, iba en aumento. El Gobierno tenía que jugar un papel importante para diseñar un marco dirigido a la creación de empleos para jóvenes y para proporcionar ejemplos. La educación debe adaptarse, por ejemplo a la posibilidad de que los trabajadores puedan cambiar de empleo en diversas ocasiones en su vida profesional activa, pero no sería razonable que a los jóvenes les sean requeridas mejores calificaciones y que luego les sean ofrecidas condiciones de trabajo más precarias. Así como las pequeñas y medianas empresas deben jugar un papel importante para la creación de empleos, las empresas más grandes deberían contratar jóvenes y formular políticas de empleo. Evocó una experiencia importante en su país, la cual consistió en ofrecer posibilidades de retiro anticipado con el fin de contratar jóvenes en empleos estables.
23. El miembro gubernamental de los Países Bajos indicó que provenía de un país en el que los actores sociales estaban colaborando efectivamente en la lucha de complicados problemas sociales. Manifestó la esperanza de que la Comisión pudiera adoptar las tres primeras resoluciones que figuran en la lista con un amplio apoyo y esperaba que se desarrollara un debate constructivo.
24. El miembro trabajador de Túnez indicó que el desempleo juvenil era importante pero que éste no debía tratarse de manera aislada. El desempleo, problema de dimensiones mundiales, era resultado de la globalización, de las privatizaciones y del ajuste estructural; la dimensión humana era a menudo soslayada en el marco de las políticas que rigen esos procesos. Era necesario ocuparse del desempleo juvenil, pero no a costa de que se flexibilicen los mercados de trabajo. Una resolución sobre el tema no debería distraer la atención respecto de otras consideraciones sociales más amplias y ésta debería tomar en cuenta las normas internacionales del trabajo.
25. El miembro gubernamental de Egipto consideró que el proyecto de resolución representaba una base sólida para la discusión venidera. Al final del día, se podría, en su opinión, lograr un consenso entre los gobiernos, los empleadores y los trabajadores. Indicó que además de las responsabilidades propias de los gobiernos y de los empleadores, los jóvenes tenían también obligaciones que, en su opinión, no se encontraban reflejadas en la resolución. Estimaba que la problemática de las mujeres y de los hombres jóvenes en los países en desarrollo debía abordarse de manera más explícita y que, al hacerlo, debían tomarse en cuenta no sólo la falta de conocimientos y de habilidades entre el norte y el sur, sino también las diversas capacidades de los gobiernos y empleadores para responder adecuadamente a la resolución. Destacó también que convenía considerar el importante papel que jugaban las empresas multinacionales, al igual que la situación de los jóvenes provenientes de familias migrantes.
26. El miembro gubernamental de Marruecos acogió con beneplácito la selección del tema ya que éste ofrecía perspectivas de desarrollo que en ocasiones se perdían de vista. El futuro depende de los jóvenes, al igual que los sistemas de pensiones y de bienestar social. El desempleo juvenil debía abordarse a la par del desempleo general. El desempleo juvenil tenía su origen en diversos factores, incluidas las políticas de ajuste estructural que han conducido a una reducción de empleos en el sector público, a una demanda insuficiente y a un lento crecimiento económico. Era importante reconocer que los jóvenes, aún capacitados, carecen usualmente de experiencia adecuada para ocupar un empleo, y que los programas de capacitación no se adecuan siempre a los requerimientos del empleo. Los sistemas de capacitación evolucionaban lentamente mientras que la economía lo hacía a un ritmo más rápido. Objetó que la problemática del empleo formara parte del desarrollo en general y que las medidas que no tomaran esto en cuenta fueran, en el mejor de los casos, medidas de emergencia. Indicó que la resolución debería ser más explícita acerca del papel de las pequeñas y medianas empresas así como de la capacitación y el aprendizaje en tales empresas. Recordó que había apoyado activamente la creación de micro empresas poniendo a disposición capacitación y crédito a través de las ONG. Sugirió que en el Preámbulo de la resolución se hiciera mención a los jóvenes que ya han recibido capacitación, al igual que a las mujeres jóvenes y a los grupos de jóvenes desfavorecidos.
27. El miembro gubernamental de Sudán observó que el tema del desempleo juvenil era importante pero que éste no podía desvincularse de problemas más amplios. Los países en desarrollo carecían de recursos financieros para crear empleos y se encontraban agobiados por la deuda y por el impacto del ajuste estructural. No era posible, por tanto, fortalecer de manera importante los sistemas de educación y de capacitación. Concordaba con el Vicepresidente empleador en que era una buena idea buscar asociarse en este campo. En su país se habían logrado resultados positivos en un régimen de inversión para la agricultura a través de asociaciones de jóvenes. Era necesario también, como lo había hecho su gobierno, que se promoviera el sector informal dado que éste era capaz de absorber a un gran número de jóvenes, incluidas las mujeres jóvenes. Se requería la solidaridad internacional y la cooperación con las instituciones de Bretton Woods para resolver importantes problemas de desarrollo como la pobreza y la exclusión social. Propuso que se destinasen recursos para promover el empleo juvenil en el presupuesto de la OIT para 2000-2001.
28. El miembro empleador de Kuwait indicó que la opinión expresada por algunos delegados, según la cual el proyecto de resolución podría contribuir a empeorar la situación del desempleo era un error y que ello conducía a interpretar de manera incorrecta las intenciones originales de los empleadores que habían propuesto este texto. Un examen más detenido del proyecto de resolución demostraba que ésta tenía por objeto poner fin al sufrimiento de los jóvenes y que no era un pretexto para despedir a trabajadores de mayor edad. Había sido informado de iniciativas conjuntas tomadas por gobiernos y cámaras de comercio de algunos países árabes, dirigidas a proporcionar a los jóvenes las calificaciones necesarias. Era el tipo de cosas que la resolución perseguía promover.
29. La Vicepresidenta trabajadora puso de relieve lo fructífero de la discusión y la importancia de los puntos planteados, en particular desde la perspectiva de los países en desarrollo y propuso que la Oficina compartiera con la Comisión las experiencias alcanzadas en este campo, al igual que los principales logros del reciente Programa de Acción sobre el Desempleo de los Jóvenes, y sus planes acerca de las actividades de seguimiento.
30. El Vicepresidente empleador indicó que la discusión había sido útil pero que era necesario aclarar que una resolución era un instrumento de orientación, en particular para la OIT, y que la Comisión no debería embarcarse en una discusión equivalente a la de la adopción de un convenio. El proyecto de resolución reconoce la necesidad de un sistema equilibrado de educación y de capacitación para incrementar el conjunto de las capacidades de las economías nacionales. Indudablemente no perseguía reducir ninguna norma o reemplazar a las personas empleadas actualmente.
31. La Vicepresidenta trabajadora resumió entonces las cuestiones principales que se habían planteado en la discusión general. Como el empleo juvenil era importante para su Grupo, declaró que los trabajadores deseaban estar seguros de que la resolución reflejaría un cambio real y ofrecería una oportunidad para mejorar la situación de los jóvenes desempleados. Quería que la resolución mencionara la naturaleza y las causas del desempleo juvenil y reconociera que éste era parte de un problema más amplio que no podía resolverse con medidas que sólo afectaran a la vertiente oferta. Era necesario estimular la demanda, el crecimiento económico y las oportunidades de empleo. Los gobiernos con la colaboración, según proceda, de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, deberían adoptar medidas encaminadas a elevar el nivel cualitativo y cuantitativo de la educación y de la formación que se ofrecían a los jóvenes. Estimó que la resolución también debería ir más allá de lo que la Oficina había hecho ya e incluir, por ejemplo, la experiencia adquirida por los Estados Miembros con la aplicación de medidas que habían resultado eficaces. Había de reconocerse en la resolución que los jóvenes eran vulnerables, que no tenían ninguna experiencia del mundo del trabajo y que tampoco conocían sus derechos; también se daban casos en que temían ejercer estos derechos, como el de sindicación. Recordando las declaraciones de representantes gubernamentales de países en desarrollo, consideró que el ajuste estructural y la deuda podían impedir que los países en desarrollo destinaran recursos a la educación y la formación. Sería conveniente reconocer sus dificultades en la resolución e invitar al FMI y al Banco Mundial a tenerlas en cuenta en la consignación de sus créditos.
32. El Vicepresidente empleador estimó que la discusión general había sido valiosa como lo mostraba el hecho de que, como resultado de ella, los empleadores hubieran presentado varias enmiendas a su propio proyecto para tener en cuenta algunas de las preocupaciones que se habían expresado. Deseaba reiterar, sin embargo, que una resolución era un documento práctico que tenía por objeto orientar a los mandantes y que no se trataba de un convenio detallado de la OIT. Tampoco la resolución debería proponerse integrar el texto refundido de las siete resoluciones que se habían sometido al examen de la Comisión. Declaró que esperaba que los trabajos progresarían a un ritmo que permitiera conseguir un consenso sobre las tres primeras resoluciones.
33. A petición de la Comisión, el Sr. W. Sengenberger, Director del Departamento de Empleo y Formación (EMPFORM), informó a la Comisión de las actividades recientes, presentes y futuras de la Oficina relativas al empleo y el desempleo de los jóvenes.
34. Declaró que las actividades más importantes en la materia eran las del Programa de acción sobre el desempleo de los jóvenes que el Departamento de Empleo y Formación llevaba a cabo con la colaboración de otros departamentos técnicos y los equipos multidisciplinarios de la OIT (ETM), dentro del marco del bienio 1996-1997, y, en el presente bienio, las de su seguimiento por medio de un Programa de acción sobre estrategias para combatir la marginación y el desempleo de los jóvenes bajo los auspicios del Departamento de Políticas de Desarrollo. El Programa de Acción sobre el Desempleo de los Jóvenes se había señalado los objetivos principales siguientes: fortalecer la concienciación de los mandantes respecto de los problemas relativos al ingreso de los jóvenes en el mercado de trabajo; mejorar la comprensión de las ventajas e inconvenientes de las principales opciones de política; y afianzar la capacidad de los Estados Miembros para elaborar y ejecutar políticas y programas encaminados a promover el empleo juvenil. Como parte de las actividades desempeñadas para alcanzar estos objetivos, se habían realizado estudios de casos por países -- en parte con asistencia de los ETM competentes -- en Alemania, Canadá, Chile, Hungría, India, Indonesia, Italia, Líbano, Polonia, República Unida de Tanzanía, Viet Nam y Zimbabwe, con el fin de: definir los factores y problemas más importantes que determinan el nivel de desempleo juvenil; reexaminar las políticas y programas principales para promover el empleo juvenil; evaluar la eficacia de estas políticas y programas y determinar los factores subyacentes que influyen en su éxito o fracaso; formular recomendaciones sobre opciones alternativas y viables de política y de programa; y evaluar el papel desempeñado por los gobiernos y los interlocutores sociales en la mitigación del desempleo juvenil. Por otra parte, se habían realizado estudios sobre las siguientes cuestiones específicas de política: empleo de jóvenes discapacitados; formación para jóvenes desfavorecidos (difícilmente empleables); función de las empresas en la creación de empleo para los jóvenes; efecto de los salarios mínimos en el desempleo juvenil; y función de los servicios públicos del empleo en la ejecución y evaluación de programas de empleo para los jóvenes.
35. Declaró que el resultado principal del Programa de Acción sería la elaboración de un informe comparado muy completo sobre políticas y experiencias nacionales que se publicaría ulteriormente en este año. El personal de su Departamento había participado en varias reuniones nacionales e internacionales sobre el empleo juvenil y presentado contribuciones sobre el particular, incluidas reuniones auspiciadas por el Consejo de Europa, la Asociación Europea de Instituciones de Formación Profesional y otras reuniones auspiciadas por los ETM en diversos países en desarrollo.
36. Miembros del personal de su Departamento también habían copresidido el Grupo de Trabajo sobre la Juventud y el Empleo en el Foro Mundial de la Juventud del Sistema de las Naciones Unidas, celebrado en Viena en noviembre de 1996, y harían lo mismo en el próximo Foro de esta naturaleza organizado en Braga, Portugal, en agosto de 1998. Tanto en esta reunión como en la Reunión Ministerial sobre la Juventud organizada en Lisboa, Portugal, en agosto de 1998, la OIT presentaría documentos de trabajo. Otras actividades pertinentes de la OIT comprendían un análisis de los problemas del empleo juvenil en los estudios por países sobre la política del empleo realizados en la OIT por su Departamento y los ETM, así como la preparación de documentos para el tema relativo al empleo juvenil inscrito en el orden del día de dos conferencias internacionales previstas por la OIT como seguimiento de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social. Declaró que el empleo juvenil se tenía en cuenta en varias actividades de formación de la OIT, incluidas las del Centro de Turín, así como en los proyectos de cooperación técnica sobre espíritu empresarial y desarrollo gerencial. La OIT trataba de colaborar con las organizaciones de trabajadores y de empleadores en el campo del empleo juvenil, en especial dentro del marco del Programa de Acción de la Organización Internacional de Empleadores (OIE) (junio de 1998) y el Plan de Acción sobre el Empleo de los Jóvenes de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) adoptado en su XVI Congreso Mundial. Terminó su reseña de las actividades realizadas prometiendo a la Comisión que la Oficina continuaría su acción relativa a los jóvenes como componente específico de su programa sobre políticas de mercado de trabajo. El Programa y Presupuesto para 2000-2001 de la OIT contenía propuestas relativas a la cuestión de la transición entre la escuela y el trabajo, y un programa de acción para el seguimiento de la Cumbre Social.
37. A petición del Presidente, el Sr. Sengenberger resumió entonces algunos de los resultados principales de los estudios recientes de la OIT sobre el empleo juvenil. Indicó que los jóvenes (a saber, los que pertenecen al grupo de edades de 15 a 24 años) tropezaban a menudo con dificultades para ingresar en el empleo productivo. El desempleo juvenil era crónico en muchos Estados Miembros de la OIT. Salvo contadas excepciones, las tasas de desempleo juvenil en todo el mundo rebasaban con creces las correspondientes a los trabajadores adultos. En los países de la OCDE, la tasa de desempleo de los jóvenes ascendía aproximadamente al doble de la que correspondía a los adultos. En muchos países en desarrollo esta disparidad era incluso mayor. Sin embargo, la falta de información adecuada dificultaba a menudo una estimación exacta de la amplitud del desempleo y del subempleo de los jóvenes. Las mujeres jóvenes y los trabajadores jóvenes discapacitados se veían especialmente afectados por el desempleo. La causa más importante del desempleo juvenil era, en primer lugar, la demanda global insuficiente de mano de obra y luego factores demográficos como el rápido crecimiento del número de jóvenes en la fuerza de trabajo. El efecto de los niveles de remuneración en el desempleo juvenil eran menos evidentes y parecían ser menores en comparación con los otros dos factores mencionados. El desempleo juvenil era un problema complejo y por ello requería una solución política diferenciada. Exigía un conjunto detallado de decisiones políticas, incluidas las relativas al entorno macroeconómico para promover el crecimiento económico; políticas activas de mercado de trabajo; buenos programas de formación; servicios eficaces de empleo (información, asesoramiento, colocación, etc.); y un diálogo social, en especial en lo que se refiere a la participación de las organizaciones de trabajadores y de empleadores (se habían logrado experiencias positivas con la participación de los interlocutores sociales en la formación). En toda estrategia para combatir el desempleo juvenil era menester tener en cuenta la situación económica del país considerado. La eficacia de otros componentes importantes de política, por ejemplo los subsidios para el empleo y los programas de formación, dependían del crecimiento económico y de la oferta de empleos suficientes. Así se desprendía claramente del examen de los programas de formación. Era indudablemente verdad que en países dotados de sistemas muy desarrollados de formación profesional inicial básica, por ejemplo sistemas de aprendizaje, como en Alemania, Austria, Dinamarca y Suiza, las tasas de desempleo juvenil eran bajas en comparación con el nivel de desempleo de los adultos; sin embargo, podía observarse, como en el caso de Alemania, que cuando el empleo global era insuficiente el desempleo juvenil aumentaba. Se habían conseguido buenos resultados en países como Irlanda y Portugal, que habían conseguido adoptar un enfoque integrado para luchar contra el desempleo, es decir, combinando la educación y la formación, la educación y la orientación profesional, la prestación de apoyo en el período de transición y la prestación de asistencia para tener acceso a un primer empleo. En lo que se refiere a la posibilidad de mejorar la empleabilidad de los jóvenes, sería interesante considerar los resultados de las actividades emprendidas en cumplimiento de las directrices para 1998 sobre la política de empleo adoptadas por la Comisión Europea en noviembre de 1997. Con arreglo a una de estas directrices, se pide a los Estados Miembros que «velen por garantizar que se ofrezca a todos los jóvenes desempleados una nueva oportunidad antes de que hayan pasado seis meses en paro, en forma de empleo, formación, reciclaje, prácticas laborales, o cualquier otra medida que pueda favorecer su inserción profesional». Terminó su intervención declarando que en los países en desarrollo existía una urgente necesidad de disponer de información más completa y exacta sobre el mercado de trabajo para definir los objetivos de las políticas y programas adoptados (a nivel nacional y local); para que los jóvenes pudieran elegir con pleno conocimiento las oportunidades que ofrecía el mercado de trabajo; y para evitar disparidades entre la oferta y la demanda en el mercado de trabajo.
38. Los Vicepresidentes trabajador y empleador dieron las gracias al Sr. Sengenberger por sus aclaraciones que consideraron muy satisfactorias.
39. Respondiendo a una pregunta del miembro gubernamental de Francia sobre la definición del término joven, el Director del Departamento de Empleo y Formación declaró que, con arreglo a las Naciones Unidas, los jóvenes se definían como personas de 15 a 24 años cumplidos. Otras organizaciones aplicaban definiciones distintas. Indicó que tal vez fuera útil reconocer la existencia de dos subgrupos, uno para las personas de 15 a 19 años de edad y otro para las de 20 a 24 años; en la mayor parte de los países, la tasa de desempleo era superior para el primero.
40. Respondiendo a otra pregunta del Vicepresidente empleador relativa a la relación entre el aumento del desempleo juvenil y la disminución de la remuneración de los jóvenes, el Director del Departamento de Empleo y Formación declaró que el efecto de la remuneración en las tasas de desempleo era una cuestión controvertida pero que los estudios realizados sugerían que, en el mejor de los casos, tales efectos eran muy limitados. Sin embargo, también respecto de este tema problemas de metodología aumentaban la dificultad de establecer un buen diagnóstico, y otros factores distintos de la remuneración influían en las tasas de desempleo juvenil. No creía que una disminución de los salarios relativos de los jóvenes pudiera mejorar considerablemente la situación de desempleo de los mismos.
Examen de enmiendas
41. Se recibieron para examen 85 enmiendas al proyecto de texto, numeradas de D.4 a D.88.
Título
42. Se retiró la enmienda D.10 presentada por el miembro gubernamental de Francia por considerarse que el texto de la resolución incluiría la idea de que el empleo juvenil empezaba después de terminada la enseñanza obligatoria.
43. La enmienda D.45, presentada por el Grupo de los Trabajadores, tenía por objeto dar un contenido más específico al título con una referencia a la educación y la capacitación. La Vicepresidenta trabajadora indicó que se precisaba un enfoque integrado para atender los problemas del empleo juvenil y que la educación y la capacitación eran esenciales en la materia.
44. El Vicepresidente empleador declaró que si bien apreciaba la intención de la enmienda que se proponía, estimaba que era importante conservar el título en su forma actual puesto que la Comisión había celebrado una votación sobre el particular y que la resolución no se referiría a la educación y la capacitación sino al empleo juvenil. Estimó que referencias a otras cuestiones diluirían el contenido de la idea principal de la resolución.
45. Los miembros gubernamentales de los Países Bajos, Egipto, República Democrática del Congo, Alemania, Turquía e Indonesia suscribieron la opinión expresada por el Vicepresidente empleador, mientras que el miembro gubernamental de Austria apoyó la propuesta de los trabajadores. La Vicepresidenta trabajadora retiró entonces su enmienda.
Preámbulo
46. El Grupo de los Trabajadores había presentado siete enmiendas (D.46 a D.52) en las que se proponía la inserción de nuevos párrafos antes del párrafo 1 del proyecto de resolución. Al presentar la primera de estas enmiendas (D.46), la Vicepresidenta trabajadora indicó que ésta tenía por objeto situar las demás disposiciones de la resolución dentro del marco de instrumentos ya adoptados de la OIT, entre los que se mencionaban tres por considerarse que eran los más pertinentes para el empleo juvenil.
47. El Vicepresidente empleador y el miembro gubernamental del Ecuador se declararon de acuerdo con la enmienda y ésta se adoptó.
48. El miembro gubernamental de Egipto pidió que se dejara constancia de una reserva que formulaba en nombre de su Gobierno porque se mencionaban convenios que no habían sido ratificados por su país.
49. La Vicepresidenta trabajadora explicó que la enmienda D.47 tenía por objeto incluir una referencia en el Preámbulo a la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (Copenhague, 1995) en la que se reafirmaba el papel destacado de la OIT en la promoción del pleno empleo, productivo y libremente elegido.
50. El Vicepresidente empleador y los miembros gubernamentales de Ecuador, Chile, Dinamarca y Uganda apoyaron la enmienda. El miembro gubernamental de Egipto declaró que si bien apoyaba esta idea sería conveniente, puesto que la Cumbre no reafirmó solamente el papel destacado de la OIT, subenmendar el texto para incluir las palabras «entre otras cosas» antes de «el papel destacado». Los Vicepresidentes expresaron su acuerdo y la enmienda D.47 se adoptó en su forma subenmendada.
51. La enmienda D.48 presentada por el Grupo de los Trabajadores tenía por objeto añadir un nuevo párrafo al Preámbulo para que los principios básicos y los derechos fundamentales aplicables a todos los trabajadores se enumeraran en relación con los trabajadores jóvenes que eran a menudo vulnerables y se veían privados de estos derechos por temor o por falta de conocimiento. La lista de los motivos de discriminación se había recogido en el Convenio sobre las agencias de empleo privadas, 1997 (núm. 181).
52. El Vicepresidente empleador se declaró preocupado por el hecho de que se usaran convenios universales para referirse específicamente a los jóvenes y pidió que los miembros gubernamentales expresaran su opinión.
53. El miembro gubernamental de Dinamarca apoyó los motivos de la enmienda pero estimó que los criterios de discriminación deberían ser los que figuraban en el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111). Otros varios miembros gubernamentales apoyaron la propuesta (Austria, Brasil, Canadá, Chile, Cuba, Italia, Reino Unido, República Democrática del Congo, Suecia y Suiza).
54. El miembro gubernamental de Alemania, apoyado por el miembro gubernamental de los Estados Unidos, propuso una subenmienda para que el párrafo terminara después de las palabras « ... contra la discriminación» de manera que los motivos de discriminación no fueran ilimitados.
55. El miembro gubernamental de Francia indicó que la referencia a la legislación y la práctica nacionales ofrecía un margen de maniobra adecuado para los gobiernos. Se preguntó por qué se había omitido el trabajo forzoso.
56. La Vicepresidenta trabajadora convino en que el trabajo forzoso podía incluirse en el párrafo y propuso una subenmienda con ese fin. Declaró que el Convenio núm. 111 se había adoptado hacía más de 40 años y que muchos motivos nuevos de discriminación se habían definido desde entonces, como la discapacitación y la preferencia sexual. La resolución, que no admitía recurso legal, había de reflejar la realidad de la discriminación en el trabajo y la vulnerabilidad de los jóvenes.
57. El Vicepresidente empleador declaró que si la Comisión había de diferenciar los derechos universales, prefería la propuesta del miembro gubernamental de Alemania. Los miembros gubernamentales de los Países Bajos y los Estados Unidos suscribieron esta opinión.
58. La Vicepresidenta trabajadora indicó que la enmienda D.46 mencionaba convenios, mientras que la presente enmienda se centraba en cuestiones fundamentales y las reafirmaba. Propuso una subenmienda para enumerar los motivos de discriminación que figuraban en el Convenio núm. 111 porque estaba convencida de la necesidad de definir dichos motivos. El miembro gubernamental de Uganda apoyó la propuesta.
59. El Vicepresidente empleador estimó que la inclusión de una lista de motivos de discriminación había sido poco apoyada y propuso una subenmienda para modificar la segunda parte del párrafo en la forma siguiente: « ... la protección contra el trabajo forzoso y la discriminación según se definen en el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), ... o cualquier otra forma de discriminación». La propuesta recibió un apoyo general y la enmienda D.48 en su forma subenmendada se adoptó por consenso.
60. La enmienda D.49 presentada por el Grupo de los Trabajadores destinada a añadir un nuevo párrafo recordando el Programa de Acción de la OIT sobre Empleo Juvenil, fue subenmendada por el Grupo de los Empleadores a fin de que ésta reflejase el hecho de que se trataba de un programa en marcha y adoptada por unanimidad.
61. La enmienda D.50, presentada por el Grupo de los Trabajadores destinada a añadir un nuevo párrafo, pone de relieve el hecho de que el desempleo juvenil es una dimensión del problema del desempleo y del subempleo de amplio alcance. Además, en algunos países existe la tendencia, tal vez por motivos políticos, a examinar el problema del desempleo juvenil de manera aislada.
62. El miembro empleador de los Estados Unidos sugirió que se fusionara con una enmienda presentada por su Grupo relativa al párrafo 2 del Preámbulo, habida cuenta de que una se refería a la naturaleza del problema y la otra proponía una solución. Tanto el Grupo de los Trabajadores como los miembros gubernamentales, rehusaron su apoyo a esta propuesta.
63. En respuesta a una pregunta planteada por el Grupo de los Empleadores acerca de la utilidad de la enmienda D.50, la Vicepresidenta trabajadora indicó que la Resolución necesitaba reconocer que el desempleo juvenil no podía abordarse de manera aislada, en particular en los casos en que el desempleo y el subempleo son muy grandes. La oradora estaba dispuesta a subenmendar la enmienda a fin suprimir la palabra «mundial», dado que aceptaba que en algunos países existía pleno empleo. Esta propuesta fue apoyada por el miembro gubernamental de Francia, quien consideraba importante subrayar el significado del desempleo juvenil, y por los miembros gubernamentales de Indonesia y Uganda. En respuesta a una pregunta planteada por el miembro gubernamental de Egipto, quien apoyaba la enmienda y la subenmienda, indicó que el subempleo existía en aquellos lugares en que las personas estaban sobrecalificadas para el empleo que desempeñaban, o en el caso de personas ocupadas en trabajos a tiempo parcial, pero que habían buscado un empleo a tiempo completo.
64. Varios miembros gubernamentales (Chile, Ecuador, Estados Unidos, Países Bajos, Senegal, Reino Unido), indicaron que estaban de acuerdo con el Grupo de los Empleadores en que la enmienda no agregaba nada al texto, en particular dado que la resolución abordaba el tema del desempleo juvenil y no del desempleo mundial.
65. El Vicepresidente trabajador hizo referencia a las conclusiones del informe titulado «El desafío de la desocupación de los jóvenes» (Ginebra, 1997), en las cuales se pone de relieve la gran importancia que tienen las condiciones macroeconómicas para determinar el alcance del desempleo juvenil. Por ello, era apropiado incluir en el Preámbulo el nuevo párrafo propuesto.
66. A raíz de una sugerencia formulada por el miembro gubernamental de los Países Bajos, según la cual debía suspenderse el examen de la enmienda hasta que se examinara el párrafo 2 del Preámbulo, tuvo lugar un debate sobre las bondades y las implicaciones procedimentales de esta propuesta. El Grupo de los Trabajadores y varios miembros gubernamentales (Egipto, Francia, Indonesia, Uganda), se opusieron a la sugerencia, en tanto que el Grupo de los Empleadores y otros miembros gubernamentales (Alemania, Chile, Senegal, Uruguay), expresaron su apoyo.
67. A fin de avanzar en las labores de la Comisión y a pesar del apoyo considerable que la enmienda recibió, el Vicepresidente trabajador sugirió a la Comisión que aceptara postergar su examen a condición de que no se sentara un precedente cuando se examinaran otras enmiendas, y en el entendido de que se reflejara el apoyo recibido en las discusiones ulteriores en el marco del párrafo 2 del Preámbulo y de su resultado. La Comisión estuvo de acuerdo.
68. La Vicepresidenta trabajadora presentó la enmienda D.51, destinada a añadir un nuevo párrafo, según el cual se toma nota de los efectos negativos sobre muchos países en desarrollo de los programas de ajuste estructural y de la deuda. Indicó que en diversas intervenciones durante la discusión general se había puesto de relieve el impacto negativo de estos programas sobre el gasto público incluido el gasto en educación y capacitación. El miembro gubernamental de Senegal apoyó la enmienda.
69. El Vicepresidente empleador reconoció la importancia de estos temas, pero indicó que éstos no se circunscribían necesariamente a los países en desarrollo. Algunos países en transición y algunos países industrializados, tenían problemas temporales derivados del cambio estructural y de la carga de la deuda. Propuso una enmienda destinada a hacer referencia a los «posibles efectos negativos temporales» y a suprimir «en desarrollo», con el fin de hacer menos específico el párrafo.
70. El miembro gubernamental de Egipto indicó que no aceptaba la inclusión de la palabra «posibles». En los países en desarrollo, los efectos son reales. En este contexto es incorrecto comparar a los países desarrollados con los países en desarrollo.
71. El miembro gubernamental de Francia indicó que no era posible evitar el ajuste estructural. En caso de que se hiciera mención a sus efectos negativos, debía hacerse referencia también a los programas de protección social, a fin de que el ajuste estructural no fuera un pretexto para que se deterioren las condiciones sociales.
72. La Vicepresidenta trabajadora estuvo de acuerdo en que todas las economías experimentaban alguna forma de ajuste estructural, el cual era diferente en los países en desarrollo, en transición y en los industriales. Rechazaba la inclusión de «posibles», dado que los países en desarrollo conocían los efectos negativos reales.
73. El Vicepresidente empleador propuso una nueva subenmienda para suprimir «posibles», de manera que en la mitad del párrafo el texto se leyera en la forma siguiente: «...programas de ajuste, en particular en los países en desarrollo, y de la deuda internacional...».
74. El miembro gubernamental de la Federación de Rusia indicó que no podía hablar en nombre de otros países de la CEI, pero no era correcto que en este contexto, se hiciera mención a su país. Deseaba que la referencia a los efectos «temporales» fuera suprimida.
75. El Vicepresidente empleador tenía muy presentes los posibles efectos del texto propuesto para el Banco Mundial y el FMI, cuyo campo de actividad transcendía las cuestiones mencionadas en el texto. El Grupo de los Trabajadores y los miembros gubernamentales del Ecuador, Egipto, Indonesia, Namibia y Senegal apoyaron el texto propuesto, pero el miembro gubernamental de los Estados Unidos estimó que como la resolución se refería al empleo juvenil las cuestiones del ajuste estructural y de la deuda no deberían incluirse en la misma y que la enmienda había de retirarse. El miembro gubernamental de los Países Bajos comprendía los problemas especiales con que tropezaban los países en desarrollo en materia de educación y capacitación y declaró que las causas eran múltiples y no sólo provenían del ajuste estructural y de la deuda internacional. No debía atribuirse toda la culpa al Banco Mundial y al FMI de la situación en los países en desarrollo en un párrafo mientras que en otro se proponía una cooperación más estrecha de los mismos con la OIT. Propuso una subenmienda al principio del párrafo cuyo tenor era el siguiente: «tomando nota de los problemas especiales de muchos países en desarrollo en materia de ...». El Grupo de los Empleadores y los miembros gubernamentales de Austria y el Reino Unido respaldaron la propuesta, pero no el miembro gubernamental de Uganda. El miembro gubernamental de los Estados Unidos advirtió en contra de un texto que pudiera socavar la frágil cooperación actual entre la OIT, el Banco Mundial y el FMI. El miembro gubernamental de Egipto propuso una modificación del texto presentado por el Grupo de los Empleadores de manera que se leyera en la forma siguiente: «tomando nota de los efectos negativos de los programas de ajuste estructural en muchos países, en especial en los países en desarrollo». El miembro gubernamental de la República Democrática del Congo apoyó la propuesta. El miembro gubernamental de Austria propuso que la expresión «efectos negativos» se sustituyera por «problemas especiales» y el miembro gubernamental de Egipto se opuso a ello aduciendo que si bien no se trataba de condenar al FMI y el Banco Mundial, los programas de ajuste estructural eran una píldora amarga que los países en desarrollo tenían que tragar, por lo cual convenía tomar nota de sus efectos negativos. El miembro gubernamental de Francia declaró que hubiera preferido una referencia a una red de seguridad social.
76. La Vicepresidenta trabajadora aceptó la subenmienda del miembro gubernamental de Egipto y rechazó la del miembro gubernamental de los Países Bajos aduciendo que era necesario reconocer los efectos perjudiciales del cambio estructural en los países en desarrollo y en su capacidad para ocuparse de los problemas de los jóvenes. El párrafo se limitaba a reflejar la realidad. Los miembros gubernamentales del Congo, Côte d'Ivoire y Senegal apoyaron la inclusión de la referencia relativa a los efectos negativos para los países en desarrollo.
77. El miembro gubernamental de Côte d'Ivoire propuso una subenmienda para mencionar las «dificultades causadas por» los programas de ajuste estructural en muchos países. La propuesta recibió un apoyo general y la enmienda se adoptó en su forma subenmendada.
78. La Vicepresidenta trabajadora presentó entonces una enmienda (D.52) para que se añadiera un párrafo en el que se reconociera el carácter especial de los problemas de empleo que afectaban a los jóvenes. La preponderancia del trabajo a tiempo parcial, temporal y ocasional había suscitado una discusión general. Era menos probable que los empleadores invirtieran en la formación de unas personas que no podrían luego aprovechar en razón de la naturaleza de su empleo. Salvo regímenes como los de aprendizaje, la índole precaria de muchas oportunidades de empleo dificultaba para los jóvenes la posibilidad de conseguir y conservar un empleo, por lo cual su experiencia del trabajo resultaba muy negativa en un período esencial de su desarrollo.
79. El Vicepresidente empleador declaró que estudios mostraban que una minoría de jóvenes empezaban a trabajar en ocupaciones a tiempo parcial, temporales u ocasionales; la proporción de los mismos era parecida a la de los adultos y se había modificado poco en los últimos diez años. Resultaba difícil para su grupo aceptar la enmienda. También le preocupaba el concepto de trabajo sin seguridad. El mercado de trabajo se había modificado profundamente y muchas ocupaciones podían considerarse ahora como «inseguras» por lo cual la enmienda no reflejaba una situación propia de los jóvenes. Era preferible conseguir un empleo a tiempo parcial para luego ocupar uno a tiempo completo que desestimar esta oportunidad por considerar que no ofrecía seguridad.
80. La Vicepresidenta trabajadora puso en tela de juicio estos datos y declaró que existían amplias pruebas para demostrar que sucedía lo contrario. Por ejemplo, en la Unión Europea, se aplicaba una estrategia coordinada para resolver el problema del desempleo de los jóvenes. Reconoció que el trabajo a tiempo parcial era común entre los jóvenes pero señaló que éste limitaba el desarrollo del empleo a tiempo completo a causa de la falta de oportunidades de formación. También indicó que en la última reunión ministerial de la OCDE se había llegado a la conclusión de que empleos poco remunerados y precarios no permitían subsanar el desempleo de los jóvenes.
81. Un miembro empleador del Reino Unido estimó que el trabajo a tiempo parcial, temporal y ocasional presentaba aspectos positivos y que era ingenuo esperar que todos los jóvenes empezaran a trabajar en empleos a tiempo completo. En cambio, en su país, más del 30 por ciento de los trabajadores a tiempo parcial conseguían empleos a tiempo completo y muchos de ellos recibían una formación ofrecida por las agencias de empleo para mejorar sus calificaciones específicas.
82. El miembro gubernamental de Francia estimó que las dos opiniones tenían sus méritos y propuso que se utilizara la expresión «tomando nota» en lugar de «reconociendo», y apoyaron esta propuesta los miembros trabajadores y los miembros gubernamentales de Chile, Estados Unidos y Senegal.
83. El Vicepresidente empleador no veía la razón de utilizar «tomando nota». Se preguntó si ello podía conducir a una reglamentación más estricta y a una limitación del trabajo a tiempo parcial. Por otra parte, reiteró que el trabajo a tiempo parcial no era necesariamente negativo, que podía desembocar en un empleo a tiempo completo y que toda persona podía tener una ocupación permanente sobre una base de tiempo parcial. Propuso que al final de la oración se estableciera un vínculo con el empleo a tiempo completo.
84. El miembro gubernamental de Francia declaró que no se proponía establecer una reglamentación más estricta ni suprimir el trabajo a tiempo parcial. La finalidad era aumentar la «empleabilidad» de los jóvenes. El Vicepresidente empleador no aceptó esta premisa. Sin embargo, como una mayoría se había declarado a favor del texto subenmendado, su grupo tendría que aceptar la voluntad de la mayoría. La enmienda D.52 se adoptó en su forma subenmendada. Solicitó que contara en actas el desacuerdo del Grupo de los Empleadores con esta decisión.
85. Una enmienda presentada por el miembro gubernamental de los Países Bajos (D.36) para añadir «en muchos países» en el primer párrafo del Preámbulo fue apoyada por el miembro gubernamental de Austria y adoptada por unanimidad.
86. El miembro gubernamental de Francia retiró una enmienda al párrafo 1 (D.11) a favor de una enmienda (D.53) del Grupo de los Trabajadores para aclarar que la resolución se refería a los jóvenes de 15 a 24 años de edad a todos los niveles de educación.
87. El Vicepresidente empleador estimó que no era necesario referirse al nivel de educación. El miembro gubernamental de Francia declaró que, para que los jóvenes consiguieran un empleo, tenía que elevarse su nivel de calificación. Estimó que el texto era poco claro. La Vicepresidenta trabajadora propuso la supresión de «a todos los niveles y», y la enmienda se adoptó en su forma subenmendada.
88. Volviendo al párrafo 2 del Preámbulo, el miembro gubernamental del Reino Unido estimó que era preferible referirse a un esfuerzo a escala mundial que a un incremento del empleo a escala mundial para que el texto fuera menos restrictivo.
89. La Vicepresidenta trabajadora presentó una enmienda (D.54) que subenmendó con el fin de recoger en su esencia la enmienda D.50 que se había discutido antes para incluir referencias a los problemas generales de desempleo y subempleo, así como a la necesidad de un mayor crecimiento económico, de una expansión macroeconómica coordinada y de un aumento del empleo. El miembro gubernamental de Egipto apoyó este texto.
90. El Vicepresidente empleador se declaró preocupado por el concepto de subempleo y por la expresión «expansión macroeconómica coordinada» y sus efectos. El miembro gubernamental de Francia compartió la segunda preocupación y se preguntó quién debería encargarse de la coordinación: ¿el Banco Mundial, el FMI o los países del G8?
91. La Vicepresidenta trabajadora declaró que la finalidad de la enmienda era reconocer que, dentro del marco de la mundialización, la coordinación de una estrategia macroeconómica era una realidad, por ejemplo en la Unión Europea y en otros grupos económicos de países. Los altos niveles de desempleo se debían a menudo a la falta de un enfoque económico coordinado. Estimó que la enmienda propuesta por el miembro gubernamental del Reino Unido era demasiado imprecisa y que no se centraba en el empleo. La resolución había de ser clara y tenía que centrar los esfuerzos en el empleo.
92. El Vicepresidente empleador estimaba que en caso de que el párrafo resultara muy detallado, debía hacerse referencia a otros elementos como la gestión fiscal. El miembro gubernamental de los Estados Unidos indicó que ya existía mucha coordinación en la gestión macroeconómica pero que una referencia a la «expansión», contribuiría a crear confusión. La Vicepresidenta trabajadora aceptó retirar la frase; el miembro gubernamental del Reino Unido retiró su enmienda y la enmienda D.54 en su tenor subenmendado fue adoptada.
93. La Vicepresidenta trabajadora presentó una enmienda (D.55) al párrafo 3, destinada a garantizar el acceso a la educación y a la capacitación gratuitas para mejorar las perspectivas de empleo. Indicó que muchas personas no tenían acceso a ellas más allá de la educación primaria y secundaria. Para resolver el problema del desempleo juvenil, era necesario que a nivel mundial el empleo y la capacitación estuvieran al alcance de los jóvenes.
94. El Vicepresidente empleador indicó que alguien tenía que costear la educación y la capacitación, aun en el caso de que éstas fueran gratuitas. La posibilidad de proporcionar educación y capacitación gratuitas más allá de los 25 años escapa a los medios de que disponen la mayoría de los gobiernos y, por tanto, la responsabilidad en materia de educación y capacitación, por encima del nivel obligatorio, debería compartirse.
95. El miembro gubernamental del Ecuador sugirió que el término «gratuitas» fuera acompañado de las palabras «cuando sea posible». Esta subenmienda fue apoyada por varios gobiernos (Côte d'Ivoire, Egipto, Reino Unido, Senegal, Uruguay).
96. La Vicepresidenta trabajadora propuso una subenmienda al texto para incluir el acceso a la «educación primaria y capacitación básica gratuitas, y a niveles superiores cuando sea posible».
97. Los miembros gubernamentales de Namibia y el Reino Unido pusieron en tela de juicio el alcance de la capacitación básica y de su gratuidad.
98. El miembro gubernamental de los Países Bajos consideró que el término «acceso» cubría todas las posibilidades, pero el Grupo de los Trabajadores había indicado que este término no significaba que estuviera gratuitamente disponible, lo que era indispensable si se deseaba garantizar su acceso universal. Sin acceso a la educación y a la capacitación gratuitas no habría oportunidades de empleo.
99. En respuesta a la pregunta planteada por el miembro gubernamental del Reino Unido acerca de la definición de capacitación básica, la Vicepresidenta trabajadora indicó que ésta consistía en impartir calificaciones básicas para que las personas puedieran desarrollarse y adquirir calificaciones superiores, y que también abarcaba la enseñanza elemental (leer, escribir y contar) y ciertas aptitudes manuales.
100. El Vicepresidente empleador indicó que compartía las preocupaciones relativas a la capacitación básica gratuita y, si comprendía correctamente la propuesta del Grupo de los Trabajadores, se proponía que, cuando fuese posible, las personas tuvieran acceso a una educación superior gratuita. Consideraba que el término «accesible» era preferible al de «acceso» y propuso que éste fuera sustituido en el párrafo.
101. El miembro gubernamental de los Estados Unidos apoyó la idea acerca del pago parcial para la capacitación y educación superiores, e hizo referencia a las experiencias exitosas de los establecimientos universitarios de su país. Propuso un texto que reconociera la importancia de que en cada país la capacitación y la educación fueran accesibles a los jóvenes. La subenmienda presentada recibió un amplio apoyo y la enmienda D.55 en su tenor subenmendado fue adoptada.
102. El Grupo de los Empleadores presentó una enmienda (D.17), que expresaba con mayor acierto el amplio reconocimiento del papel que desempeñaba el sector privado para el logro del crecimiento económico. Sin embargo, el sector privado sólo podía florecer si el Gobierno creaba un marco adecuado.
103. La Vicepresidenta trabajadora indicó que la enmienda abordaba un tema práctico, pero que era demasiado limitada. Los gobiernos tenían también que crear un entorno adecuado para el sector público. La enmienda tampoco reconocía la necesidad de poner en marcha políticas activas sobre el mercado de trabajo para crear empleos sostenibles, en particular para los jóvenes. Propuso una subenmienda para añadir «un sector público eficiente y eficaz y unas políticas activas sobre el mercado de trabajo», lo cual representa la esencia de la enmienda presentada por separado por el Grupo de los Trabajadores (D.56).
104. El Vicepresidente empleador sugirió que se añadiera el término «pequeño» antes de «sector público», pero el Grupo de los Trabajadores indicó que no era apropiado calificar al sector público y el Grupo de los Empleadores aceptó esta propuesta.
105. El miembro gubernamental de Dinamarca expresó el deseo de que se incluyera a los interlocutores sociales en la creación de las condiciones adecuadas. Este era el caso en su país.
106. El Vicepresidente empleador indicó que los gobiernos deberían crear condiciones adecuadas para que los interlocutores sociales pudieran cumplir su cometido. El miembro gubernamental de Egipto estimó que el hecho de suponer implícitamente que los gobiernos no creaban condiciones adecuadas planteaba una dificultad. Los empleadores también tenían responsabilidades. Propuso que no se mencionara a nadie.
107. La Vicepresidenta trabajadora aceptó con beneplácito la sugerencia del miembro gubernamental de Dinamarca para incluir a los interlocutores sociales en la creación del entorno adecuado. Los interlocutores sociales han desempeñado un papel importante permitiendo que en su país se lograra un crecimiento económico fuerte y sostenido (Irlanda). El miembro gubernamental de los Países Bajos apoyó también la propuesta para incluir a los interlocutores sociales.
108. El miembro gubernamental del Ecuador indicó que en algunos países no existían mecanismos tripartitos suficientemente desarrollados y propuso una subenmienda para reflejar este hecho: «Considerando que la creación de oportunidades y de empleo sostenible está en gran medida subordinada a la existencia de condiciones adecuadas de un sector privado». El orador retiró otra enmienda similar que se había propuesto presentar acerca de este párrafo. El Vicepresidente empleador expresó su acuerdo, pero deseaba que se incluyeran los términos «mercados de trabajo eficientes», los cuales tienen un significado más amplio que el término «políticas».
109. La Vicepresidenta trabajadora lamentó la resistencia manifestada para reflejar la importante contribución que los interlocutores sociales podían aportar en aras de un desarrollo económico eficiente y efectivo. Deseaba que esto fuera incluido aun en países que cuentan con estructuras tripartitas menos desarrolladas, por lo que sería provechosa su implicación. La mención del Grupo de los Trabajadores relativa a las políticas activas de mercado de trabajo era específica dado que, cuando se recurría a ellas, se creaban oportunidades de empleo para los jóvenes. Podría hacerse referencia también a mercados de trabajo eficientes.
110. No era la intención del Vicepresidente empleador decir que los interlocutores sociales no tenían que desempeñar un papel en la creación de condiciones adecuadas. Aceptó la inclusión de la expresión políticas activas de mercado de trabajo.
111. El miembro gubernamental del Ecuador propuso otra subenmienda tendente a que la creación de oportunidades de empleo sostenible, dependiera de la existencia de condiciones adecuadas. El Grupo de los Empleadores apoyó esta subenmienda.
112. El miembro gubernamental de Francia estimó que el párrafo debería incluir una referencia a los interlocutores sociales, tomando nota tal vez de que su incorporación en las políticas activas del mercado de trabajo podía tener un efecto favorable. El miembro gubernamental de Egipto indicó que, habida cuenta de las diferentes circunstancias nacionales, el texto debería quedar abierto.
113. La Vicepresidenta trabajadora reiteró que no se proponía asignar papeles a los interlocutores sociales, sino que su inclusión era importante en principio, dado que éstos aportaban de diversas maneras importantes contribuciones al crecimiento económico y a la creación de empleos para los jóvenes, y esto había de reconocerse.
114. El Vicepresidente empleador expresó su preocupación por el hecho de que las subenmiendas propuestas a la enmienda de su Grupo modificaban su orientación. Recordó que la habían presentado con el fin de mostrar la importancia del sector privado para la generación de empleo juvenil. Se había llegado a un consenso respecto de la referencia a la existencia de condiciones apropiadas y a la función de los gobiernos, y su Grupo aceptaría una referencia a la consulta de los gobiernos, cuando proceda, con los interlocutores sociales sobre las condiciones apropiadas.
115. La Vicepresidenta trabajadora declaró que las propuestas de su Grupo reconocían la función de los gobiernos en cuanto al sector privado y el sector público, que también ofrecía oportunidades de empleo, incluso para jóvenes. Propuso que el párrafo subenmendado se leyera como sigue: «... los gobiernos, con la colaboración de los interlocutores sociales, en la medida de lo posible, para la creación...». También podría considerarse la posibilidad de preferir la expresión, «según corresponda» a «en la medida de lo posible». El Vicepresidente empleador prefirió «según corresponda» y el Grupo de los Trabajadores lo aceptó. El miembro gubernamental de Egipto declaró que no quería romper el consenso pero deseaba dejar constancia de su preocupación por el hecho de que se hiciera especial referencia a los gobiernos mientras que otros asumían gran parte de la responsabilidad en la materia. El miembro gubernamental del Ecuador aceptó el nuevo texto y retiró su subenmienda como así lo hicieron el Grupo de los Trabajadores y el miembro gubernamental de los Países Bajos respecto de sus enmiendas. El párrafo 4 se adoptó en su forma enmendada.
116. Las enmiendas D.24 y D.56 fueron retiradas por sus patrocinadores.
117. El miembro gubernamental de los Países Bajos retiró su enmienda D.37 y explicó que lo que había querido subrayar era que, a escala mundial, la competencia no contribuía necesariamente a la creación de empleos puesto que la competencia podía contribuir a la supresión de empleos en un lugar para crearlos en otros.
118. El Vicepresidente empleador presentó la enmienda D.18 en la que se proponía la inserción de un nuevo párrafo. Le preocupaba que la mundialización se considerara a veces como un fenómeno negativo que convenía eliminar. Los decenios de crecimiento del comercio internacional y de las inversiones extranjeras directas habían demostrado ser fuerzas positivas que habían arrojado beneficios, como oportunidades de formación y de empleo de alta calidad para los jóvenes creadas por las empresas multinacionales. Estimó que la enmienda D.18 constituía una parte muy importante de la resolución en su conjunto.
119. La Vicepresidenta trabajadora estuvo de acuerdo en que era muy importante incluir una referencia a la mundialización y al papel que ésta desempeñaba en la creación de oportunidades de empleo y formación para los jóvenes. También estuvo de acuerdo en que la mundialización podía presentar muchos aspectos positivos, como así lo había comprobado en su propio país. Dicho esto, el efecto de la mundialización se vivía de diferentes maneras a diferentes niveles y en diferentes países. Había resultado muy beneficiosa para algunos países pero convenía reconocer los aspectos negativos de la mundialización, como también había podido comprobarlo en su país, por ejemplo en términos de empleos de baja calidad y de empresas que se iban porque se negaban a aceptar determinadas normas fundamentales del trabajo y condiciones mínimas de trabajo. El Grupo de los Trabajadores deseaba presentar una imagen equilibrada de los efectos de la mundialización.
120. El miembro gubernamental de Austria se declaró de acuerdo con la Vicepresidenta trabajadora y la invitó a proponer un texto enmendado.
121. El miembro gubernamental de la India manifestó que también compartía la opinión de los trabajadores porque en su país la mundialización no había sido muy buena. Estudios recientes indicaban pérdidas de empleo, un deterioro de los salarios reales y un aumento del empleo ocasional y en régimen de subcontratación. De hecho, sólo trabajadores altamente calificados se habían beneficiado de la mundialización. Esta realidad debería reflejarse adecuadamente en la resolución.
122. El Vicepresidente empleador declaró que si bien apreciaba el argumento, consideraba que sería difícil definir con precisión cuáles eran los aspectos positivos y negativos de la mundialización. Sin embargo, en enmiendas anteriores, la Comisión había empezado a mencionar ciertos aspectos negativos y a reafirmar la importancia de las normas fundamentales de la OIT, por lo cual se había conseguido un equilibrio. Estimó que tal vez la Comisión prefiriera suprimir la referencia explícita a la mundialización.
123. El miembro gubernamental de Indonesia no consideró que la enmienda fuera equilibrada y propuso que se reconocieran en el texto los efectos negativos del comercio internacional y de las inversiones extranjeras directas.
124. La Vicepresidenta trabajadora declaró que la palabra mundialización no presentaba ninguna dificultad para ella puesto que reflejaba una realidad. Propuso entonces una subenmienda para incluir la noción de que el progreso social y del crecimiento económico habían de ser parejos.
125. El miembro gubernamental de Uganda estimó que la mundialización era de hecho una realidad y que continuaría, pero que muchos países en desarrollo no habían alcanzado una fase que les permitiera participar en el comercio internacional y atraer inversiones extranjeras directas. Consideró que la resolución debería tenerlo en cuenta.
126. El miembro gubernamental de Francia declaró que las inversiones extranjeras indirectas y las inversiones de las empresas pequeñas y medianas eran también considerables. Por consiguiente, propuso que se suprimiera la palabra «directas» y la referencia a las empresas multinacionales.
127. El Vicepresidente empleador estimó que la propuesta de los trabajadores era razonable y que podía aceptar su texto sin dificultad.
128. La Vicepresidenta trabajadora leyó entonces el texto subenmendado: «reconociendo que el progreso social y el crecimiento económico deberían ser parejos y que la mundialización, como el comercio internacional y las inversiones extranjeras directas de las empresas multinacionales, permiten crear oportunidades de empleo y de formación de alta calidad para los jóvenes».
129. Respondiendo a la sugerencia del miembro gubernamental de Francia, que había sido apoyada por otros dos miembros gubernamentales, el Vicepresidente empleador indicó que la palabra «como» no tenía por objeto omitir el papel de las inversiones indirectas y de las empresas pequeñas y medianas, sino que tenía un valor de ejemplo.
130. La Vicepresidenta trabajadora estimó que la referencia a las empresas multinacionales podía suprimirse para tener en cuenta la propuesta de Francia.
131. Así se decidió y la enmienda D.18 se adoptó en su forma subenmendada.
132. Se presentaron seis enmiendas al párrafo 5 del proyecto de texto: dos de ellas para suprimirlo, presentadas por el miembro gubernamental del Reino Unido y el Grupo de los Trabajadores; una para sustituir el párrafo por un nuevo texto, presentada por el Grupo de los Trabajadores, y tres para enmendarlo presentadas por el Grupo de los Empleadores, el miembro gubernamental del Ecuador y los miembros gubernamentales de Dinamarca, Estados Unidos, Francia y Suiza. Antes de pronunciarse sobre el orden en que las enmiendas habían de considerarse, el Presidente pidió la opinión de la Comisión sobre las diversas opciones propuestas: supresión, sustitución o refundición.
133. La Vicepresidenta trabajadora declaró que el nuevo texto propuesto por su Grupo (D.57) reconocía la necesidad de garantizar la protección de la calidad del empleo juvenil, habida cuenta de las necesidades especiales de los jóvenes, de su edad y de su poca experiencia. El miembro gubernamental de la India convino en que esta legislación era necesaria.
134. El Vicepresidente empleador declaró que el texto actual con arreglo al cual el empleo no podía ser creado por la legislación ni por disposiciones reglamentarias no podía sustituirse por otro que pidiera más reglamentación.
135. El miembro gubernamental de los Países Bajos, con el apoyo de varios miembros gubernamentales, estimó que el texto podía añadirse al párrafo existente en lugar de sustituirlo. El Vicepresidente empleador estimó que ésta era una posibilidad, en relación con su enmienda (D.19).
136. El miembro gubernamental de Francia se declaró de acuerdo con la enmienda del Grupo de los Trabajadores a pesar del hecho de que fuera diametralmente opuesta al texto actual. No obstante, podía integrarse en este último, junto con la enmienda D.12, que tenía por objeto subrayar que el empleo no podía ser creado principalmente por la legislación.
137. El miembro gubernamental de Austria prefirió que se suprimiera el texto actual y señaló qué empleos podrían crearse por la legislación, por lo menos en el sector público.
138. La Vicepresidenta trabajadora consideró que la Comisión había reconocido en sus discusiones la necesidad de una legislación o de disposiciones reglamentarias para proteger la calidad del empleo de los jóvenes y que su pertinencia debería reconocerse en el texto.
139. El Vicepresidente empleador propuso una subenmienda que recogía las cuatro enmiendas que no pedían la supresión del párrafo (D.12, D.19, D.25 y D.57). Este texto reconocía que el empleo no podía ser creado directamente por la sola legislación o disposiciones reglamentarias pero que era necesario garantizar la protección del empleo, en especial para los jóvenes. La protección del empleo era importante para la causa del empleo juvenil mientras que la protección de la calidad del empleo no correspondía a la resolución.
140. Varios miembros gubernamentales (Dinamarca, Ecuador, Egipto, Estados Unidos, Francia, Namibia y Reino Unido) apoyaron en términos generales la propuesta del Grupo de los Empleadores. Se celebró una discusión en torno a la utilización de «considerando» o «reconociendo», y de «principalmente» o «solamente».
141. La Vicepresidenta trabajadora aceptó el texto propuesto en su forma actual pero declaró que omitía la necesidad de proteger la calidad o las condiciones del empleo juvenil que, en opinión de su Grupo, era esencial.
142. El Vicepresidente empleador estimó que las cuestiones de esta naturaleza se incluían habitualmente en los convenios colectivos y la Vicepresidenta trabajadora contestó que la negociación colectiva distaba de ser una práctica universal bien establecida y que, cuando existía, los trabajadores jóvenes se excluían a menudo de su campo. Por consiguiente, precisaban la red de seguridad de una legislación básica para proteger sus condiciones mínimas de empleo.
143. El Vicepresidente empleador consideró que la «protección del empleo» incluía el principio defendido por el Grupo de los Trabajadores y pidió que se pusiera un término a una discusión de carácter semántico. Varios miembros gubernamentales compartieron esta opinión.
144. La Vicepresidenta trabajadora lo aceptó en el entendimiento de que la subenmienda del Grupo de los Empleadores no excluía la protección de las condiciones de empleo de los jóvenes.
145. Todas las demás enmiendas se retiraron y el párrafo 5 se adoptó en su forma enmendada.
146. La enmienda D.38 presentada por el miembro gubernamental de los Países Bajos estaba destinada a lograr una formulación más general. Habida cuenta de que los dos Vicepresidentes aceptaron la propuesta, la enmienda fue adoptada.
147. Las enmiendas D.59 y D.15 fueron retiradas por sus patrocinadores.
148. Fue también retirada la enmienda D.60 sometida por el Grupo de los Trabajadores destinada a utilizar la terminología de la OIT, en el entendido de que ambos Vicepresidentes, tras recibir las aclaraciones pertinentes de la Oficina de que el procedimiento normal para la Oficina consistía en que las relaciones con los empleadores y con los trabajadores se efectuaban a través de sus respectivas organizaciones.
149. La enmienda D.28 presentada por los miembros gubernamentales de Alemania, los Estados Unidos y el Reino Unido, tenía por objeto, según el miembro gubernamental de los Estados Unidos, que la presentó, tener en cuenta las dificultades con las que los Estados federales se enfrentarían para aplicar las demás disposiciones de la resolución. En particular en lo que atañe a la educación y a la capacitación, estas disposiciones competirían más bien a los Estados de la Federación que al Gobierno federal, a los que estaba dirigida la resolución. El orador deseaba que lo anterior quedara suficientemente claro mediante una redacción adecuada.
150. La Vicepresidenta trabajadora no estaba convencida de que fuera necesario modificar el texto porque se entendía en general que, en el caso de los Estados Miembros federales, si bien los gobiernos federales eran los destinatarios, ello no impedía una transferencia oportuna de competencias. Propuso que la enmienda fuera retirada.
151. Respondiendo a una solicitud de aclaración de los Vicepresidentes, el representante del Secretario General explicó el significado jurídico del término «Estado Miembro» en relación con los Estados federales de la OIT.
152. Después de un intercambio de opiniones, la enmienda propuesta fue retirada.
153. Al presentar la enmienda D.61 relativa a la inserción de un nuevo apartado, la Vicepresidenta trabajadora propuso una nueva formulación del mismo que reflejara discusiones oficiosas celebradas fuera de la Comisión. El nuevo texto se leería en la forma siguiente: «Aplicar una estrategia coordinada del crecimiento económico que promueva una demanda interna sostenible», puesto que las estrategias económicas de los gobiernos deberían tener en cuenta la economía nacional.
154. El Vicepresidente empleador apoyó la noción de crecimiento económico equilibrado pero declaró que no sabía lo que se pedía a los gobiernos para conseguir una demanda interna sostenible. Por otra parte, como algunos gobiernos se centraban en un crecimiento orientado hacia las exportaciones, el texto tendía a modificar esta orientación. La Vicepresidenta trabajadora contestó que el texto no era preceptivo y que sólo establecía que la economía interna debería fomentarse para un crecimiento sostenible en beneficio de todos.
155. El miembro gubernamental de los Estados Unidos recordó que la resolución se refería al empleo juvenil y consideró que la enmienda se apartaba de este tema. Pidió que se retirara y el miembro gubernamental de Chile apoyó su propuesta.
156. La Vicepresidenta trabajadora manifestó que el objeto de la enmienda era poner de relieve en el Preámbulo cuestiones de política macroeconómica que no podían disociarse del empleo juvenil. Se declaró de acuerdo para conservar la referencia a un crecimiento económico equilibrado y suprimir la relativa a una demanda interna sostenible.
157. La enmienda se adoptó en su forma subenmendada.
158. El Grupo de los Trabajadores presentó la enmienda D.62 para insertar un segundo apartado nuevo en el que se proponían modalidades de intervención de los gobiernos encaminadas a crear oportunidades de empleo para los jóvenes en la economía social. La Vicepresidenta trabajadora propuso que el texto se subenmendara para que fuera más discrecional. Respondiendo a una pregunta sobre la expresión «economía social», la oradora declaró que se refería a la parte de la economía que comprendía los servicios sociales y comunitarios y que ofrecía muchas oportunidades de empleo.
159. El Vicepresidente empleador declaró que le preocupaba la posibilidad de que la referencia a la economía social restringiera el alcance de la resolución y propuso que se suprimiera. Los miembros gubernamentales de Chile, Ecuador, Dinamarca y el Reino Unido lo apoyaron.
160. El Grupo de los Trabajadores aceptó la propuesta y la enmienda se adoptó en su forma subenmendada.
161. El Grupo de los Trabajadores presentó la enmienda D.63 relativa a la inserción de un tercer apartado nuevo. Este tenía por objeto subrayar el acuerdo sobre la importancia del acceso a la educación básica que se había conseguido en el Preámbulo. La Vicepresidenta trabajadora reiteró la importancia de centrarse en los jóvenes desfavorecidos cuya colocación resultaba más difícil. Se pedía a los Estados Miembros que fortalecieran su adhesión a la educación básica. Recordó la presentación del programa de la OIT sobre el desempleo juvenil en la que se había puesto de relieve que el desempleo no afectaba de la misma manera a todos los jóvenes.
162. El Vicepresidente empleador estimó que las capacidades de inversión en la educación de los gobiernos eran variables y que la finalidad del párrafo debería ser fijar un objetivo. También le preocupaba que se propusiera otra lista, que a su juicio añadía poco a la petición de que los gobiernos aumentaran sus gastos de educación. Tampoco se mencionaban los jóvenes de las zonas urbanas que también presentaban a menudo problemas.
163. La Vicepresidenta trabajadora estimó que la enmienda subsanaba las deficiencias del texto original al reconocer que las diferentes categorías de jóvenes requerían un enfoque específico, que había demostrado ser eficaz; así se desprendía de la acción de la OIT. Propuso que también se incluyera una referencia a los jóvenes de las zonas urbanas y señaló un error en el texto de la enmienda D.63 relativa a los jóvenes de minorías étnicas.
164. El miembro gubernamental de Egipto declaró que era difícil pedir a los gobiernos que aumentaran sus gastos públicos y que prefería «un incremento de las inversiones». Su propuesta recibió una aprobación general. El miembro gubernamental de Dinamarca añadió que una lista de los jóvenes desfavorecidos era apropiada.
165. El Vicepresidente empleador reiteró su preocupación respecto de una lista de categorías de jóvenes desfavorecidos y estimó que convenía referirse a los jóvenes de todos los sectores de la sociedad. Incluso los jóvenes «más privilegiados» de algunos países tenían problemas. ¿Es que todas las mujeres jóvenes habían de considerarse como desfavorecidas? Propuso que el texto se limitara a referirse a «categorías de jóvenes desfavorecidos».
166. La Vicepresidenta trabajadora insistió en que convenía centrarse en los grupos desfavorecidos que se numeraban por separado en la enmienda (jóvenes que abandonan la enseñanza obligatoria, jóvenes discapacitados y con dificultades de aprendizaje, mujeres jóvenes, jóvenes de las zonas rurales y urbanas, jóvenes de minorías étnicas y jóvenes de familias de migrantes); este enfoque era eficaz. Los problemas de los jóvenes más privilegiados no se derivaban de la falta de acceso a la educación básica, y las mujeres jóvenes eran claramente más desfavorecidas que los jóvenes del sexo masculino. La utilización de la palabra «incluidos» indicaba que la lista no era definitiva.
167. El miembro gubernamental del Ecuador propuso que se utilizara el término «como» en lugar de «incluidos» porque, a su juicio, reflejaba mejor la noción de ejemplos. Varios miembros gubernamentales apoyaron la propuesta. El miembro gubernamental de los Estados Unidos manifestó que si bien la lista de categorías de personas desfavorecidas no presentaba ningún problema para él, la consideraba excesivamente estereotipada. También indico que el incremento de las inversiones había de destinarse a la enseñanza pública.
168. La Vicepresidenta trabajadora lamentó que la discusión mostrara que no se comprendía la complejidad de las cuestiones consideradas. Aceptó la utilización de la palabra «como», así como que el texto terminara con «categorías de jóvenes desfavorecidos», en el entendimiento de que dichas categorías figurarían en el informe de la Comisión.
169. La Comisión tuvo ante sí cinco enmiendas al párrafo 1 a): D.20, D.66, D.29, D.13 y D.26.
170. El Vicepresidente empleador propuso la sustitución del texto por el de la enmienda D.20 que consideraba más equilibrado. La Vicepresidenta trabajadora expresó su disconformidad y propuso un texto que tuviera en cuenta todas las enmiendas. Se discutió si «abandonan la escuela» debería sustituirse por «completan su educación» o «completan su escolarización» y si convenía incluir una referencia a las «empresas». Sin embargo, se llegó a un consenso con arreglo al cual, como el texto pedía medidas «para...» era apropiado en la forma en que lo proponía el Grupo de los Trabajadores.
171. Las demás enmiendas se retiraron y el apartado se adoptó en su forma enmendada.
172. La enmienda D.21, presentada por el Grupo de los Empleadores, se retiró.
173. La enmiendo D.67, presentada por el Grupo de los Trabajadores, se retiró.
174. La enmienda D.30, presentada por el Miembro gubernamental de los Estados Unidos, proponía que el párrafo 1, b) actual se sustituyera por un nuevo texto. La apoyó la miembro gubernamental de Dinamarca que la subenmendó para incluir una referencia a la transición entre la escuela y el trabajo y poner de relieve la importancia del aprendizaje permanente. Por consiguiente, propuso que el párrafo 1, b) se leyera en la forma siguiente: «adoptar disposiciones con el fin de que la formación profesional y el asesoramiento estén adaptados a las exigencias del mercado de trabajo para facilitar la transición de los jóvenes entre la escuela y el trabajo, y la adquisición de competencias elementales e intercambiables que son básicamente necesarias para el empleo y el aprendizaje permanente».
175. La Vicepresidenta trabajadora acogió con beneplácito la referencia al aprendizaje permanente.
176. La enmienda D.30 se adoptó en su forma subenmendada por la miembro gubernamental de Dinamarca.
177. La enmienda D.39, presentada por el miembro gubernamental de los Países Bajos, se retiró.
178. La enmienda D.27, presentada por el miembro gubernamental del Ecuador, se retiró.
179. En la enmienda D.68, presentada por el Grupo de los Trabajadores, se proponía sustituir el párrafo 1, c) por un nuevo texto para recalcar la importancia de la dimensión tripartita en el diseño y aplicación de la política de empleo juvenil y promover la participación de los interlocutores sociales en el diseño, supervisión y evaluación de los sistemas de convalidación de las calificaciones y competencias.
180. El Vicepresidente empleador declaró que apreciaba la propuesta, habida cuenta de la importancia del diseño y supervisión, pero estimaba que, en lugar de ello, el texto podía redactarse de manera que presentara una base más sencilla para el mismo contenido. Propuso que el texto se leyera en la forma siguiente: «promover una mayor participación de los empleadores, los trabajadores y sus organizaciones en: i) la determinación de los programas y contenidos de la educación y de la formación profesional; ii) la aplicación de estos programas; y iii) el diseño, supervisión y evaluación de sistemas de convalidación de las calificaciones y competencias».
181. La Vicepresidenta trabajadora aceptó la propuesta del Vicepresidente empleador, como también lo hicieron los miembros gubernamentales del Ecuador y los Países bajos.
182. La enmienda D.68 se adoptó en su forma subenmendada por el Vicepresidente empleador.
183. El miembro gubernamental de los Países Bajos retiró la enmienda D.40, dado que su preocupación había sido tomada en consideración en el nuevo texto.
184. En la enmienda D.64, presentada por el Grupo de los Trabajadores, se proponía añadir un nuevo apartado después del párrafo 1, c) con el fin de tener en cuenta el papel desempeñado por la educación para impartir a los jóvenes un sentido de responsabilidad social, iniciativa y cooperación. La Vicepresidenta del Grupo de los Trabajadores propuso que la enmienda se subenmendara para indicar que no se trataba solamente de educación, sino de un sistema más amplio que contribuía al desarrollo de los jóvenes y que abarcaba las organizaciones juveniles.
185. El Vicepresidente empleador y los miembros gubernamentales del Ecuador y Francia apoyaron la enmienda en su forma subenmendada.
186. La enmienda D.64 se adoptó en su forma subenmendada por la Vicepresidenta trabajadora.
187. La enmienda D.27, presentada por el miembro gubernamental del Ecuador, se retiró.
188. La enmienda D.65, presentada por el Grupo de los Trabajadores, se retiró.
189. La Vicepresidenta trabajadora presentó la enmienda D.69 propuesta por el Grupo de los Trabajadores con miras a sustituir el párrafo 1, d). Indicó que la finalidad del nuevo apartado era conseguir que se promoviera una estrecha colaboración entre los proveedores de educación y las organizaciones de trabajadores, así como con la dirección de las empresas. Propuso una subenmienda cuyo tenor era el siguiente: «promover una cooperación más estrecha entre los proveedores de educación, las empresas y las organizaciones de trabajadores, a un nivel apropiado, con el fin de preparar a los jóvenes para el mercado de trabajo, por ejemplo mediante el desarrollo de sistemas estructurados vinculados al trabajo».
190. El Vicepresidente empleador no apoyó la enmienda en su forma subenmendada. El apartado d) actual se refería a promover la cooperación entre los proveedores de educación y las empresas. La cuestión de la participación de los trabajadores y de los empleadores se tenía en cuenta en el apartado anterior. Sin embargo, podría apoyar la enmienda D.31 presentada por los miembros gubernamentales de los Estados Unidos y del Reino Unido en la que se proponía suprimir la palabra «mejor» en el párrafo existente.
191. La Vicepresidenta trabajadora puso de relieve la importancia de la cooperación entre las organizaciones de trabajadores y los proveedores de educación. Las empresas en su gran mayoría no ofrecían posibilidades adecuadas de participación, consulta e intercambio de información. Era imprescindible fortalecer la participación de las dos partes en la industria. La diferencia entre el texto existente y el texto propuesto era incluir una referencia a la participación de los trabajadores.
192. El miembro gubernamental de los Estados Unidos propuso que el texto se leyera como sigue: «Promover una cooperación más estrecha entre las empresas, las organizaciones de trabajadores y los proveedores de educación, al nivel apropiado, incluido un aprendizaje estructurado vinculado al trabajo con el fin de preparar a los jóvenes para el mercado de trabajo».
193. La Vicepresidenta trabajadora agradeció al miembro gubernamental de los Estados Unidos su esfuerzo por proponer una solución de compromiso pero recalcó que los proveedores de educación no habían de dialogar necesariamente con las dos partes en la industria con arreglo a acuerdos tripartitos, sino también sobre una base bilateral. El Vicepresidente empleador no podía aceptar la propuesta del miembro gubernamental de los Estados Unidos. Lo importante no eran estructuras formales sino la cooperación entre los proveedores de educación y las empresas. La miembro gubernamental de Dinamarca declaró que comprendía las observaciones del Vicepresidente empleador pero recalcó la importancia, y de hecho la realidad, de que en algunos países las organizaciones de trabajadores participaban en la organización de actividades didácticas. Compartió esta opinión el miembro gubernamental de Uganda.
194. El miembro gubernamental de Francia propuso una subenmienda para referirse a la «cooperación estrecha con las empresas, por una parte, y, por otra, con las organizaciones de trabajadores». La Vicepresidenta trabajadora indicó que esta propuesta era aceptable. El miembro gubernamental de Egipto estimó que, dentro de la OIT, era importante recalcar la importancia de la participación de los trabajadores. Por consiguiente, se declaró de acuerdo con la propuesta del Grupo de los Trabajadores y con la subenmienda presentada por el miembro gubernamental de Francia.
195. El miembro gubernamental del Ecuador subrayó que las empresas abarcaban a los directivos y los trabajadores y que funcionaban a menudo en las mismas organismos bipartitos que se ocupaban de formación. Recomendó que se tomara nota en el informe de que cuando se hiciera referencia a las empresas debería indicarse claramente que se hablaba de la dirección y de los representantes de los trabajadores, en otras palabras, de todas las personas activas en una empresa.
196. El miembro gubernamental de los Estados Unidos puso en tela de juicio la necesidad de que el apartado d), de la misma manera que el apartado c), se refirieran a la cooperación. Compa